En los últimos días, la AFIP reglamentó el régimen de registración de contratos de alquileres para obtener información relevante y así verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de sujetos intervinientes en las distintas operaciones. Cada contribuyente que asume el carácter de locador o arrendador, deberá estar obligado a realizar este trámite. Frente a esto, en la pantalla de Todo Noticias (TN), se dio un momento increíble donde militaron la evasión de impuestos.
La periodista Marcela Pagano, luego de dar la noticia, comenzó a analizar el accionar de quienes se muestran en contra del registro de alquileres. "¿Son, digamos, pequeños secuaces que van en contra del sistema, aquellos que tienen una propiedad y la quieren alquilar? ¿O en realidad la esconden de la AFIP porque ya de por sí están teniendo eso para poder subsistir y salir adelante?", se preguntó ante la atenta mirada de su compañera.
Como si esto fuera poco, la comunicadora justificó: "Si no fuese tan alto ese precio a pagar en impuestos, quizás todo el mundo, naturalmente, blanquearía un alquiler y la renta que tiene del mismo. El problema es que como eso no sucede, todo el mundo... Hecha la ley, hecha la trampa". Y sentenció increíblemente: "Tratan de ver cuáles vericuetos existen en sus manos para tratar de saltar por encima de la AFIP".
Mirá el insólito momento:
Cabe destacar que el Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles entrará en vigencia a partir del próximo 1° de marzo. Sobre esto, el titular de la organización Inquilinos Agrupados, Gervasio Muñoz, manifestó: "Ahora se podrá saber quiénes conforman el negocio del acceso a la vivienda y quiénes alquilan y bajo qué condiciones, medida fundamental para que los gobierno puedan llevar adelante políticas públicas para mejorar el acceso a la vivienda".
Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive. La normativa alcanzará a locaciones de bienes inmuebles urbanos; arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales; locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o similares; y locaciones de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.