Qué dice la letra chica del decreto de PBA respecto de la nueva normalidad

Tras el anuncio del gobernador Axel Kicillof de pasar a una “etapa de protocolos”, el decreto publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires detalla la nueva normalidad mientras el país se prepara para recibir distintas vacunas. 

09 de noviembre, 2020 | 11.00

Luego de 10 semanas de una baja sostenida de casos en el Área Metropolitana de Buenos Aires, el gobernador Axel Kicillof le propuso al Presidente pasar a una “etapa de protocolos” centrada en el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) y ya no en el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). 

La nueva etapa regirá hasta el 29 de noviembre, momento en que los gobiernos nacional y provincial evaluarán la situación epidemiológica en la provincia más poblada de la Argentina. La distancia mínima de 2 metros, el uso del tapabocas en espacios compartidos, el lavado de manos, el toser en el pliegue del codo, a desinfección de superficies y ventilación en ambientes seguirán siendo medidas a cumplir socialmente. 

Así, los lugares alcanzados por el DISPO será el aglomerado urbano del AMBA  que incluye a Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

También todas las ciudades restantes de la provincia de Buenos Aires con excepción de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil. A pesar de ello, cada realidad de las ciudades será analizada individualmente y podrán existir excepciones respecto del ASPO o DISPO. Ello no implicará particularidades en referencia al el servicio público de transporte de pasajeros interurbano; y la apertura de cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas. 

En ese sentido, el decreto provincial 976/2020 publicado este lunes 9 de noviembre, faculta al Jefe de Gabinete, Carlos Bianco y al ministro de Salud bonaerense, Daniel Gollán a dictar distintas normas interpretativas y complementarias que resulten necesarias.

Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, artísticas y deportivas, bajo sus respectivos protocolos podrán realizarse, en el AMBA, con una capacidad de hasta un 30% en relación con la capacidad máxima habilitada. Si los intendentes o intendentas ya poseen un protocolo aprobado para cada actividad, habilitarán el inicio de la misma sin requerir previa intervención de las autoridades provinciales. Amén de ello, el jefe de Gabinete Carlos Bianco, podrá reglamentar los días y horarios para la realización de las actividades. 

En lo que respecta a las clases presenciales, el mismo funcionario junto a la directora General de Cultura y Educación, Agustina Vila seguirán habilitando el procedimiento para el inicio de las actividades educativas y/o socioeducativas de acuerdo al nivel de riesgo de cada distrito. Las autorizaciones mencionadas se aplicarán tanto en las escuelas públicas como privadas.

Lo que no se puede hacer 

En la nueva etapa algunas actividades seguirán estando prohibidas. En el AMBA, los famosos partidos de fútbol 5 no podrán practicarse en espacios cerrados, cualquiera sea el número de concurrentes. 

Los cines, teatros, clubes y centros culturales permanecerán cerrados. A pesar de ello y, dependiendo la situación de cada distrito, Carlos Bianco podrá solicitar al Gobierno Nacional excepciones para evaluar a futuro. 

Micros y transporte privado

En lo que hace al transporte público, en el aglomerado del AMBA, lo seguirán utilizando los pasajeros y pasajeras esenciales. Aquellas personas que pueden circular pero no utilizar el trasporte público, por ejemplo, trabajadores y trabajadoras de la construcción, el empleador o la empleadora deberá seguir garantizando el traslado a través de servicios de transporte especializados, taxis y/o remises.

En los casos de actividades que se desarrollen en centros comerciales a cielo abierto o en calles de alta circulación de personas, los municipios deberán presentar junto a su solicitud un protocolo adicional que contemple medidas para evitar la aglomeración de personas.