La Corte ratificó la prohibición al Gobierno de inaugurar obras previo a las elecciones

08 de mayo, 2015 | 11.34
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la validez de un artículo del Código Electoral que impone la prohibición al Gobierno Nacional de inaugurar obras en los 15 días previos a las elecciones generales y de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda confirmaorn la vigencia del artículo 64 Quater del Código Electoral en el que se asegura que "durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".

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Según el artículo 64 Quarter, "queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo". Incluso, la norma prohíbe "en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".

La decisión del máximo tribunal se conoce en un momento de crítica relación entre el Ejecutivo y la Corte a raíz de la reelección como presidente de su titular Ricardo Lorenzetti; y de la permanencia del juez Fayt en el Tribunal bajo sospechas de no estar en condiciones físicas y mentales por su avanzada edad.