Coronavirus: nuevo protocolo para las escuelas ante un posible caso

La medida fue publicada en el Boletín Oficial luego que Nicolas Trotta confirmara que no se iban a suspender las clases momentáneamente.

14 de marzo, 2020 | 08.53

A través de la Resolución 103/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial, el ministerio de Educación Nacional definió el nuevo protocolo para el procedimiento en las escuelas ante un posible caso de Coronavirus.

El ministro de Educación, Nicolas Trotta se reunió ayer con otros funcionarios, tanto a nivel regional como nacional, y todos coincidieron en la decisión comunicada esta mañana por Ginés González García de continuar con las clases normalmente, en todos los niveles.

Estos son los nuevos pasos a seguir ante un la confirmación o la sospecha de un caso de Coronavirus , que alcanzan a todos los establecimientos educativos públicos o privados de todos niveles educativos:

-Ante un CASO CONFIRMADO, hay que establecer la confirmación médica de un caso de Coronavirus (COVID-19) que afecte a personal directivo, docente, axiliar o no docente, o estudiantes de un establecimiento educativo y "deberá procederse a la suspensión de clases y cierre de dicho establecimiento por el plazo de 14 días corridos, a partir de la notificación del caso confirmado":

-Ante un CASO SOSPECHOSO DE ESTUDIANTE O DOCENTE DE AULA, según lo expuesto en el artículo 7 inciso a) del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, "deberá procederse al cierre del o los grado/s o sección/es del establecimiento educativo donde desarrollan sus tareas, hasta tanto se cuente con el resultado del test que descarte la sospecha, o por un plazo máximo de 14 días corridos desde la notificación".

- Si hay OTROS CASOS SOSPECHOSOS, se deberá notificar al personal directivo y proceder al autoaislamiento obligatorio de la persona afectada y de sus contactos estrechos en dicho establecimiento, hasta tanto se cuente con el resultado del test que descarte la sospecha, o por un plazo máximo de 14 días corridos desde la notificación, según corresponda.

En estos casos NO procederá la suspensión de clases en el establecimiento educativo, debiendo llevar a cabo la desinfección y limpieza indicados por la autoridad sanitaria.

- Hay un caso excepcional: las personas que "habiten en el domicilio del personal directivo, docente, auxiliar o no docente o estudiantes calificados como “contacto estrecho” de un “caso sospechoso” de COVID-19",  no deberán cumplir con la rutina de autoaislamiento obligatorio.

-En cuanto a la INSTRUMENTACIÓN, la resolución determina que se deberá "solicitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a las instituciones de educación superior que adopten, en el marco de las competencias que le son propias y en un todo de acuerdo con las normas de aplicación, disposiciones a fin de sostener las medidas establecidas en la presente, y aquellas que conforme lo disponga el MINISTERIO DE SALUD pudieren generarse al efecto, asegurando el derecho a la educación mediante los dispositivos que estimen pertinentes".

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