El Defensor Adjunto de la Ciudad será amicus curiae en la causa contra la mujer detenida por besar a su esposa

23 de febrero, 2018 | 19.52

En su carácter de responsable del Programa contra la Violencia Institucional del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad, el Defensor General Adjunto Luis Duacastella fue aceptado por la Sala 6 de la Cámara Criminal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, a participar como “amicus curiae” (Amigo del Tribunal) en la causa que se le inició en octubre del año pasado a una mujer cuando estaba abrazando y besando a su esposa en la estación Constitución, antes de ir a trabajar.

Mariana Gómez se encontraba junto a su pareja cuando fue interceptada por agentes de la Policía de la Ciudad quienes, al observarlas despedirse, se acercaron y le ordenaron apagar su cigarrillo, a pesar de que otras personas también estaban fumando en el lugar y no existía señalización que indicara la prohibición. Los agentes se refirieron repetidamente a ella como “pibe” y, aunque intentó poner fin a la discusión apagando el cigarrillo y retirándose, la detuvieron de manera violenta. Ese mismo día liberaron a la joven, pero luego fue procesada por el delito de Resistencia a la Autoridad.

En la presentación ante la Cámara de Apelaciones, Duacastella solicitó estar presente en la audiencia pública que se realizará el próximo martes 27 de febrero a las 9.30, y expuso ciertas consideraciones que requirió que se tengan en cuenta al dictarse sentencia en la causa.

Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.

SUSCRIBITE A EL DESTAPE

En particular, expresó que la acción típica que describe la figura de Resistencia a la Autoridad sólo es posible durante el desarrollo del acto, pero no cuando éste ya ha cesado, por ende al haber apagado la mujer el cigarrillo y predisponerse a abandonar el lugar, conforme la orden impartida, la conducta cesó, siendo detenida en forma ilegítima.

Por otra parte, señaló que, según la Ley de Seguridad Pública porteña, el personal policial debe respetar los principios de oportunidad, proporcionalidad y gradualidad, además de actuar con responsabilidad, respeto a la comunidad, imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley. Teniendo en cuenta que la ley 1.799 de la Ciudad no prevé sanciones para los fumadores (tan sólo para los responsables de los ámbitos donde rige la prohibición) y que el Derecho Penal debe intervenir como “última ratio”, entonces para el Defensor existían otras opciones para que el oficial no procediera al arresto de la joven. A su criterio, ello llevaría, pues, a plantearse si no existió una desproporción entre la conducta de la mujer y la respuesta de los uniformados.

En el escrito, el Defensor Adjunto de la Ciudad también recordó que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas señala que “la detención de una persona por delitos relacionados con la orientación sexual o la identidad de género, incluidos los delitos que no se refieren directamente a las relaciones sexuales, constituye una vulneración del derecho internacional”.

LA FERIA DE EL DESTAPE ►