Con un nuevo decreto, el gobierno nacional amplía las excepciones al aislamiento social obligatorio para combatir el coronavirus Covid-19. De este modo, las personas afectadas a esos servicios esenciales no tendrán prohibida la circulación.
Las nuevas excepciones incluirán a las "industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias, podrán solicitar autorización a las Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal".
También estarán alcanzadas la producción y distribución de biocombustibles, el transporte y distribución de combustibles nucleares y los hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Los mismos deberán garantizar las prestaciones a las personas que tengan alojadas a la fecha del dictado del decreto 297/2020.
Además, se incluye la dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones y las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una cupo básico de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
El nuevo decreto también abarca la operación de aeropuertos, de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas, así como el sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
Las curtiembres tendrán dotación mínima para la recepción del cuero proveniente de la actividad frigorífica y los restaurantes, locales de comidas preparadas y de comidas rápidas podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria pero no podrán atender al público en forma personal.
Si bien estos grupos podrán circular del hogar a los trabajos, el Gobierno ratificará la premisa de un desplazamiento mínimo que deberá limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.