La decisión que tomó la AFIP y que perjudica al mercado interno

07 de noviembre, 2018 | 19.39

La AFIP resolvió elevar a US$ 500 el monto de compras en el extranjero exceptuadas del pago de impuestos. El beneficio -un 66% más que el tope anterior- será sólo para quienes llegan al país por vía aérea o marítima La resolución fue confirmada por fuentes del organismo y se publicaría este jueves en el Boletín Oficial.

Según detalló el portal oficialista Clarín, el ente resolvió elevar a US$ 500 el monto de las compras en mercadería que una persona puede traer de otros países (sean o no limítrofes) sin pagar aranceles. Hasta ahora el tope que regía era de US$ 300, es decir que el mínimo no imponible se elevó un 66%.

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Los menores de 16 años tendrán un beneficio más acotado. En su caso, podrán ingresar hasta US$ 300 en artículos comprados en el exterior, sin tener que pagar un adicional, en lugar de los 150 dólares actuales. El beneficio para ellos se duplicó.

Para quienes lleguen al país por vía terrestre o fluvial, el sistema no se modificará. Seguirá vigente el tope de US$ 300 (y de US$ 150 dólares para los menores de 16 años).

Esta decisión es otro duro golpe al mercado interno que es apaleado por la decisión del Ejecutivo nacional de abrir las importaciones.

"En caso de superar la franquicia los viajeros tendrán que abonar un arancel del 50% del valor sobre el excedente. Por ejemplo, si ingresan al país por vía área o marítima con bienes por US$ 600, el excedente es US$ 100. En consecuencia pagarán US$ 50 en impuestos", explicó la AFIP a través de un comunicado.

En caso de que el ingreso sea en auto o vía fluvial, se deberían pagar US$ 150 en impuestos.