Este próximo domingo 19 de noviembre en Argentina se estará desarrollando el balotaje, una instancia en la que los argentinos elegirán a quién ocupará la presidencia de la Nación en una contienda electoral entre Sergio Massa de Unión por la Patria y Javier Milei de La Libertad Avanza.
Teniendo presente este escenario, la ley estipula que el sufragio es un hecho obligatorio, salvo algunas excepciones que están consignadas en la Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674. En caso de no concurrir, existen multas y sanciones para los ausentes.
Qué puede pasar si no voto en el balotaje
Es importante tener en cuenta que el voto es un derecho ciudadano con el cual los residentes del territorio nacional eligen a sus representantes para los siguientes años. Ante una posible ausencia, deberás justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral, y en este sentido corresponde abonar una multa económica en compañía de la inclusión en el Registro del Infractores al Deber de Votar.
Las consecuencias por no participar en esta importante cita democrática son representativas, ya que la persona no podrá desempeñarse en ningún cargo público en los siguientes tres años. Además, aquellos que no paguen la multa no podrán realizar gestiones frente a diferentes organismos estatales.
Cuánto dinero deben pagar los ciudadanos que no votan en el balotaje
Como indica la Ley Electoral, las personas habilitadas para los comicios que no se presenten en estas elecciones deberán abonar una multa máxima de $500 pesos.
De este modo, las autoridades también agregaron un cronograma de pago bajo los siguientes conceptos:
- Ciudadano habilitado y sin infracciones previas: $50.
- Votante que tenga una infracción previa: $100.
- Elector que haya acumulado dos infracciones: $200.
- Residente consignado en el padrón electoral que no haya votado en tres oportunidades: $400.
- Persona con cuatro o más ausencias: $500.
Se añade que esta sanción no será aplicada de manera automática luego de las elecciones. Las personas que hayan faltado tendrán un plazo de 60 días para explicar su situación ante las autoridades respectivas.
MÁS INFO
Cuáles son las excepciones que están contempladas
- La primera está relacionada con la distancia a la que un residente se encuentra. En casos donde se ubique a 500 kilómetros se tomará en cuenta como un motivo por el cual no pudo asistir a las votaciones.
- La razones de fuerza mayor tendrán que estar comprobadas por médicos de servicio.
- Aquellas personas que trabajen en una empresa de servicios públicos en medio de la jornada electoral también tendrán una excepción.
- Por último, aquellos que ocupen el cargo de juez o auxiliar, tendrán que asistir a su oficina y mantenerla abierta por disposiciones señaladas en el Código Electoral Nacional.