Restringen la circulación de camiones por el recambio turístico

Será durante este domingo para facilitar el recambio turístico por las vacaciones de invierno. De qué rutas y autopistas se trata.

24 de julio, 2022 | 18.37

La Dirección de Vialidad de la provincia de Buenos Aires informó que este domingo quedará restringida la circulación de camiones pesados por las rutas y autopistas bonaerenses, con el objetivo de facilitar la circulación por el recambio turístico de las vacaciones de invierno

La medida comenzó el último viernes 22 de julio y estará vigente hasta las 23:59 de este domingo 24 en sentido a la Ciudad de Buenos Aires (CABA). Concretamente, implicará la restricción "de la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en: la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata". 

El propósito es "facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas", aclaró Vialidad bonaerense en un comunicado. En la provincia de Buenos Aires, las vacaciones de invierno comenzaron el lunes 18 de julio, por lo que todavía queda una semana más antes de que los chicos vuelvan a clases y se espera un recambio este fin de semana.

Qué rutas de la provincia de Buenos Aires (PBA) estarán restringidas a la circulación de camiones este fin de semana

Se trata de las siguientes rutas o autopistas:

  • Autovía 2
  • Ruta provincial 11
  • Ruta provincial 36
  • Ruta provincial 56
  • Ruta provincial 63
  • Ruta provincial 74
  • Autopista Buenos Aires-LaPlata 

Los horarios de la restricción a camiones en las rutas en PBA

Sentido a Costa Atlántica

  • Viernes 22 de julio de 2022 de 18:00 hs a 23:59 hs
  • Sábado 23 de julio de 2022 de 06:00 a 14:00 hs

Sentido a CABA

  • Domingo 24 de julio de 2022 de 14: 00 hs a 23:59 hs

Qué tramos estarán restringidos a camiones

  • Autopista Buenos Aires – La Plata: Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
  • Ruta Provincial Nº 2 (AUTOVIA 2): desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
  • Ruta Provincial Nº 11: desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)
  • Ruta Provincial Nº 36: desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 - La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)
  • Ruta Provincial Nº 56: desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
  • Ruta Provincial Nº 63: desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).
  • Ruta Provincial Nº 74: desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).

Qué vehículos tendrán permitido circular

Exceptuar de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y a los vehículos que a continuación se detallan:

  1. De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
  2. De transporte de animales vivos.
  3. De transporte de pescado y mariscos congelados.
  4. De transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
  5. De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
  6. De atención de emergencias.
  7. De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
  8. De transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
  9. De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  10. De transporte de medicinas.
  11. De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
  12. De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  13. De transporte de sebo, hueso y cueros.
  14. Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.

Vialidad Provincial recomienda a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la VTV actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol.

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