En noviembre de 2019, el Congreso dio el visto bueno para convertir en ley un sistema de talles de ropa para medidas corporales reales en todo el país y, de esa forma, crear un espacio más abarcativo para gente de todas las edades y tamaños. Más de un año y medio después de dicho logro, y debido a que la pandemia de coronavirus requirió de mucha atención en la agenda, el Gobierno publicó hoy el Decreto 375/2021 aprobando la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)”.
En el considerando, se explicó que "el Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores o las consumidoras y usuarios o usuarias de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados y al control de los monopolios naturales y legales".
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Asimismo, se advirtió que la Ley de Talles era muy importante aplicarla, ya que "que la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores".
Frente al gran aumento de comercio electrónico debido al contexto por la pandemia de coronavirus, en el decreto firmado por el Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Industria Matías Kulfas, se indicó: "Con la finalidad de generar el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria, corresponde dictar las normas reglamentarias necesarias que permitan la operatividad de los preceptos establecidos en la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a los fines de su inmediata aplicación y puesta en conocimiento de las consumidoras y los consumidores de todo el territorio nacional".
"Resulta procedente asignar el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo", agregaron.
Asimismo, "se contempla la creación de un Consejo Técnico Consultivo cuya función será la de pronunciarse sin efecto vinculante sobre cuestiones relevantes que le solicite la Autoridad de Aplicación, en lo referente a la implementación y difusión del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)".
Por otro lado, y teniendo en cuenta la situación sanitaria por el COVID-19 que afecta a la Argentina, indicaron que "corresponde extender el plazo ordenatorio dispuesto en la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria para la realización del primer estudio antropométrico".
Cómo se determinará cuál es la nueva escala de talles
De acuerdo a lo que se explica en el considerando del Decreto 375/2021, "resulta necesario reglamentar aquellas cuestiones indispensables referidas al Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), al etiquetado de la indumentaria y la cartelería comercial, al Estudio Antropométrico, a las campañas de educación y sensibilización, a las prácticas abusivas y el régimen sancionatorio aplicable por infracciones a la referida Ley".
La nueva escala de talles de indumentaria se establecerá de acuerdo a un Estudio Antropométrico. De acuerdo al Gobierno, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) tendrá un período de, al menos, 240 días para implementarlo y determinar las nuevas medidas, aunque también podrá ser extendido.
Qué dice la Resolución del Decreto 375/2021, que aprobó la Ley de Talles
De acuerdo al Artículo 2º del Decreto 375/2021, que aprobó la Ley de Talles, la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo "será la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.521 del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación".
En cuanto al Artículo 3°, se sostuvo que se creará "el Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la Autoridad de Aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de dicho sistema, sin efecto vinculante".
Por otra parte, en el Artículo 4°, determinaron que el Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), cuyos o cuyas representantes actuarán con carácter “ad honorem” y serán elegidos o elegidas por acuerdo de cada sector, estará integrado de la siguiente manera:
a) DOS (2) representantes de la Autoridad de Aplicación, resultando UNO (1) de ellos o UNA (1) de ellas el o la titular de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, quien tendrá a su cargo la Presidencia del Consejo;
b) UN o UNA (1) representante de las cámaras sectoriales vinculadas a la indumentaria;
c) UN o UNA (1) representante de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática;
d) UN o UNA (1) representante que resulte de la elección de las asociaciones de consumidores inscriptas en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores;
e) UN o UNA (1) representante de las Autoridades de Aplicación locales a elección del CONSEJO FEDERAL DE CONSUMO;
f) UN o UNA (1) representante de los profesores y las profesoras regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil;
g) UN o UNA (1) representante del MINISTERIO DE SALUD;
h) UN o UNA (1) representante del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y
i) UN o UNA (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
En tanto, se detalló que "la conformación y funcionamiento del Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional".