Fuerte critica a la modificación del Código Procesal Penal en la Ciudad

04 de octubre, 2018 | 15.07

El Defensor General de la Ciudad, Horacio Corti, señaló que la reforma del Código Procesal Penal porteño conlleva “graves restricciones a la libertad personal, además de limitar, injustificadamente, el derecho a la asistencia y la defensa en juicio”. Asimismo, la calificó de “regresiva” y aseguró que “el objetivo es alejar a la defensa pública de las comisarías”.

Actualmente, todo imputado tiene derecho a ser asistido desde el primer instante en que es detenido, pero la nueva redacción del artículo 28 del Código permitirá a las fuerzas de seguridad diferir, de forma arbitraria, el derecho de ser asistido por un/a defensor/a, desde ese primer momento. “El ejercicio del derecho a la asistencia jurídica podría estar supeditado a la efectiva propuesta de la persona imputada y de este modo se sustituirá al verdadero titular de la obligación de garantizar la asistencia, que es el Estado”, aseguró Corti.

La presencia del Defensor/a en el lugar de la detención permite el eficaz ejercicio del derecho de defensa y el control de las condiciones de la detención. Corti describió como “innecesario” el cambio propuesto y se preguntó: “¿Qué razón hay para limitar un derecho que en la práctica se viene llevando a cabo por la Defensa Pública sin generar conflictos ni discusiones judiciales?”.

Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.

SUSCRIBITE A EL DESTAPE

El Defensor General explicó que “la asistencia de la Defensa Pública a la persona detenida desde el primer momento de su aprehensión por las fuerzas de seguridad, le daba garantías al detenido y seguridad jurídica, le permitía ejercer su derecho de defensa y aseguraba un control de las condiciones de detención”.

“Más allá de las diferentes opiniones que podamos tener sobre la política criminal y sus intentos de reforma, aquello que siempre debe preservarse es el acceso a la justicia, el debido proceso y el derecho de defensa. Y cuando se alcanzan determinados estándares de protección, el legislador no puede tomar medidas regresivas que, además, en este caso, carecen de toda justificación racional”, concluyó Corti.

LA FERIA DE EL DESTAPE ►