Difícil es esperar milagros, menos debería ser encontrar respuestas políticas contundentes frente a violencias ostensibles contra una mujer, como Milagro Sala, por sus condiciones de género, étnicas, socioeconómicas y por su inclaudicable compromiso con los más humildes. Cuando se es consciente de una injusticia semejante prolongada en el tiempo, avalada por una Justicia provincial y nacional politizada en avanzado estado de putrefacción, no son milagros lo que falta.
Discriminaciones: razones de la sinrazón
Toda sociedad carga con prejuicios, intolerancias, segregaciones, odios y otros tantos comportamientos de menoscabo asentados en determinados rasgos, inclinaciones, origen o pensamientos de personas, grupos o colectividades.
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Las diferencias, preferencias o pertenencias están en la raíz de cualquier tipo de discriminación, brindándole un cierto grado de objetividad a esas subjetividades potenciadas por el desprecio y la descalificación de esa otredad.
Siempre se alegarán motivos -e incluso se elaborarán teorías o argumentos- que pretendan dar respaldo al trato desigual peyorativo o con los que quiera disimularse la índole discriminatoria que subyace a actitudes de ese tipo, así como con frecuencia se apelará a determinadas características o conductas de los sujetos discriminados con el objeto de proveer de una aparente racionalidad a las estigmatizaciones que se fomentan.
La evolución de los derechos humanos impone una lucha constante contra todo tipo de discriminación, particularmente de aquellas que se impulsan, promueven o amparan desde el Estado y que, justamente por ello, las dota de una aparente legitimidad.
La responsabilidad del Estado frente al Derecho Internacional por los incumplimientos en que pueda incurrirse en países que, como el nuestro, tiene una organización federal, recae siempre sobre el Estado Nacional signatario de Acuerdos o Tratados, cualquiera fuere el Órgano de ese ámbito o provincial en que se origine la conducta o el acto reprochable.
Responsabilidad que también le compete cuando resultan de particulares, instituciones u organizaciones de la sociedad civil, en tanto el Estado -por acción u omisión- permita que se produzcan o no adopte las medidas adecuadas para impedirlas, hacerlas cesar o restañar las consecuencias perniciosas que provocan.
Un país invisibilizado
En la Argentina suele hablarse de ser un “crisol de razas”, pero ligado básicamente a los flujos migratorios europeos, soslayando otras corrientes migratorias (en especial africanas y asiáticas) y, más aún, los aportes constitutivos de los pueblos originarios del Continente americano tanto con asiento en nuestro territorio como en otros países vecinos cuyas poblaciones, históricamente, han mantenido un estrecho contacto y un desarrollo en común.
La influencia decisiva del centralismo porteño, que permite referir como un todo indiferenciado al “Interior” para completar la idea de país, se nutre de una pretensa superioridad racial -blanca, caucásica- de la que participan también sectores de la población que habitan en ciudades capitales o con un mayor desarrollo económico de las Provincias.
Las desigualdades sociales coadyuvan a ese elitismo real o aspiracional que conlleva segregaciones cargadas de violencia, naturalizando condiciones para la determinación -o sostenimiento- de una pobreza estructural que opera en ese mismo sentido potenciando las peores formas de discriminación.
La provincia de Jujuy es un claro ejemplo de esas antiguas desviaciones que conspiran contra la construcción de una sociedad plural, multicultural, respetuosa de las diversidades y habilitante de una democracia social e inclusiva. En donde el poder económico y el poder político juegan en tándem, expulsando a amplios sectores de su población que no se ajustan a los patrones de clase, de etnia y de condición económica hegemónica.
El aparato estatal en su conjunto responde a esos mandatos, exacerbados por una domesticación de la Justicia que en esta etapa histórica atraviesa -en general- la mayor descomposición registrada en Democracia.
La resistencia a esos designios, el rechazo al sojuzgamiento impuesto, la pretensión de que emerjan los sometidos y excluidos, la idea de poner fin a las desigualdades, el empecinamiento por alcanzar un grado de equidad y acceder a niveles de vida acordes con la dignidad humana, constituyen una alternativa inaceptable y condenable para quienes se benefician del actual estado de cosas.
En la persona de Milagro Sala se reúnen, emblemáticamente, tanto las estigmatizaciones discriminadoras como las idealizaciones de un horizonte superador de las iniquidades y de un futuro posible de igualdad de oportunidades.
No es sólo ella la destinataria de la furia elitista, pero en ella se representa un conjunto de luchadoras infatigables y una idiosincrasia identitaria de una inquebrantable voluntad popular que, además, ha demostrado con hechos concretos que es posible -con organización, convicción y militancia- acceder a vivienda, salud, educación, esparcimiento y trabajo como forjar expectativas de un mejor vivir para los eternos postergados.
Dilemas del Derecho y la Política
El Derecho es un campo que carece de uniformidad y univocidad, precisamente por ello es donde el debate sobre el sentido, alcance y aplicabilidad de sus normas es una constante, hallándose permanentemente en pugna dos o más interpretaciones que, a su vez, suelen variar con el tiempo en función de la evolución -o involución- social y de otros muchos factores históricos de coyuntura.
De tanta o mayor relevancia para el Derecho es la recreación que de sus instituciones pueda verificarse, como la generación de nuevas figuras jurídicas que decantan o confrontan con la normativa vigente, con la ley en sentido amplio o con el derecho positivo en términos técnicos. Pues, por esas vías se han colado y consagrado construcciones jurídicas determinantes para la ampliación de derechos, siendo muy rico en ejemplos los derechos sociales, económicos y culturales, como el vasto ámbito de los Derechos Humanos que comprende a todos ellos.
Esa condición del Derecho, entonces, debe ser necesariamente advertida como punto de partida para discernir la factibilidad jurídica o no del indulto presidencial a Milagro Sala, puesto que -como en otras tantas cuestiones de derecho- se encontrarán argumentaciones en favor o en contra, más restrictivas o más permisivas, proclives a vedarlo por completo o a admitirlo sin reparos.
Especialistas reconocidos en la materia se encuentran a uno y otro lado de esa frontera interpretativa, han vertido sus opiniones con abundancia de fundamentos y las han dado a conocer públicamente, como también se las han hecho llegar al Presidente de la Nación.
En esta instancia el indulto deja de ser, en sentido estricto, un problema del Derecho que, evidentemente, no brinda una sola y única solución, sino que consiste en un dilema de la Política, que está siempre presente en un acto institucional de esa especie y es por dónde pasa la decisión de elegir entre las alternativas que brinda el Derecho.
En el caso de Milagro Sala esa prevalencia de la Política se acentúa, porque ha sido manifiestamente política la operación urdida para detenerla, procesarla y condenarla en la Justicia local, como del mismo signo y naturaleza la “revisión” demorada (cajoneada en realidad) por la Corte Suprema de la Nación durante más de dos años y en la que se desentendió por completo de los argumentos de la defensa de Milagro. Un triste, y evocativo de otro más triste, “punto final”, para el destino de una “presa política” que empaña por ser tal a la Democracia y a la República que tanto ha costado sostener durante cuatro décadas.
Si no faltan ganas, entonces ¿falta voluntad?
Los reclamos por la libertad de Milagro se multiplican en el plano nacional e internacional, también los señalamientos en orden a los riesgos de vida que corre por su deteriorado estado de salud y por el ensañamiento de su carcelero Gerardo Morales junto a sus fieles servidores judiciales que no cedieron un palmo en su sevicia ni siquiera frente a la reciente muerte de su hijo.
Las disquisiciones acerca de la “rémora monárquica” atribuida al indulto, o que el problema sea que se concede discrecional -y hasta arbitrariamente- al margen del control de los otros Poderes del Estado y de la ciudadanía, no pueden anteponerse al profundo sentido humano y de justicia social e individual que quepa reconocer a un acto semejante. Máxime, cuando se trata de un instituto contenido en la Constitución Nacional y que se mantuvo en la reforma sancionada en 1994, lo que le resta entidad a pruritos de esa índole.
Delegar en organismos internacionales la decisión final de la suerte que corre Milagro, que lleva casi 2600 días de cautiverio, en aras de una juridicidad que se ha visto no es categórica y para alcanzar una “reivindicación” -la absolución judicial- que el indulto no proporciona, ya que no borra el delito sino que dispensa del cumplimiento de la pena respectiva, carece de todo asidero.
Esto último teniendo en cuenta que esperar a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), supone hablar de diez a veinte años vista, y que aún mediando el indulto podría reclamarse por la nulidad del fallo de la Justicia jujeña avalado por los cortesanos nacionales.
En uno de los magníficos relatos (“Y el mar”) que Juan Forn publicaba en la contratapa del diario Página 12, hoy recopilados en varios volúmenes, recordaba que “Kierkegaard decía que el problema de la vida es que se la vive para delante, pero se la entiende para atrás”.
Tal vez algo de eso nos esté sucediendo actualmente, y tomar conciencia de ello sea imprescindible, porque en buena medida las disfunciones democráticas que padecemos o las llamadas democracias de baja densidad no son sino una nueva manifestación de antiguos males, que precedieron a otros todavía peores.
Priorizar formalismos atávicos o pretender una pureza prístina en lo jurídico en medio de una jungla tribunalicia en que reinan los capangas, sería tanto como resignarse a un dejar hacer por quienes tienen un claro proyecto antidemocrático y antipopular en aras de un supuesto republicanismo discursivo.
Razones humanitarias y políticas existen, razones de justicia también, así como no faltan argumentos de Derecho que le brinden sustento. Sólo hace falta transformar la convicción en decisión, sin más demoras y sin más excusas.