Represión de 2001: Ordenan detener a Mathov y Santos tras quedar firme su condena

Luego que la Corte dejara firme la condena del ex secretario de Seguridad de la Alianza y del ex jefe de la Policía Federal por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, la jueza Adriana Palliotti ordenó ejecutar la detención de ambos. Enrique Mathov pretende que le dicten la domiciliaria. Rubén Santos se encuentra en el exterior. 

18 de septiembre, 2024 | 17.17

La jueza Adriana Palliotti ordenó ejecutar este miércoles la detención del ex secretario de Seguridad de la Alianza, Enrique Mathov, y del ex jefe de la Policía Federal, Rubén Santos, por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001. La decisión de la magistrada se dio luego que la Corte Suprema de Justicia dejara firme la condena contra ambos por el homicidio culposo de 3 personas en la causa en que se aborda la responsabilidad política y de las fuerzas de Seguridad en el operativo represivo. Mathov pidió esta madrugada que su prisión sea domiciliaria. Santos, por su parte, se encuentra en el exterior y la magistrada le dio tres días para regresar al país.

“En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (…) habiendo adquirido firmeza la sentencia de cuatro años y tres meses de prisión dictada en autos y encontrándose aquélla ejecutable, cítese a Enrique José Mathov -a través de su defensa- para que se presente en el Tribunal el día jueves 19 de septiembre del corriente año a las 09:30 horas, a fin de estar a derecho y hacer efectiva la detención”, escribió Palliotti, integrante del Tribunal Oral en los Criminal Federal N° 6, respecto al exintegrante del gobierno de Fernando De la Rúa.

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Santos, por su parte, se encuentra en el exterior por lo que la magistrada lo intimó a que regrese a la Argentina en 3 días: “En cuanto a Rubén Jorge Santos, teniendo en cuenta que el nombrado no se encuentra en el país, ya que, mediando conformidad del representante del Ministerio Público Fiscal, fue autorizado por el Tribunal a viajar con destino a España (…) intímeselo –por intermedio de su defensa- a que en el término de 72 horas regrese al país, a fin de estar a derecho y dar cumplimiento con la condena dictada a su respecto, bajo apercibimiento de lo que por derecho corresponda”. “En tal sentido, hágasele saber a la defensa del nombrado que deberá aportar -en forma inmediata- todos los datos relativos para la implementación de su regreso al país”, agregó Palliotti.

La decisión de la jueza del TOF 6 se da luego de que la Corte resolviera este martes dejar firme la condena de Mathov a 4 años y 3 meses de prisión, que es de cumplimiento efectivo; y de Santos a 3 años y 6 meses de prisión. La condena contra ambos es por el homicidio culposo de 3 personas (Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón) y herir a otras 25 durante la represión de diciembre de 2001 en el centro porteño. Es que esta causa aborda la responsabilidad política y de los jefes de las fuerzas de Seguridad en la represión de fines de diciembre de 2001 en el centro porteño. La represión en todo el país dejó una treintena de muertos.

En la noche de este martes, apenas la Corte dejó firme la condena por la represión del 2001, el abogado Rodrigo Borda (CELS), apoderado de la querellante María Mercedes Arena y Karina Lamagna, representante de la querella unificada junto al abogado Rodolfo Yanzón, solicitó se haga efectiva la detención de Mathov y Santos. “El 17 de septiembre del corriente año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha rechazado todos los recursos extraordinarios interpuestos por ambos condenados y declaró inoficioso pronunciarse sobre el recurso interpuesto por el condenado Norberto Gaudiero, respecto de quien se habría acreditado su reciente fallecimiento. En estas condiciones, la sentencia condenatoria dictada contra Mathov y Santos ha adquirido firmeza y corresponde que sea ejecutada. Por ello, solicitamos la inmediata detención de ambos condenados, a esos efectos”, afirmó Borda. La fiscalía a cargo del auxiliar fiscal Sergio Muraca realizó un pedido de similares características la mañana de este miércoles.

Inmediatamente después del escrito de Borda, la defensa de Mathov requirió su prisión domiciliaria. “Venimos a solicitar que la pena de prisión impuesta a Enrique José Mathov se cumpla bajo la modalidad de detención domiciliaria”, pidieron sus abogados Jorge Valerga Aráoz padre e hijo cerca de las 4 am de este miércoles. Mathov tiene 76 años y para su defensa “la superación de los 70 años es una causal independiente y autosuficiente para la aplicación del instituto de la detención domiciliaria”. También sostienen que tiene problemas de salud. “Advertimos que no hay necesidad preventivo especial para que vaya a la cárcel común, pudiendo cumplir su condena y satisfacerse dichos fines preventivos del derecho penal a través de la detención domiciliaria, prevista para estos casos tanto por el derecho interno como por el internacional de los derechos humanos”, reclamaron sus abogados. La Justicia debiera resolver el planteo mientras Mathov esté detenido. Según reconstruyó este medio, se le está buscando lugar en el Servicio Penitenciario Federal (SPF). Este jueves cuando llegue a Comodoro Py, Mathov será enviado a alcaldía de los tribunales federales de Retiro previo a ser alojado en una unidad carcelaria.

De acuerdo al TOF 6, como Mathov ya estuvo detenido 6 meses y 25 días entre el 1° de enero de 2002 y el 26 de julio de aquel año por lo que le quedan por cumplir 3 años, 8 meses y 5 días de la pena. Con Santos sucede algo similar. Estuvo preso entre el 7 de febrero y el 26 de julio de 2002, por lo que la Justicia determinó que le quedan por cumplir 3 años y 11 días de la pena.

En diálogo con El Destape, el abogado Rodrigo Borda afirmó: “Es un fallo muy importante a pesar del tiempo transcurrido. No deja de ser reconfortante que se reconozca el legítimo derecho a protestar en un contexto de crisis económica y política, que la policía no puede reprimir una protesta legitima y que cuando esa represión ocurre son responsables penalmente los policías que llevan a cabo el acto represivo y también el personal jerárquico de las fuerzas de seguridad y los funcionarios políticos que la ordenan”. “Es un precedente único en nuestro país y en la región. Y que debe ser atendido. Ojalá sirva para construir políticas de seguridad respetuosas de los derechos humanos”, concluyó el letrado.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) se expresó en el mismo sentido: "Por primera vez, condenan a los responsables políticos de una represión. La Corte Suprema dejó firme las condenas a Enrique Mathov y Rubén Santos quienes dieron la orden el 20 de diciembre de 2001. La decisión sienta un precedente único en Argentina y la región y confirma que los funcionarios políticos tienen responsabilidad penal por las consecuencias de sus órdenes de reprimir". "Pudimos probar que los responsables políticos de la represión también fueron responsables jurídicos de las muertes y heridas que generó esa represión", añadieron desde el organismo de derechos humanos.

La represión de 2001

Mathov y Santos vieron que su situación judicial se complicó seriamente el 13 de diciembre de 2020 cuando la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó las penas de prisión para ambos. Se trata de las mismas penas que ahora la Corte dejó firmes. Esto sucedió en la causa en que se aborda la responsabilidad política y de los jefes de las fuerzas de Seguridad en la represión de fines de diciembre de 2001 en el centro porteño. Se trata de la causa 22.080 donde a la par de estas condenas también hubo grandes ausencias en el banquillo de los acusados como fue la del expresidente Fernando De la Rúa, quien declaró como testigo en el juicio luego de un fallo cortesano que lo benefició. Esa decisión suprema llevó a los querellantes a acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para buscar justicia. En medio del proceso, el exmandatario falleció.

De acuerdo al fallo del TOF 6 que este martes quedó firme y data de mayo de 2016 “los resultados lesivos corroborados el día 20 de diciembre de 2001 y provocados por los numerarios de la Policía Federal Argentina, son consecuencia del riesgo generado por Mathov al ordenar el operativo policial y luego no supervisar el mismo pese a los deberes que tenía a su cargo en este último sentido”. El exfuncionario de la Alianza fue considerado responsable de los asesinatos de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, además de veinticinco casos de lesiones. Los hechos se produjeron en los alrededores de la Avenida 9 de Julio y Avenida de Mayo. En esta causa sobre los responsables jerárquicos de la represión también fueron condenados el mentado Santos, quien era jefe de la PFA; Norberto Gaudiero, ex jefe de la Dirección General de Operaciones de la PFA, quien falleció; y Raúl Andreozzi, ex jefe de la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la PFA, también fallecido.

Por los mismos hechos en el centro porteño hay un segundo expediente, el 22.082, que hace foco en la responsabilidad de los policías que ejecutaron la represión en el centro porteño, es decir, los que dispararon. Esa causa sigue activa. También está abierta en instrucción otra causa contra Mathov y Santos por las detenciones ilegítimas durante el estado de sitio de hace casi 23 años.

La lentitud judicial para resolver este caso emblemático de la represión estatal es evidente. No obstante, la confirmación de la sentencia que compromete a los responsables políticos llega en un momento en que el gobierno de Javier Mieli recurre a las fuerzas de Seguridad para intentar acallar la protesta social y afirma, en la voz de su vocero Manuel Adorni, que no hay que tenerle miedo a la represión.

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