Violación grupal en Chubut: podrían revocar la absolución de los acusados

El Ministerio Público Fiscal de Chubut requirió que se declare la nulidad de todo el proceso y se haga un nuevo juicio. Los tres acusados fueron absueltos por decisión de las juezas a cargo, quienes determinaron que habia "falta de pruebas".

13 de abril, 2022 | 13.44

El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia del Chubut para que se revoque la sentencia que absuelve a los acusados de violar en grupo a una adolescente en 2012. A casi 10 años del hecho, los imputados Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci quedaron en libertad el 19 de marzo por decisión de las juezas Karina Breckle, Marcela Pérez y María Laura Martin, quienes alegaron que la resolución se basó en la "falta de pruebas" y se rigió por el beneficio del principio de inocencia. 

A partir de esta resolución, el MPF presentó un recurso que sostiene que "la sentencia absolutoria dictada el pasado 28 de marzo por el Tribunal, es fruto de un procedimiento defectuoso". La fiscalía argumenta que "se valoró la prueba con falta de perspectiva de género y con arbitrariedad, de modo tal que las conclusiones a las que las juezas arribaron, resultan alejadas de las reglas de la lógica, lo que la transforma en un acto jurisdiccional inválido y que debe ser revocada y adecuada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia".

Tras varias consideraciones, entre las que se cuestiona "la forma en que el tribunal llevó adelante los interrogatorios, la producción de pruebas y el criterio que utilizaron con la víctima en su condición de mujer", el MPF del Chubut requirió que "se declare la nulidad de todo el proceso y se haga un nuevo juicio".

Desde la querella, la abogada de la víctima, Verónica Heredia, también impugnó la sentencia absolutoria cuestionando el proceso. En diálogo con Radio Nacional, la penalista confirmó que apelaron la sentencia "porque las juezas renunciaron de manera consciente a la verdad y esto es incompatible con el servicio de Justicia" y dijo que "sustentaron sus votos en testimonios calificados como faltos de verdad y susceptibles de investigación por falso testimonio".

Heredia sostuvo que las magistradas "reafirman todos los estereotipos prohibidos constitucional y convencionalmente", lamentando que la sentencia absolutoria de Luciano Mallemaci, Exequiel Quintana y Leandro del Villar "destruye las aspiraciones de Justicia".

Además, dijo que "omitieron deliberadamente emitirse sobre la conducta procesal de uno de los imputados, calificable como mínimo de mala fe", ya que "dio información falsa a su perito para que haga una pericia desacreditando a la sobreviviente".

Los argumentos de las juezas

En el escrito, el tribunal compuesto por María Laura Martini, Marcela Pérez y Ana Karina Breckle señala, entre otras consideraciones, que los testimonios de la denunciante fueron imprecisos, como también la falta de certeza sobre el estado de salud de la presunta víctima. Por esa razón, decidieron absolver a Luciano Mallemaci, Leandro Del Villar y Ezequiel Marcelo Quintana acusados de abuso sexual grupal.

Los tres hombres fueron llevados a juicio por el hecho ocurrido en septiembre del 2012, en la previa al día de la primavera. En ese entonces, un grupo de jóvenes de entre 16 y 23 años protagonizaron una "juntada" en el balneario de Playa Unión, en la que presuntamente cinco de ellos abusaron sexualmente de M.S. quien realizó formalmente la denuncia en 2019.

Se presume que Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar, Luciano Mallemaci y Robertino Viglione cometieron el acto, mientras que Joaquín Pérez miraba  y Tomás Soriano sostenía la puerta para que nadie se enterara de lo que estaba pasando en la habitación.

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