ARCA (ex AFIP): cuál es el límite para hacer transferencias y que no te cobren en diciembre 2024

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero confirmó qué transferencias vigilará y qué pasará con los que no cumplan requisitos.

19 de diciembre, 2024 | 18.29

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP, anunció nuevas normativas que afectarán las transferencias de dinero a partir de diciembre. Según las disposiciones, quienes no cumplan con ciertos requisitos al realizar transacciones podrían ser objeto de multas o apercibimientos.

ARCA cobrará las transferencias que no cumplan con los requisitos

De acuerdo con la información publicada, ARCA implementará retenciones automáticas sobre las transferencias de dinero de usuarios que no cumplan con la normativa vigente. Estas retenciones pueden incluir descuentos relacionados con el IVA y otros impuestos, afectando especialmente a aquellos que:

  • No están registrados bajo el régimen fiscal de ARCA.
  • No han presentado sus declaraciones juradas de ingresos a tiempo.

En estos casos, los usuarios podrían enfrentar retenciones de hasta un 5% en concepto de Ingresos Brutos, mientras que el porcentaje habitual es inferior al 1,5%.

ARCA: control de billeteras virtuales

¿Cómo evitar las retenciones automáticas?

Para evitar deducciones automáticas, ARCA recomienda:

  1. Regularizar la situación fiscal: consultar con un contador público matriculado para asegurarse de que todos los tributos estén correctamente dados de alta.
  2. Informar al banco: notificar a la entidad financiera si la transferencia no corresponde a una operación comercial.
  3. Confirmar titularidad de cuentas propias: para transacciones entre cuentas del mismo titular, como entre un broker o billetera virtual y un banco, es recomendable contactar a la institución financiera para garantizar que ambas cuentas sean del mismo titular.

Monotributo: cuánto se paga de acuerdo a cada categoría

Además, ARCA actualizó los montos del régimen de monotributo. Esta medida, anunciada en agosto, establece las nuevas cuotas que los contribuyentes deberán abonar en diciembre, así como los límites de facturación para cada categoría.

A continuación, se detallan las categorías y los montos:

  • Categoría A: $3.000.
  • Categoría B: $5.700.
  • Categoría C: $9.800 (servicios) y $9.000 (comercio).
  • Categoría D: $16.000 (servicios) y $14.900 (comercio).
  • Categoría E: $30.000 (servicios) y $23.800 (comercio).
  • Categoría F: $42.200 (servicios) y $31.000 (comercio).
  • Categoría G: $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio).
  • Categoría H: $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio).
  • Categoría I: $175.000 (comercio) y $437.500 (servicios).
  • Categoría J: $210.000 (comercio) y $525.000 (servicios).
  • Categoría K: $245.000 (comercio) y $735.000 (servicios).

Qué controles se realizan a las transferencias desde ARCA

La actualización de los montos busca reflejar las recientes variaciones económicas, ajustando las escalas y límites de facturación al contexto actual. ARCA también destacó la importancia de mantener la información fiscal y financiera regularizada para evitar sanciones o retenciones que puedan generar costos adicionales. Para aquellos interesados en ingresar al monotributo o modificar su categoría, se recomienda realizar los trámites de forma oportuna a través de los canales habilitados por el organismo.