La Defensoría Nacional de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando nuevamente que el Ministerio de Capital Humano no interrumpa la entrega de alimentos a comedores y merenderos. Lo hizo luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2, a cargo del Esteban Furnari, rechace su acción judicial para garantizar la entrega de alimentos a comedores.
En diálogo con El Destape 1070, Marisa Graham, defensora nacional de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, detalló que desde la institución apelaron al rechazo del juez Furnari y van a la Corte Suprema porque "no es el mismo expediente (en referencia a la causa por los alimentos guardados en galpones de la cartera social)" ya que "no pedimos solamente los alimentos que están, estaban o que siguen estando. Pedimos que sigan comprando".
La defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación junto al defensor adjunto, Juan Facundo Hernández, presentaron una acción judicial para solicitar la prohibición de "innovar", con el objeto de que no se suspenda, en la transición a una nueva modalidad de asistencia alimentaria, la entrega de alimentos secos a comedores y merenderos de todo el territorio nacional. La acción judicial fue rechazada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2 a cargo de Furnari.
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Graham explicó que la Defensoría “empezó a recibir reclamos de comedores, de merenderos, de distintos lugares de todo el país” y manifestó que “en el marco de las medidas del Ministerio de Capital Humano para modificar la modalidad de provisión de alimentos a comedores y merenderos, esa cartera discontinuó la entrega de alimentos secos".
"Presentamos esta acción judicial, para que, en la transición hacia esa nueva modalidad, los miles de niñas, niños y adolescentes que asisten a comedores comunitarios, sigan recibiendo alimentos oportunos y de calidad", remarcó.
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En la presentación judicial se solicitó “no alterar la situación de hecho y de derecho respecto de la entrega de los alimentos prevista por la ley 25.724, en cumplimiento del deber indelegable del Estado de garantizar el derecho a la alimentación de toda la ciudadanía, en particular a niños y niñas, sobre cualquier política pública o gobierno”.