El bloque del Frente de Todos (FdT) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) presentó este jueves un proyecto para que el distrito porteño adhiera a ley nacional de cupo travesti trans, sancionada hace un año, que establece que el 1% de la contratación dentro del Estado sea de personas travestis, transexuales y transgénero.
Según el texto del proyecto, se promueve la adhesión de CABA a la “Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgéneros ´Diana Sacayán-Lohana Berkins´”, aprobada en el Congreso el 24 de junio del año pasado. La iniciativa será formalizada este viernes en una actividad convocada por la bancada opositora porteña a las 16 en la Legislatura, Perú 160.
En qué consiste el proyecto en CABA
En el caso de la propuesta porteña, establece que se “garantice la implementación del Cupo Travesti-Trans, en articulación con los distintos poderes del Estado”. También apunta a la generación de “capacitaciones laborales y formación permanente para la comunidad travesti trans a los fines de jerarquizar su inserción laboral”. De ser aprobada, crea “una Comisión especial a fin de garantizar la implementación en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad” de la norma.
Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector Público Nacional
A través del decreto 721/2020, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, estableció el Cupo Laboral Travesti Trans en el sector público, que garantiza un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos para personas travestis, transexuales y transgénero.
Con el fin de asegurar el cumplimiento efectivo de la resolución, se creó la Unidad de Coordinación Interministerial que estará integrada, además, por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de Jefatura de Gabinete de la Nación, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Educación de la Nación.
El decreto estipula que para asegurar su cumplimiento se hará una reserva de puestos de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación, que podrán ser alcanzados por travestis y trans, sin ser requisito que hayan realizado o no la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI. La normativa establece, además, mecanismos para garantizar que las personas aspirantes a los puestos de trabajo puedan completar sus estudios, en los casos que los tengan incompletos, de modo de cumplir con la normativa vigente en el empleo público en materia de formación educativa obligatoria.
También establece que se capacitarán en forma conjunta con el Instituto Nacional de la Administración Pública a las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del sector público se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.
Registro de anotación voluntaria
En este marco, se crea el Registro de anotación voluntaria llamado Registro Único de Aspirantes Travestis, Transexuales y/o Transgénero - Diana Sacayán - Lohana Berkins.
En este Registro estarán los perfiles laborales de las personas inscriptas. La inscripción no se considerará requisito, en ningún caso, para el ingreso de personas travestis, transexuales o transgénero a un empleo en el Sector Público Nacional. "Toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho a un trabajo digno y productivo; condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo; protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión. No podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos", sostiene la norma.