El fallo “Levinas”, con el que la Corte Suprema ubicó al Tribunal Superior de Justicia porteño (TSJ) como alzada de las cámaras nacionales de la Ciudad de Buenos Aires y modificó la estructura del Poder Judicial, se publicó este viernes en el Boletín Oficial como había ordenado el máximo tribunal del país, en una medida poco habitual y con la que pretende darle, de alguna forma, la fuerza de una ley.
Con este fallo la Corte condicionó el devenir de las causas en la justicia nacional y sobre todo en dos fueros claves: el del Trabajo y el Comercial. No sólo fue un movimiento para favorecer al expresidente Mauricio Macri en la causa Correo, que ya fue girada al TSJ, donde el macrismo juega de local. Fue además un gesto que beneficia a las grandes empresas del país radicadas en la Capital Federal y a la fuerza política que gobierna la Ciudad.
La decisión de los jueces supremos –la última de Juan Carlos Maqueda antes de jubilarse- provocó la reacción del mundo judicial que emitió un comunicado a través de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional para cuestionar el fallo. Antes de emitir ese documento, la asociación convocó en su sede a todos los presidentes de las cámaras nacionales. El malestar alcanza a las cámaras nacionales, al Ministerio Público Fiscal de la Nación y al Ministerio Público de la Defensa, cuyos integrantes se ven perjudicados. Ya se habla de que no habría acatamiento por parte de magistrados y fiscales nacionales. Se esperan posicionamientos oficiales una vez que culmine el receso estival.
El exintegrante de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Interamericana de DDHH, Raúl Zaffaroni, explicó a El Destape los problemas que genera el fallo del tribunal que integró entre 2006 y 2014: “Las Cámaras Nacionales, integradas por jueces del Poder Judicial de la Nación, quedan sometidas a la alzada y revisión de un tribunal local, integrado por jueces de la CABA. Con eso se altera toda la división de competencias que hasta ahora rige por ley entre el Gobierno Federal y la CABA, buena o mala, guste o no guste, pero que, si un día se alterase, debería hacerse también por ley del Congreso Nacional”. Por tal motivo, explicó que “la Corte Suprema decidió lo que debería decidirse por ley, eso es claro, como también que no tiene competencia para hacerlo conforme a la separación de poderes. Por ende, su sentencia es palmariamente inconstitucional”.
En esa línea se manifestó el constitucionalista Gustavo Ferreyra. La Corte enmarcó su fallo en lo que hace al traspaso de la justicia nacional a la justicia porteña. Pero para Ferreyra, “la atribución de competencia al TSJ como tribunal superior de la causa a los fines de la ley 48 debe hacerse por ley del Congreso”. “La discusión en el Congreso y la ley, a mi juicio, son obligatorias, porque se trata de un cambio gigantesco en materia de competencia. Una decisión judicial de 3 jueces, no puede suplir las razones del Congreso”, consideró.
El impacto en el fuero del Trabajo
La decisión de la Corte Suprema en el caso Levinas impacta de lleno en los expedientes que tramitan ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT). La CNAT tiene competencia en conflictos judiciales entre un empleado y un empleador cuando el contrato de trabajo se haya celebrado en CABA, cuando la empresa o la persona demandada tengan domicilio en la Capital Federal o cuando las labores se lleven a cabo en territorio porteño. Como las empresas más grandes del país tienen domicilio social inscripto en CABA, las controversias que hacen a esas firmas suelen tramitar en última instancia ante la Cámara del Trabajo.
Además, la CNAT es un tribunal que tiene competencia federal en todo el país en lo que hace a temas sindicales y temas de impugnaciones de actos del ministerio de Trabajo de la Nación. En esta línea, fuentes de la cámara laboral señalaron a este medio: “La cámara laboral también tiene competencia originaria en cuestiones vinculadas a la Ley de Asociaciones Sindicales. Eso nunca podría ser llevado ante el Tribunal Superior de Justicia porque es materia federal. LA CNAT tiene competencia en la aplicación de normas comunes pero también de normas federales”.
“El fallo de la Corte es muy grave para la CNAT. Se le quita mucho poder a la cámara porque las apelaciones de las resoluciones de la CNAT irían al TSJ que es un tribunal dominado totalmente por el PRO”, advierte el excamarista laboral Luis Raffaghelli a El Destape.
Tras el fallo de la Corte, la CNAT no sería más la última instancia de una causa antes de llegar a la Corte. Lo que resuelva, a partir del fallo Levinas, debería ser revisado por el Tribunal Superior de Justicia porteño, es decir, un tribunal local. Incluso, podría llegar a avanzarse con la reforma laboral a través de esta modificación estructural del Poder Judicial. El titular de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), Julio Piumato, advirtió sobre esta cuestión: “La flexibilización laboral que les cuesta hacer por vía legislativa en el Congreso Nacional la llevarían adelante por vía de decisiones del TSJ que al ser obligatorias para todos los tribunales inferiores implicarían la quita de derechos”, indicó el gremialista judicial. Desde el otro gremio judicial, SITRAJU, también se cuestionó la decisión en un comunicado titulado: “Paso de postal en la Justicia macrista”.
El TSJ está integrado por cinco jueces locales, la mayoría de ellos cercanos al expresidente Macri. Su titular es Inés Weinberg, a quien Macri quería al frente de la Procuración General de la Nación. También integra el tribunal porteño quien era el secretario de Justicia de Germán Garavano en el ministerio de Justicia macrista, Santiago Otamendi. Como es un tribunal local ninguno tuvo aprobación de su pliego por parte del Congreso de la Nación a diferencia de los jueces nacionales. A su vez, el fiscal general porteño es Juan Bautista Mahiques, el armador del lawfare durante la presidencia de Macri, cuyo pliego tampoco pasó por el Parlamento. Ahora tanto los integrantes del TSJ como Mahiques pasarán a estar por encima de los camaristas nacionales y de fiscales generales ya que revisarían lo que ellos resuelvan. Esto provoca todo tipo de problemas técnicos.
Al sumar una nueva instancia, en la Ciudad de Buenos Aires se amplía la cantidad de tribunales que intervienen en una causa, lo que conspira contra la celeridad de los procesos. “Este fallo provoca mucho daño al pueblo porque un juicio laboral va a tardar 4 o 5 años más, los delitos penales se van a prescribir, las víctimas de accidentes de tránsito también van a esperar más”, indicaron fuentes de la justicia nacional. También señalaron que “están cambiando las reglas de juego de las causas. Están dando una cuarta instancia”.
Desde la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo afirmaron a El Destape que no saben si acatarán el fallo: “Los fallos de la Corte Suprema son para los casos concretos y su doctrina no es obligatoria, salvo en los expedientes en los que dicta la sentencia”, indicaron. Y agregaron que “no habría voluntad de los jueces en aplicar el fallo Levinas en otros casos, especialmente porque al irse Maqueda ya no hay mayoría sobre el tema”, señalaron.
Si no estaba Maqueda el “caso Levinas” no hubiera podido aprobarse. Por eso se firmó antes de su jubilación, en la última reunión de acuerdo de la que participó, el 27 de diciembre pasado. Sin el jurista cordobés ese fallo hubiera estado 2-1 porque Carlos Rosenkrantz votó en disidencia (el voto de mayoría lo conformaron además Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti). Eso evidencia la dificultad que tendrá la Corte para emitir fallos a partir de ahora, ya que tiene 3 jueces y requiere de unanimidad para aprobar resoluciones o necesitará convocar a conjueces.
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Gesto para las grandes empresas y blindaje al caso Correo
Tal como sucede en toda la justicia nacional producto del fallo Levinas, en el fuero comercial se agregó una instancia más de revisión con la intervención del TSJ. Esto es una buena noticia para las grandes empresas. “A las empresas deudoras les conviene cuanto más demore un expediente. Y al enviar todo al TSJ se demorará 2 o 3 años más”, precisaron desde la justicia comercial a este medio.
En la Cámara Comercial tramitan la mayoría de los concursos y quiebras del país. Porque se da que las empresas tienen domicilio en la Ciudad. Por ejemplo, los casos de Austral Construcciones y Oil Combustibles tramitaron allí a pesar de que actúan en otras provincias. El fallo Levinas provoca la “porteñización” de ese tipo de procesos. “Hay empresas que tienen su emprendimiento en alguna provincia, son fuente de empleo de una localidad de esa provincia y su caso lo terminarán resolviendo jueces porteño”, explicaron desde el fuero comercial.
Este es uno de los problemas que tiene el traspaso de la justicia nacional a la Ciudad, que la Corte pretendió impulsar en el fallo Levinas. Sobre ese punto, Zaffaroni explicó: “Muchísimas sociedades que tienen su actividad en provincias tienen domicilio legal en la CABA, de modo que la justicia local se estaría ocupando de las empresas que manejan gran parte de la economía nacional (sus quiebras, fusiones, etc.)”.
A esto se suma que en el fuero comercial y en el civil se da una contradicción de la Corte con el fallo Levinas. Porque en el caso “Universidad Nacional de La Matanza”, el Alto Tribunal había afirmado que en el ámbito concursal y de quiebras o en temas del consumidor y usuarios son las fiscalías generales ante las cámaras de apelaciones en lo civil o en lo comercial las que tienen facultades para ir con un recurso extraordinario (REX) ante la Corte por tratarse de temas de orden público. Tras el fallo Levinas, los supremos impiden que esas fiscalías generales puedan plantear el REX que la propia Corte había reconocido ya que ubicaron una nueva instancia por encima: el TSJ y por ende el Procurador General porteño. Otra vez un problema técnico: el superior de las fiscales generales ante las cámaras nacionales en lo civil y en lo comercial es el Procurador General de la Nación, actualmente el interino Eduardo Casal, y no Mahquies, quien además depende del Poder Judicial local, es decir, no es autónomo (el MPF de la Nación es como un cuarto poder). Si esas fiscalías generales, que son las responsables de la defensa del interés público, realizasen un planteo no tendrían un superior que lo sostenga.
Otro tema técnico que provoca el caso Levinas y su extensión a Correo, que la Corte aplicó el mismo 27 de diciembre. En Correo, la familia Macri recusó a la fiscal general Gabriela Boquin cuando no existe en el ordenamiento legal argentino la recusación con causa de un fiscal del fuero comercial. Ante este escenario, Correo Argentino planteó la inconstitucionalidad de un artículo del Código Civil y Comercial de la Nación. Pero ahora quien deberá resolver ese planteo es el tribunal porteño que aplica otro código, porque utiliza uno diferente, de la Ciudad. Boquin fue quien logró frenar la condonación de la deuda e investigó el vaciamiento de la empresa, por eso su permanencia en la causa es clave.
Uno de los grandes problemas que se desprenden del fallo Levinas es que la Corte trata de asimilar al Ministerio Público Fiscal (MPF) y al de la Defensa (MPD) con los de la Ciudad cuando no son asimilables. Esto abre un interrogante: ¿Casal y la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez cuestionarán el fallo cortesano? En el caso Levinas, Casal dictaminó en contra. El voto disidente de Rosenkrantz se tomó de sus argumentos. Tanto Casal como Martínez podrían plantear en la Corte una revocatoria in extremis contra el fallo Levinas porque recorta facultades del MPF y del MPD. Se trata de un recurso que se interpone cuando un Tribunal comete un error grosero.
Otra opción que se está barajando en el mundo judicial es la realización de una presentación conjunta de todos los presidentes de las cámaras nacionales y de la Asociación de Magistrados ante la Corte para explicar por qué el fallo es inconstitucional y afecta tanto el servicio de justicia como al justiciable. ¿Sucederá?
En el fuero comercial corre la misma versión que en el fuero laboral: que los camaristas podrían no acatar el fallo. Un dato relevante en ese sentido: para evitar que una posible rebelión afecte el caso Correo, la Corte envió directamente el expediente al TSJ. Es decir, ya no está en la Cámara Comercial.
Peligro de prescripción y festeja Chocobar
Según fuentes de la justicia penal ordinaria, tras la decisión en el caso Levinas en ese fuero se agregan dos recursos más antes de la Corte que debería resolver el TSJ. Por un lado, un recurso de inconstitucionalidad y por otro el recurso extraordinario Federal.
“Va a prescribir todo”, advierten desde el fuero penal ordinario. “Lo que resolvió la Corte es terrible. Es un cimbronazo fatal para toda la justicia nacional”, agrega un camarista penal.
Además, señalan que el TSJ no va a tener capacidad operativa para recibir la cantidad de causas que le llegarán desde las cámaras nacionales.
¿Festeja Chocobar? La defensa del policía Luis Chocobar, acusado de matar por la espalda a un delincuente que se escapaba tras la comisión de un robo en 2017, ya intentó llevar su caso al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Ahora, tras esta decisión, podría ver realizada su intención, que en su momento no prosperó.
El día del fallo Levinas, la Corte resolvió enviar un recurso hacia el TSJ sobre la posibilidad de que Chocobar sea juzgado en un juicio por jurados cuando era más que claro que estaba abstracto. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ya anuló su condena en juicio y ordenó que se haga un nuevo debate oral y público por fallas en la sentencia, a la que consideró incongruente en términos fácticos y jurídicos.
El rechazo del mundo judicial
El mundo judicial se manifestó en contra de lo resuelto por los supremos. “La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, los Presidentes de las Cámaras Nacionales de Casación y de Apelaciones, los representantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, de los Tribunales Orales Nacionales y de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional, reunidos en la sede de la AMFJN, en forma conjunta y unánime” emitieron un comunicado en el que rechazaron el fallo Levinas.
“Compartimos los fundados argumentos expresados por el Sr. Procurador General Interino Dr. Eduardo Casal y en el voto disidente del Ministro, Dr. Carlos Rosenkrantz; pues no existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, la potestad de revisar una sentencia dictada por las Cámaras Nacionales de Casación y de Apelaciones”, sostuvieron en el documento que hicieron público. Resaltaron que agregar “una vía recursiva ante un tribunal local contra las decisiones dictadas por jueces que integran la justicia nacional modifica la estructura del Poder Judicial de la Nación”.
También afirmaron que “los Ministerios Públicos se ven afectados”; que se da “la falta de cumplimiento de los resguardos constitucionales y funcionales”; y de que se genera “una inédita situación que deja toda gestión de casos, en una incertidumbre con impacto inmediato en las personas representadas, entre otras, menores de edad, personas con discapacidad, víctimas de delitos, querellantes, personas necesitadas de la adopción de medidas urgentes en salud o DESCA, que tienen en la legislación nacional vigente, habilitaciones no siempre equivalentes en el ámbito de la ciudad”.
Para quienes suscribieron el comunicado, el fallo tiene “implicancias severas e inmediatas de cara al reconocimiento de derechos y garantías constitucionales”. Por eso rechazan el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad.
Todas las listas que integran la Asociación de Magistrados se manifestaron en contra de lo resuelto por la Corte en Levinas.
La lista Celeste, por ejemplo, emitió un comunicado en el que afirmó que ese fallo “genera estupor” y acusó a la Corte de “arrogarse facultades que incumben a los otros Poderes del Estado”.
En ese documento se cuestionó a la Corte por invocar “erróneamente” jurisprudencia. Y se resaltó que “la Justicia Nacional se rige, principalmente, por los Códigos de Procedimientos dictados por el Congreso de la Nación, en uso de facultades constitucionales. Ninguna norma de estos Códigos prevé recursos ante el Superior Tribunal de la Ciudad”.
“Desde el punto de vista práctico, esto será peor para los ciudadanos de Buenos Aires, ya que, al crearse una nueva instancia de apelación, los juicios sufrirán serias demoras. Esto hará que muchos litigantes, en especial los recalcitrantes, acudan a este recurso no reglado. Será todavía más graves en las causas penales”, se destacó.
Los gremios judiciales también manifestaron su repudio. Desde la Unión de Empleados Judiciales de la Nación publicaron un comunicado titulado “Una maqueta que prepara el trasapaso. Un fallo a medida de Macri”. Allí detallaron que “lo fallado tienen como objetivo principal el control del fuero del Trabajo y del fuero Comercial, pero fundamentalmente garantizar la impunidad de Mauricio Macri en la causa Correo en desmedro del Estado argentino”. Por su parte, SITRAJU dijo que es un fallo a la medida de Macri y lo rechazó porque con él, esta Corte que “tiene aún vigente un dictamen de juicio político termina de ensuciar a la Democracia Argentina”.