La Ley 27.610, más conocida como ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre del 2020 y promulgada a mediados de enero del 2021, estableciendo el derecho al aborto en todos los casos hasta la semana 14 inclusive sin necesidad de explicar los motivos de la decisión -manteniendo la vigencia del derecho en casos de violación y riesgo para la vida o salud de la madre, sin límite de tiempo-. Hoy, 30 de diciembre del 2022, a dos años de la IVE, muchas mujeres continúan sufriendo situaciones de violencia o de falta de acceso a información relacionada al tema.
Según información del Gobierno nacional, en el sistema público de salud se reportaron 132.754 prácticas, se capacitó a más de 2.000 profesionales y hay 1.443 centros sanitarios que garantizan la práctica en el país. En estos centros, el Ministerio de Salud de la Nación distribuye gratuitamente los medicamentos y equipamiento para llevar adelante este tipo de procesos. Los datos oficiales muestran que hubo 73.487 en el año 2021 y 59.267 de enero a septiembre del 2022. Mientras que el número de centros y hospitales que la garantizan, es un 59,8% más de lo declarado en el 2020 y un 7,5% por encima del 2021.
Además de los 434 profesionales que lograron certificaciones y los 2.000 que recibieron actualizaciones acordes a la ley, el informe gubernamental destaca que la línea telefónica de Salud Sexual (0800-222-3444) recibió un total de 13.752 consultas por IVE/ILE entre enero y octubre del 2022 (89,8%, de un 33.735). Frente a esto, indican que se refozaron las estrategias de accesos, se amplió el tiempo de atención para brindar información y se gestionaron recursos de traslado. Para ello, es clave el trabajo en red con provincias, organizaciones y referentes sociales.
Durante el encuentro en el Salón de las Mujeres, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, presentó una actualización del Protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la interrupción del embarazo con la incorporación de las nuevas directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El organismo recomendó la despenalización total del aborto y que los Estados desistan de criminalizar a las personas que interrumpen o ayudan a interrumpir un embarazo, reconociendo la autogestión del aborto fuera del sistema de salud como una práctica segura y reconociendo el rol de ámbitos comunitarios y de sociedad civil.
Por otro lado, instó a los diferentes gobiernos a eliminar los períodos de espera o reflexión; internación compulsiva para la práctica de un aborto; búsqueda de consentimiento de padres, cónyuges o representantes legales y autorizaciones administrativas o por comités de ética que retrasan y complejizan el acceso al derecho.
Más allá del trabajo destacado hasta el momento, la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina, recordó que durante la pasada semana hubo cuatro socorristas cordobesas que fueron detenidas -y posteriormente liberadas- por acompañar una situación de aborto. Frente a esto, ambas carteras (junto a Salud) se encargaron del tema y aseguraron que “fue un alerta para que sigamos resguardando este derecho”.
A mediados de este mes, se dio una situación similar. El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 de La Plata ordenó al municipio a que entregue información completa, accesible y veraz sobre cómo está garantizando el derecho al aborto luego de una presentación de amparo realizada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA). Esto se debe a la cantidad de denuncias de trabajadores y trabajadoras de la Salud que recibieron "presiones desde la intendencia".
Asimismo aseguran que no cuentan con insumos, las trabajadoras están precarizadas, no dan charlas sobre ESI, no hay acceso a métodos anticonceptivos y tampoco cuidados necesarios para la realización del aborto en el primer mes de gestación. "De las 15 preguntas incluidas en el pedido de información, 9 no fueron respondidas y las restantes estaban incompletas. La municipalidad de La Plata tiene que informar cómo implementa la ley", manifestaron desde el CELS.
"La jueza indicó que no solo debe dar información, sino que tiene la obligación de hacerlo de manera 'proactiva': los datos deben estar disponibles y ser accesibles, sin necesidad de pedirlos", concluyen.
Qué comprende la ley
Además de regular el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo, la normativa remarca la obligación de brindar atención postaborto a todas las personas con capacidad de gestar; siendo de aplicación obligatoria a lo largo y ancho de todo el territorio nacional. Por otro lado, todas las personas tienen el derecho al acceso a métodos anticonceptivos y a recibir información sobre los procedimientos.
Según indica la ley, todas las personas deben: recibir atención totalmente gratuita en el sistema público y en las obras sociales y prepagas; acceder a la práctica de IVE/ILE en un plazo de máximo de 10 días corridos desde la solicitud; recibir un trato digno y respetuoso; garantía de la privacidad en la consulta y confidencialidad de la información; atención de calidad; recibir información actualizada, comprensible, veraz y brindada con lenguaje y formatos accesibles; recibir atención de salud a lo largo de todo el proceso junto a métodos anticonceptivos de forma gratuita y contar con apoyo si lo necesitan.
A través de un nuevo reporte del Proyecto Mirar, tras dos años de aprobada la ley, se buscó abordar la calidad en la provisión de servicios de aborto con el objetivo de “contribuir a poner en agenda una dimensión crítica de la política de aborto a la luz de los estándares internacionales y de la propia ley” a nivel nacional. Este es coordinado por dos instituciones: el Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES) y el Ibis Reproductive Health.
En conjunto, ambos organismos investigan e informan sobre los debates, las políticas públicas, las estrategias de incidenica en el campo de la salud y de los derechos sexuales y reproductivos. Lo que se busca a través de este proyecto, específicamente, es "monitorear la implementación de dicha ley, mejorar el acceso y la calidad de los servicios de aborto tras su legalización y contribuir con evidencia e información a los procesos de ampliación de derechos en la región", según indican en sus redes.
Para evaluar adecuadamente el desempeño de los servicios de salud públicos, se elaboró un claro gráfico en el cual se puede observar cómo las diversas jurisdicciones que integran al territorio nacional ampliaron la cantidad de servicios para dar acceso a la IVE/ILE. “El comportamiento que observamos entre oferta y acceso efectivo no es lineal y puede explicarse por la heterogeneidad de las jurisdicciones: en algunas, el acceso está concentrado en pocas instituciones que garantizan muchas prácticas mientras que en otras la oferta está distribuída en múltiples instituciones”, señalan.
Cabe resaltar que dicho acceso no solo lo brindan instituciones públicas, sino también la salud comunitaria y las instituciones de seguridad social y privadas. El mayor efecto que dejó la normativa, según el informe, es el aumento de centros de salud de primer nivel de atención que garantizan dicha práctica. “Esto sugiere que este nuevo marco de derechos, donde la regla es la legalidad, impacta en la forma de proveer el servicio”, agregan mientras que sostienen que esto “fortaleció la legitimidad de la práctica”, se mejoraron “sus condiciones de calidad” y se visibilizó a los equipos garantes de dicha ley (permitiendo su integración y expansión).
¿Alcanza con la ley?
Más allá de la normativa, en el informe destacan que siguen existiendo prácticas informales y clandestinas que tratan “de modo violento o desidioso, o incluso como una cuestión criminal” al aborto. “Tuvo lugar un cambio de paradigma, las mujeres saben que tienen derecho, se sienten con el derecho a ir a reclamar a los hospitales e inclusive a los lugares privados”, señala en el estudio Rocío García Garro, abogada y coordinadora del área legal de Católicas por el Derecho a Decidir de Córdoba. Es por eso que define a la ley como la “creciente conciencia legal” por parte de las personas con capacidad de gestar y decidir sobre sus propios cuerpos.
Si bien hay “una transformación cultural” que tiene que ver con sacar al aborto de la clandestinidad, resaltan que hay una importante falta de información y desconocimiento relacionada a la ley y a los accesos que ella permite. Por ejemplo, dentro de Católicas por el Derecho a Decidir tienen un espacio de “guardia de abogadas” -creado tras el caso Belén, mujer encarcelada por un aborto espontáneo en la pcia. de Tucumán- donde se reciben consultas y asesoramiento. La ley eliminó el “tabú” de dialogar sobre estos temas y brindó más libertades.
A pesar de ello, la directora del Programa Salud Sexual y Reproductiva de Buenos Aires, Carlota Ramírez, señala que “todo está muy descoordinado, incluso dentro de un mismo establecimiento no hay circuito, no hay redes de atención, dentro de un hospital los equipos no dialogan”; razón por la cual, se encuentran trabajando como equipo en la continuidad de los cuidados y la lógica de atención. “El otro tema que estamos tratando de fortalecer es el método posaborto, que se vayan con un método de larga duración. Tenemos que pensarlo más inteligentemente, por eso decía que hay distintos componentes y tiene que ver con la parte más blanda, que es el cuidado, el acompañamiento y la información pero también hay que aceitar la parte técnica, para que el circuito sea más transparente y fácil para la mujer”, agrega.
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Entre los principales obstáculos que observan para asegurar la calidad en la provisión de los abortos señalan: la falta de difusión del derecho y la divulgación de los lineamientos de la normativa para la búsqueda de atención, acceso y garantías; el uso de tecnología obsoletas (solicitando una mayor disponibilidad de misoprostol y el combipack) o resistencia en obstetras y ginecólogos/as; las rutas de atención, que son poco claras por falta de coordinación (algo que debe resolverse desde cada provincia, sistema de salud, subsistema de salud y cada servicio).
A ellos se suman: la objeción de conciencia no ajustada a la ley u objetores "no responsables" (en la normativa es un derecho de las/os profesionales, aunque están obligados a no obstaculizar la atención y derivación), por ejemplo, relacionada con personal administrativo que obstaculiza o demora la recepción o reserva de turnos o dilaciones en la atención integral; la sobrecarga laboral y emocional de los equipos de salud (tras la implementación, aumentó un 58% la realización de IVE); y la transparencia activa de los/as profesionales, es decir que no solo estén dispuestos/as a intervenir ante la solicitudd sino que también sean activos/as proveedores/as de información sobre el derecho.
“Es hora de que la calidad de los servicios pase a constituir una parte fundamental de la agenda del aborto, el cómo importa”, señalan en el reporte. Y si bien se avanzó en la provisión de insumos, equipamiento, capacitaciones y hay un aumento claro en el número de equipos y servicios de salud para garantizar el derecho, todavía persisten prácticas no recomendadas “como el uso del legrado y cuellos de botella en las rutas de acceso” que impiden una atención de buena calidad. A su vez, sostienen que persisten "situaciones críticas de falta de acceso o de calidad subestándar en poblaciones en situación de vulnerabilidad", relacionadas con personas o grupos que deben atravesar adaptaciones en el proceso, que son necesarias de identificar para resolverlas.