El diputado del Frente de Todos Eduardo Valdés denunció que los jueces de la Corte Suprema "violaron" artículos de la Constitución Nacional. Además, advirtió que mostraron "idoneidad" en el fallo por los fondos de la coparticipación para beneficiar a la ciudad de Buenos Aires, al restituir la ley del Consejo de la Magistratura derogada por el Congreso, en la aplicación de la ley del dos por uno en causas de lesa humanidad y en el manejo de la obra social judicial. El legislador del Frente de Todos (FdT) dijo que, según el artículo 112 de la Constitución Nacional, los miembros de la Corte "deben administrar justicia bien y legalmente".
Valdés abrió su discurso al ratificar el proyecto de resolución por el juicio político de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rozenkratz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. También señaló que a Rosatti se lo acusa por el "delito en la comisión de sus funciones", proyecto que además contiene el pedido del Presidente de la Nación y 11 gobernadores.
Valdés fundamentó como una de las causas de mal desempeño contra los jueces del tribunal el fallo sobre coparticipación porteña, ya que "distribuyeron recursos públicos violando el artículo 128 de la Constitución Nacional al no convocar a los gobernadores". En esa línea, el legislador señaló que "es incomprensible que la Corte ni siquiera haya contestado a los gobernadores de Buenos Aires, Santiago del Estero, Chubut, La Rioja, Santa Cruz, Catamarca, Formosa, Chaco, Tucumán, Santa Fe, Misiones, La Pampa, Entre Ríos y Tierra del Fuego que se presentaron como amicus curiae del tribunal".
"¿Por qué no escuchó a los gobernadores?, ¿Será por la relación de Rosatti con Rodríguez Larreta, vehiculizado por medio de Silvio Robles y Marcelo D'Alessandro, que ya habían sido recusados por la Procuración del Tesoro de la Nación por ese vínculo?", preguntó el diputado.
Valdés marcó que "en el artículo 116 de la Constitución Nacional se establece que los jueces solo pueden decidir en una causa, y una causa es una disputa concreta entre partes contrarias" y dijo que "además no deben emitir declaraciones ni consultas, solo deben hablar a través de las sentencias, y éstas deben ser de acuerdo al derecho vigente y a la prueba presentada".
Sobre esto, manifestó que "si no se cumplen esos artículos, entonces se transforma en un acto irracional, eso configura el mal desempeño y demuestra la falta de idoneidad para el cargo". Asimismo, citó el artículo 16 de la Constitución Nacional, según el cual "todos los ciudadanos son iguales ante la ley y son admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad".
Sobre el Consejo de la Magistratura, Valdés apuntó que a partir de la asunción de Horacio Rosatti como presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pone en marcha "el asalto al Consejo de la Magistratura". Recordó que "15 años estuvo vigente esta ley, de los cuales 6 años estuvo durmiendo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para descubrir o no un vicio manifiesto -es claro que no es manifiesto- y si no es manifiesto, no es inconstitucional, por eso es que hay mal desempeño. No contentos con esto, desentierran una ley derogada por el Congreso de la Nación".
En esa línea, agregó: "Horacio Rosatti nunca debió intervenir en el amparo presentado por el Colegio de la Ciudad que, recordemos, tenía como único objetivo recomponer el equilibrio entre los estamentos en el Consejo de la Magistratura".
En cuanto al manejo de obra social judicial, Valdés aclaró que el juicio político es contra los miembros del tribunal -a diferencia de la Coalición Cívica que solo apunta a Lorenzetti-, ya sea "por la comisión de delitos conforme lo determinen las investigaciones judiciales penales en curso, o en el menor de los casos por 'mal desempeño'". En ese marco, afirmó que "se deberá investigar y comprobar si los magistrados omitieron conformar en debida forma el directorio de la Obra Social para de ese modo poder realizar un incumplimiento sistemático y deliberado de las funciones de control y de administración indelegables que les correspondía realizar en virtud de la Acordada 5/2008".