El Gobierno nacional extendió la posibilidad de la suspensión de trabajadores en el contexto de la cuarentena por el plazo que dure el aislamiento obligatorio. Ocurre luego de la extensión del acuerdo entre la CGT y la UIA para la reducción de los empleados en un 25%, en el marco de la crisis por la pandemia.
Anteriormente, la Ley de Contrato de Trabajo permite suspender por razones de reducción de trabajo por hasta un plazo de 30 días al año, que se extiende por 75 días si se justifica en "razones de fuerza mayor". Pero a través del decreto 529, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, permite tomar esta medida por el plazo que dure el aislamiento obligatorio, que se inició en todo el país el pasado 20 de marzo y continúa en el AMBA y otras zonas, por lo que ya lleva en esos lugares 82 días.
De no haber dispuesto esta medida, los trabajadores suspendidos podrían haber argumentado que en realidad fueron despedidos y reclamar la indemnización correspondiente. Y eso, justificó el Gobierno, "en una emergencia de duración incierta como la que se atraviesa, podrían conspirar contra la finalidad de preservación de las fuentes de trabajo".
Esto indica que podrán continuar los acuerdos entre las empresas o cámaras y la representación sindical de cada sector para que los trabajadores suspendidos perciban rebajas salariales de hasta el 25% cuando no se encuentren prestando ningún servicio para las compañías que los mantienen contratados.
Asimismo, el Poder Ejecutivo también prolongó, hasta fin de año, el derecho a la doble indemnización, medida que había sido dispuesta al comienzo del gobierno de Alberto Fernández en el marco de la crisis económica heredada del macrismo. Esto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 ni al Sector Público Nacional.