Los derechos reproductivos y sexuales son parte de los Derechos Humanos y se relacionan con la libertad de las personas en decidir sobre su sexualidad y su ejercicio.
De esta forma, se busca garantizar la propia toma de decisiones sobre la vida sexual y reproductiva de acuerdo a:
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La vivencia interna: asociada al cuerpo, la mente, la espiritualidad, las emociones y la salud.
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La vivencia externa: contexto social, histórico, político y cultural.
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Estos derechos han evolucionado a lo largo del tiempo y las diferentes culturas con la intención de preservar una sexualidad libre aunque saludable y cuidada. A continuación conocerás algunos hitos que han marcado un momento importante en su desarrollo.
Historia de los derechos reproductivos y sexuales en el mundo
Los derechos reproductivos y sexuales han inspirado durante mucho tiempo un intenso debate. Para poner en contexto, haremos un recorrido por los principales hechos de la historia que dieron origen a los derechos conquistados hoy.
Remedios abortivos en la época medieval
Los monasterios medievales servían como proto-hospitales, con monjas y monjes que atendían a miembros de la comunidad, soldados y viajeros heridos y enfermos. Allí fue donde, aunque pueda sonar inverosímil, Hildegard von Bingen habría recetado abortos medicinales durante la Edad Media.
Hildegard von Bingen, monja católica medieval, escribió textos médicos describiendo cómo preparar abortivos. Se cree que comenzó a escribir Physica y Causae et Curae, alrededor de 1150. En estos libros, Hildegard hace 437 afirmaciones de usos medicinales para 175 plantas diferentes. Ella describe el uso de varios estimuladores de la menstruación y abortivos como asarum, eléboro blanco, matricaria, tanaceto, oleaster. Aunque no se conocen las preparaciones y dosis medievales exactamente.
Se supone que Hildegard aprendió sobre las propiedades medicinales de los productos botánicos, las tinturas, las piedras y las partes de animales, no solo de sus superiores en el monasterio. También de curanderos y herbolarios cercanos.
Esto se deduce porque sus textos mezclan el latín de la medicina tradicional con una buena dosis de términos alemanes y sabiduría popular.
En aquel entonces, la menstruación bloqueada era considerada un problema en la medicina humoral. Al igual que otro tipo de bloqueos corporales como el de intestinos. Un período regular era una necesaria expulsión mensual de los malos humores.
Además, la retención podía causar “asfixia de la matriz”. En esos casos, se requería de un desbloqueo. Pero es muy probable que las personas también usarán los mismos métodos para interrumpir embarazos no deseados.
Así fue como las recetas para el control de la natalidad o los métodos de aborto circulaban ampliamente entre los profesionales médicos y también aparecían regularmente en los libros de recetas de los hogares.
Sumado a lo anterior, el texto farmacéutico del primer siglo De Materia Médica, del médico griego Pedanius Dioscórides, enumera 959 sustancias:
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141 provocan la menstruación.
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49 expulsan un embrión.
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18 interrumpen un embrión.
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6 causan el aborto.
Tales recetas aparecían regularmente en los libros de medicina durante la era medieval. Esto sugiere que el aborto se consideraba un procedimiento de atención médica de rutina. Además de estos textos médicos escritos, gran parte del conocimiento también se habría transmitido oralmente de mujer a mujer, de generación en generación.
En fin, las opiniones sobre el aborto y la anticoncepción eran tan variadas en la era medieval como lo son ahora. Para la iglesia la interrupción del embarazo era un pecado, aunque si se hacía antes de que el feto estuviera "formado" o "animado" era un pecado menor que un parto tardío.
El hecho de que las leyes medievales y los textos de la iglesia aborden el aborto sugiere que era lo suficientemente común como para justificar su mención y codificación.
En la Edad Media, al igual que en los tiempos modernos, la riqueza y el poder significaron un mayor acceso a los abortos.
1588, Prohibición del aborto por orden papal
En el siglo XVI, el Papa Sixto V emitió una bula papal que clasificaba oficialmente el aborto, independientemente de la etapa de desarrollo fetal, como homicidio. Este era tanto un dictado teológico como una ley penal que sometía a los infractores a la excomunión y al castigo mundano.
Según la bula, cualquiera que hubiera buscado, realizado o ayudado en un aborto debía ser excomulgado de la iglesia. Solo podía buscar el perdón viajando a Roma: viaje peligroso, costoso y casi imposible de emprender en secreto.
Como resultado, obispos y vicarios de toda Italia comenzaron a escribir al Papa, solicitando aclaraciones o un permiso especial para absolver a los infractores. Y muchos católicos simplemente aceptaron o ignoraron la excomunión de la iglesia en lugar de abstenerse de la práctica del aborto.
Luego de la muerte de Sixto en 1590, el Papa Gregorio XIV rápidamente hizo retroceder el dictado, limitándose a los fetos con alma. Esto, por supuesto, no ofreció una solución permanente al estatus legal del aborto.
Charles Knowlton, Control Natal
En enero de 1832, Charles Knowlton publicó en Nueva York Frutos de la filosofía. El libro comenzaba con un capítulo provocativo llamado Proemio filosófico que afirmaba que el deseo sexual no era inherentemente malo.
Este médico rural del oeste de Massachusetts, había sido testigo del empobrecimiento, el estrés y los problemas de salud causados por los frecuentes embarazos y partos no planificados.
Esto lo inspiró en el Capítulo II, Sobre la generación, a argumentar que el control de la concepción evitaría la sobrepoblación, disminuiría la pobreza y el crimen. También, reduciría la ilegitimidad y fomentaría el matrimonio temprano, ya que las parejas estarían menos ansiosas por un embarazo accidental.
Además, fue el primer escrito detallado sobre el sistema reproductivo femenino, los efectos del coito, y el consejo anticonceptivo. Décadas después de su muerte, a su libro se le atribuye la reversión del crecimiento de la población en Inglaterra y la popularización de la anticoncepción en los Estados Unidos.
Primera Conferencia Internacional de Derechos Humanos, la Conferencia de Derechos Humanos de Teherán, 1968
Esta conferencia se celebró del 22 de abril al 13 de mayo de 1968. El objetivo fue examinar los progresos logrados en la aplicación de la Declaración Universal de Derechos Humanos y preparar un programa de futuro.
En ella participaron:
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84 estados.
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Representantes u observadores de diversos órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas.
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Organizaciones regionales intergubernamentales.
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Organizaciones no gubernamentales.
La Conferencia proclamó la indivisibilidad de los derechos humanos. Esto al afirmar que sin la realización plena de los derechos civiles y políticos es imposible el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.
La Proclamación de Teherán hace un llamamiento al cumplimiento y respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales para todos sin distinción alguna. También establece la Declaración Universal de Derechos Humanos como obligatoria para la comunidad internacional.
Otro punto importante es que se reconoce el derecho humano a determinar el número de hijos y el intervalo entre sus nacimientos. Finalmente, se denuncia que la mujer siga siendo objeto de discriminación en distintas regiones del mundo.
Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam, 1984
Al parecer, el término derechos reproductivos fue acuñado a finales de los `60 por la feminista estadunidense Marge Berer. Pero su legitimidad social y política se dio a mediados de los `80 con la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam.
Este hecho repercutió a nivel mundial, en mujeres que buscaban ampliar los alcances del concepto de derechos humanos.
Aunque debieron pasar nueve años más para que se considerara cualquier violación a los derechos de las mujeres como una violación a los derechos humanos. Esto ocurrió durante la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, en 1993.
En esta iniciativa se estableció que los derechos humanos pueden disfrutarse tanto en lo público como en lo privado y pueden violarse en ambos ámbitos. Por lo tanto, los derechos humanos son universales, interdependientes e indivisibles.
Conferencia Internacional de Población y Desarrollo celebrada en El Cairo, 1994
Recién en 1994 se conceptualizan los derechos reproductivos en el Programa de Acción de esta conferencia, auspiciada por las Naciones Unidas, En ella se discutieron puntos como:
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Derechos a tener control respecto de la sexualidad, a decidir libre y responsablemente sin verse sujetos a la coerción, la discriminación y la violencia.
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Derecho a decidir de manera libre y responsable el número y espaciamiento de los hijos. También, de disponer de la información, la educación y los medios para ello.
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Derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva.
Uno de los aportes más significativos de la conferencia fue el llamado a los hombres a ocupar una conducta sexual responsable. También, a participar en todas las esferas de la vida familiar, el cuidado de los hijos y las labores domésticas.
Las responsabilidades de los hombres incluyen la provisión de apoyo financiero a los hijos y la familia, particularmente en los casos de abandono.
IV Conferencia Internacional de la Mujer de Pekín, en 1995
El reconocimiento internacional de los derechos sexuales se concretó en este evento celebrado del 4 al 15 de septiembre de 1995 en Beijing. En esta IV Conferencia Internacional de la Mujer participaron representantes de 189 Estados.
La Plataforma de Acción de la conferencia reconoce los derechos reproductivos consensuados en El Cairo en 1994 y señala:
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Derechos de la mujer a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva.
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El derecho a decidir libremente sobre ello, sin verse sujeta a coerción, discriminación o violencia.
Además, el derecho a las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre en cuanto a las relaciones sexuales y la reproducción, implican:
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Pleno respeto de la integridad de la persona.
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Consentimiento recíproco.
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Voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual.
En la Conferencia de Beijing los derechos sexuales y los derechos reproductivos fueron objetivo de ataques por parte de los fundamentalistas musulmanes y católicos.
Durante el encuentro, los estados conservadores y sus ONGs aliadas buscaron debilitar las negociaciones. El intento se dio bloqueando los consensos en temas como:
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El aborto inseguro.
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La inclusión de derechos sexuales y reproductivos.
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La discriminación con base en la orientación sexual.
Derechos reproductivos en Argentina
Los derechos reproductivos y sexuales en Argentina son parte de los derechos humanos básicos. Es decir, son derechos tan importantes como el derecho a la vida, a la salud y a la libertad, con los que están directamente relacionados.
Derechos sexuales
Según estos derechos, todas las personas tenemos derecho a disfrutar de una vida sexual elegida libremente, sin violencia, riesgos ni discriminación. Entonces, los derechos sexuales hacen referencia a la libertad de:
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Decidir cuándo, cómo y con quién tener relaciones sexuales.
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Vivir la sexualidad sin presiones ni violencia.
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Que se respete la orientación sexual y la identidad de género sin discriminación.
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Acceder a información sobre cómo cuidarse.
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Disfrutar del cuerpo y de la intimidad con otras personas.
Derechos reproductivos.
Todas las personas tenemos derecho a decidir en forma autónoma y sin discriminación si tener o no hijos, con quién, cuántos y cada cuánto tiempo. También son derechos recibir información sobre los diferentes métodos anticonceptivos y el acceso gratuito al método elegido.
Los derechos reproductivos también contempla la atención de la salud respetuosa y de calidad durante el embarazo, el parto y el posparto. Así como en situaciones de post aborto.
En Argentina, es un derecho el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo (IVE/ILE)
Marco legal
En Argentina, los derechos reproductivos y sexuales están protegidos por:
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La Constitución Nacional.
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Los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
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Leyes Nacionales.
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Resoluciones y recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y de cada jurisdicción. Estos establecen cómo deben actuar los hospitales, centros de salud, obras sociales y prepagas para respetar los derechos de la población.
En resumen: Los derechos reproductivos y sexuales en Argentina establecen que todas las personas son diversas y tienen los mismos derechos a:
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Disfrutar una vida sexual saludable y placentera, sin presiones ni violencias.
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Acceder a información y atención, con respeto y confidencialidad.
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Recibir atención gratuita e integral de la salud sexual y la salud reproductiva.
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Acceder a la interrupción del embarazo (IVE/ILE)
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Vivir la identidad de género y la orientación sexual libremente.
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Elegir si tener o no hijas/os, con quién, cuántas/os y cuándo tenerlas/os.
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Elegir y recibir métodos anticonceptivos de manera gratuita en hospitales, centros de salud, obras sociales y prepagas.
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Acceder a tratamientos de reproducción médicamente asistida.
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Acceder a los tratamientos para modificación corporal de acuerdo a la ley de identidad de género.
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Recibir asistencia respetuosa al embarazo, parto y postparto.
Conclusión
Las decisiones que afectan al cuerpo son propias. Es decir, todas las personas tenemos derecho a ejercer el libre control sobre nuestra sexualidad y reproducción sin sufrir discriminación, coacción ni violencia.
Por eso, los derechos reproductivos y sexuales incluyen:
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Acceder a información y servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de contracepción.
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Elegir si casarse, cuándo y con quién.
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Decidir si tener hijos y cuántos, lo cual implica poder interrumpir un embarazo no deseado.
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Vivir libre de violencia y toda práctica que busque dominar el cuerpo y la sexualidad.
Si bien a nivel mundial se ha logrado mucho en relación a los derechos reproductivos y sexuales, queda mucho por hacer y repensar.
Lo importante es mantener la puerta abierta al debate. También desarrollar políticas de estado que apoyen estas necesidades y ciudadanos que las respeten y las hagan valer.
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