La detención de Mathov por la represión del 2001: ¿Una advertencia de la Corte a Milei y Bullrich?

Los jueces supremos, que no tienen plazo para expedirse sobre los casos que le llegan, dejaron firme la sentencia contra el exsecretario de Seguridad de la Alianza, Enrique Mathov, y el exjefe de la Policía Federal, Rubén Santos, seis días después de la represión del gobierno a jubilados y a una nena de 10 años en las inmediaciones del Congreso.

22 de septiembre, 2024 | 00.05

Con un pulso político que el gobierno de Javier Mieli no debiera pasar por alto, el último martes la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena del exsecretario de Seguridad de la Alianza, Enrique Mathov, y del exjefe de la Policía Federal, Rubén Santos, por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001. El jueves Mathov quedó detenido. Fue como consecuencia directa de lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa que abordó la responsabilidad política y de los jefes de las fuerzas de seguridad que comandaron aquel operativo de la muerte, preludio de la caída del gobierno de Fernando De la Rúa. La cortesanos, que no tienen plazo para expedirse sobre los casos que le llegan, decidieron dejar firme la sentencia contra Mathov y Santos seis días después de la represión a jubilados y hasta a una nena de 10 años en las inmediaciones del Congreso. El mensaje parece claro.    

“Esta decisión de la Corte sienta un precedente único para Argentina y América Latina en estos tiempos en los que vemos crecer el uso de la violencia estatal contra quienes salen a las calles a protestar”, destacó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en un comunicado. “En democracia, los derechos a reunirse y manifestarse son derechos básicos y el uso de la fuerza por parte de los organismos de seguridad del Estado tiene límites estrictos cuyo incumplimiento implica responsabilidades, no solo para los autores materiales, sino también para las autoridades de esas fuerzas”, se enfatizó desde el organismo de Derechos Humanos que fue un gran impulsor de la causa por las muertes del 2001.

El 17 de septiembre pasado, los ministros supremos Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti –Carlos Rosenkrantz está excusado en el expediente por su vínculo con Mathov de cuando militaba en la UCR- decidieron desempolvar la causa por la responsabilidad política y policial de la represión de diciembre de 2001 y dejaron firme la condena contra Mathov y Santos. Ambos habían sido condenados por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6 (TOF 6) en mayo de 2016. Mathov a la pena de 4 años y 3 meses de prisión. Santos, a la de 3 años y 6 meses. Se los consideró responsables del homicidio culposo de 3 personas y de 25 casos de lesiones en el centro porteño. Mathov fue detenido el jueves. Santos estaba en el exterior y se espera que retorne al país el lunes.

Los supremos tenían el expediente hacía dos años, luego de que Casación concediera los recursos extraordinarios a las defensas. Decidieron fallar seis días después de la represión que desató el gobierno de Milei mientras el oficialismo lograba en el Congreso que se sostuviera el veto al aumento de las jubilaciones. Entre los manifestantes estaban los propios jubilados que eran perjudicados por el veto del Presidente. El ataque violento y desproporcionado de la Policía incluyó aquel 11 de septiembre la agresión con gas “pimienta” a una niña de 10 años y una operación mediática para encubrir el rol de la policía en ese ataque. Esa represión, como la que se produjo el 12 de junio cuando se aprobó en el Senado la Ley Bases, provocó una multiplicidad de denuncias en Comodoro Py.

En ese contexto, los supremos resolvieron el caso de la responsabilidad política y policial de la represión de diciembre de 2001. Lo hicieron a su manera, aplicando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la famosa “plancha” cortesana. Es decir, dejaron firme la condena sin involucrarse en la cuestión de fondo. “Los recursos extraordinarios articulados por las defensas de Enrique José Mathov, Rubén Jorge Santos y Víctor Manuel Belloni, que han sido concedidos mediante la resolución de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal de fecha 26 de mayo de 2022, resultan inadmisibles”, sostuvieron Rosatti, Maqueda y Lorenzetti. “Por ello, se declara inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en estos autos con respecto a Norberto Edgardo Gaudiero y se resuelve desestimar los recursos extraordinarios articulados por las defensas de Enrique José Mathov, Rubén Jorge Santos y Víctor Manuel Belloni”, añadieron.

Al día siguiente del fallo cortesano, la jueza del TOF 6 Adriana Palliotti ordenó ejecutar la sentencia y el exsecretario de Seguridad de la Alianza fue detenido el jueves. “En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (…) habiendo adquirido firmeza la sentencia de cuatro años y tres meses de prisión dictada en autos y encontrándose aquélla ejecutable, cítese a Enrique José Mathov -a través de su defensa- para que se presente en el Tribunal el día jueves 19 de septiembre del corriente año a las 09:30 horas, a fin de estar a derecho y hacer efectiva la detención”, escribió Palliotti el miércoles. A Santos, quien estaba en el exterior, lo intimó para que en tres días regresara a la Argentina y se pusiera a Derecho. El exjefe de la Federal respondió que volverá.

De acuerdo al fallo del TOF 6 que quedó firme por la resolución cortesana, “los resultados lesivos corroborados el día 20 de diciembre de 2001 y provocados por los numerarios de la Policía Federal Argentina, son consecuencia del riesgo generado por Mathov al ordenar el operativo policial y luego no supervisar el mismo pese a los deberes que tenía a su cargo en este último sentido”. El exfuncionario de la Alianza fue considerado responsable de los asesinatos de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, además de 25 casos de lesiones. Los hechos se produjeron en los alrededores de la Avenida 9 de Julio y Avenida de Mayo. En esta causa, la 22.080, que hace foco en los responsables jerárquicos de la represión también fueron condenados el mentado Santos, quien era jefe de la PFA; Norberto Gaudiero, ex jefe de la Dirección General de Operaciones de la PFA, quien falleció; y Raúl Andreozzi, ex jefe de la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la PFA, también fallecido. La causa sobre quienes ejecutaron la represión en el centro porteño aquel diciembre de 2001, el expediente 22.082, sigue abierta.

A la par de estas condenas, en esta misma causa también hubo grandes ausencias en el banquillo de los acusados como fue la del expresidente Fernando De la Rúa, quien declaró como testigo en el juicio luego de un fallo cortesano que lo benefició. Esa decisión suprema llevó a los querellantes a acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para buscar justicia. En medio del proceso, el exmandatario falleció. A pesar de ello, la querella celebró lo resuelto por la Corte el último martes.

En diálogo con El Destape, el abogado Rodrigo Borda, que querelló en la causa, afirmó: “Es un fallo muy importante a pesar del tiempo transcurrido. No deja de ser reconfortante que se reconozca el legítimo derecho a protestar en un contexto de crisis económica y política, que la policía no puede reprimir una protesta legitima y que cuando esa represión ocurre son responsables penalmente los policías que llevan a cabo el acto represivo y también el personal jerárquico de las fuerzas de seguridad y los funcionarios políticos que la ordenan”.

Por supuesto que un fallo que llega 23 años después de los hechos tiene sus bemoles. “La investigación judicial de los homicidios y lesiones que ocurrieron esos días se caracterizó por su extrema lentitud e incapacidad para reconstruir los hechos. De esta manera, no fue posible dar un mensaje contundente sobre lo que implicó la declaración del estado de sitio y la habilitación a la policía para reprimir descarnadamente el estallido social que irrumpió ante la crisis. La falta de investigación judicial de la gran cantidad de detenciones ilegales que se sucedieron durante esas jornadas también impidió la determinación de responsabilidades penales por esos hechos. El poder judicial tampoco avanzó en la identificación e investigación de quienes dispararon con balas de plomo directamente contra quienes se manifestaban”, precisó el CELS en el mismo comunicado en el que destacó el precedente que sentó la Corte el martes pasado.

“En 2011, diez años después de aquella represión, el gobierno dictó una resolución que limitaba el uso de la fuerza con el objetivo de evitar situaciones como las que ocurrieron el 19 y 20 de diciembre. Sin embargo, aquella resolución fue derogada por el protocolo antiprotestas que dictó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, días después de asumir en diciembre de 2023”, concluyó el CELS en su comunicado.

En este contexto, lo resuelto por la Corte puede interpretarse como una advertencia política. Hay ciertos límites que no deben ni pueden volver a cruzarse.

El Papa y la Justicia en alerta por la represión

Al día siguiente del fallo de la Corte sobre la represión del 2001, el fiscal Franco Picardi firmó un dictamen para avanzar con una causa que reúne las distintas denuncias contra Patricia Bullrcih y las fuerzas de seguridad por la represión del 12 de junio, cuando se votó la Ley Bases en el Senado. Aquella jornada terminó con 33 personas detenidas, en lo que fue una cacería humana. El fiscal destacó la “relevancia político-institucional” del caso, consideró que está investigando “posibles violaciones a los derechos humanos” y citó a declarar a una veintena de testigos y víctimas. También requirió a los ministerios de Seguridad de la Nación y la Ciudad información sobre quienes estuvieron al frente de los operativos de ese día.

Hasta el Papa Francisco cuestionó la represión del gobierno de Javier Milei. Lo hizo este viernes, es decir, luego de la represión a los jubilados y la nena de 10 años, Fabrizia Pegoraro. En el marco de la conmemoración de los 10 años del primer Encuentro Mundial de Movimientos Populares, el Sumo Pontífice afirmó: "Me hicieron ver el filmado de una represión hace una semana. Obreros, gente que pedía por sus derechos en la calle y la policía la rechazaba con una cosa que es lo más caro que hay: ese gas pimienta de primera calidad. Decían que no tenían derecho a reclamar lo suyo, porque eran revoltosos, porque eran comunistas. En vez de pagar justicia social, pagó el gas pimienta. Ténganlo en cuenta". La referencia es a la represión del 11 de septiembre, que provocó diversas denuncias en Comodoro Py.

En la misma línea, Francisco agregó: "La cultura humana de un pueblo se ve en cómo cuidan sus niños y cómo cuidan a sus viejos. Si a los viejos los mandan al depósito de los geriátricos y los dejan morir solos de pena, ese pueblo no tiene cultura, no es humana. Si a los niños no se los cuida, no se los hace crecer, ese pueblo no tiene futuro. Cuiden a los chicos y a los viejos".

En lo que puede interpretarse como una respuesta al Papa, el ministerio de Seguridad emitió un comunicado el mismo viernes que tituló: “Bullrich junto a Pettovello avanzan en fijar estándares para la formación de las fuerzas policiales en todo el país”. Justamente, las dos ministras que referenció de forma implícita Francisco (la que es la responsable política de la represión y la que lo es de la justicia social a través del ministerio de Capital Humano, que retacea la entrega de comida). Y junto a los encargados de ejecutar la represión: los policías.

Si bien el fallo de la Corte refiere a la represión que se desató hace 23 años tiene plena vigencia. El gobierno no debiera hacerse el distraído.