La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que encabeza Alberto Abad, se comprometió a cumplir con el régimen de devoluciones de la percepción del 20% o 35%, según el caso, que se aplicaban por viajes al exterior, dólar tarjeta o dólar ahorro a aquellos contribuyentes que no están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias o con Bienes Personales.
Para esos casos, la gestión de Ricardo Echegaray al frente de la AFIP había estipulado un mecanismo de devolución, pero en la práctica, aún quienes realizaron ese trámite nunca lograron recuperar los recargos sufridos. "En realidad quedó stand-by ese esquema", explicó a este medio una contadora consultada sobre las dificultades para recuperar el dinero. "Ahora dicen que será más ágil y la devolución será rápida", estimó.
Abad prometió ayer que las devoluciones efecticamente se harán. Y en la página del organismo que conduce se aclara que "los sujetos continuarán regidos por la RG 3420/12. Es decir, con su trámite de solicitud de devolución a través del servicio con clave fiscal "Mis Aplicaciones Web".
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
Pero ¿cómo es ese trámite? Gonzalo Astiz, del estudio Haltung Partners, explicó el paso a paso. El procedimiento consta de una primera etapa presencial, en caso de ser necesaria, y una etapa posterior, utilizando servicios de Internet con clave fiscal, sostuvo al diario El Cronista.
El primer paso, o trámite presencial consiste en solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en la dependencia de AFIP que corresponda a su domicilio fiscal, mediante la presentación del Formulario F. 460/F por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara (facturas de servicio o un certificado policial, por ejemplo).
- Registración de datos biométricos. Este trámite consiste en el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser escaneado. Posteriormente, al ingresar con su Clave Fiscal, el sistema le solicitará aceptar o rechazar los datos biométricos registrados.
- Poseer Clave Fiscal con nivel de seguridad 3. De no poseer Clave Fiscal o de poseer una con nivel de seguridad 1 o 2, deberá solicitarla o incrementar el nivel de seguridad en una dependencia de AFIP.
El segundo paso, detalló Astiz al matutino, o trámite con Clave Fiscal se trata de registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para que sea transferida la devolución. Para ello deberá acceder al servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social". Dicho servicio requiere que la Clave Fiscal posea nivel de seguridad 3 como mínimo.
- Ingresar con Clave Fiscal al servicio "Mis Aplicaciones Web" y realizar la solicitud de devolución mediante el Formulario F. 746/A - Devoluciones y Transferencias.
Se incluirá a los contribuyentes que pagaron la tarjeta de crédito después del 17 de diciembre pasado todavía con impuesto por gastos del 15 o 16 de ese mes.