El Gobierno repudia la salida transitoria de tres represores de la dictadura

La medida de la Sala de Casación recayó en Juan Carlos Avena, Eduardo Emilio Kalinec y Luis Donocik, todos condenados a perpetua por crímenes de lesa humanidad.

29 de enero, 2022 | 19.03

Tres represores de la última dictadura militar se vieron beneficiados con salidas transitorias por decisión judicial de la Sala de Casación, algo que trajo como consecuencia el fuerte repudio del Gobierno de la Nación. Se trata del ex penitenciario Juan Carlos Avena y los ex policías, Eduardo Emilio Kalinec y Luis Donocik. Todos ellos fueron condenados a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos entre 1976 y 1983.

La determinación fue llevada a cabo, el pasado viernes en el último día de la feria, por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Mahiques y Carlos Gemignani. A esto se le suma la prisión domiciliaria para un cuarto represor, Enrique Welsh, prófugo hasta 2015. En dicha jornada, los magistrados decidieron revocar la resolución del Tribunal Oral Federal donde habían optado por denegar las salidas transitorias solicitadas por las defensas de los tres represores previamente nombrados.

Por su parte, la Secretaría de Derechos Humanos lamentó la decisión judicial de la Sala de Casación y repudió el brindar dicho beneficio a quienes cometieron los crímenes de lesa humanidad. Cabe recordar que, en su rol de querellante en la causa ABO (Atlético, Banco y Olimpo), el ente se había opuesto a los planteos realizados.

Luego de conocerse la noticia sobre la medida tomada, el titular del área, Horacio Pietragalla Corti, manifestó en el comunicado: "Otorgar el beneficio de las salidas transitorias generaría una controversia que no sólo incluye a sus víctimas directas, sino que atraviesa también a la sociedad en general en virtud de la indeleble impresión en la memoria colectiva que significaron los hechos por los cuales los imputados fue juzgado y condenado". 

Al mismo tiempo, la Secretaría agrega: "En tal sentido, la concesión de las salidas transitorias se apartaría sin fundamento alguno de las disposiciones de la denominada Ley de Víctimas (Ley 27.372). En virtud de ello, respecto de las salidas transitorias corresponde adoptar un criterio judicial, que extreme los recaudos para evitar las circunstancias que pudieran derivar en la impunidad cuando se juzgan delitos de lesa humanidad".

Por otra parte, desde el Área de Acompañamiento y Asistencia a Víctimas se buscó escuchar a las personas afectadas y realizar una intervención para mostrarse en contra de brindar dicho beneficio. Mientras que, por otro lado, en relación a la domiciliaria a Welsh, también se opusieron e incluso demostraron que las patalogías que padece el imputado estaban debidamente tratadas en la Unidad 34 donde se encontraba detenido.