Una vez más, los camaristas Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques volvieron a beneficiar a represores condenados. Este viernes, ambos magistrados confirmaron las prisiones domiciliarias para Juan Antonio Obregón y Héctor Marc, condenados a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad. Las resoluciones se tomaron sin escuchar a las víctimas. El juez Alejandro Slokar votó en disidencia. La agrupación HIJOS, por su parte, repudió los fallos en redes sociales.
Yacobucci y Mahiques, integrantes de la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, máximo tribunal penal del país, mantuvieron la línea que tomaron en casos anteriores, en los que favorecieron a otros imputados por delitos de lesa humanidad, lo que ya provocó el repudio de distintas organizaciones. Puntualmente, en los casos de Obregón y Marc los camaristas rechazaron los recursos del Ministerio Público Fiscal y confirmaron el arresto domiciliario de los genocidas.
Desde la agrupación HIJOS repudiaron los fallos y criticaron a los camaristas: “Una vez más, los jueces de Casación Yacobucci y Mahiques fallan a favor de hacernos vivir con genocidas en los barrios. Confirman el beneficio de la domiciliaria para Obregón y Marc, condenados a 25 años. Votan que no estén en cárcel común. No son vecinos: son genocidas”. “El juez Slokar votó en disidencia. No podemos aceptar genocidas en los barrios. Fueron condenados por delitos de lesa humanidad. Son los dueños de los pactos de silencio que nos impiden la verdad para encontrar a nuestras hermanas y hermanos y los cuerpos a miles de familias”, agregaron desde el organismo de DD.HH.
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Los casos
Juan Antonio Obregón se encuentra condenado con sentencia firme a la pena de 25 años de prisión en la causa “Panetta”. Como policía de la provincia de Corrientes participó en el grupo de tareas que se desempeñó en el Área Militar 235, que tenía asentamiento en la ciudad de Goya. Se le adjudican privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos cometidos en el Centro Clandestino de Detención ubicado en el ex Club Hípico de Goya.
Héctor Marc, alias “el Ruso”, era integrante del Servicio Penitenciario Federal y está condenado -sin sentencia firme- a 25 años de prisión por los mismos delitos que Obregón en más de 220 casos. Se lo juzgó en la causa del circuito represivo "ABO –Atlético-Banco-Olimpo”.
Tanto Mahiques como Yacobucci en el caso de Marc ratificaron la domiciliaria que había dispuesto el TOF 2, que basó su postura en la edad y salud de los genocidas. De acuerdo al fiscal recurrente, “el Tribunal omitió arbitrariamente el análisis de la totalidad de alternativas ofrecidas por el SPF obrantes en la causa, descartó la opinión de los expertos forenses sin razones objetivas y omitió tomar en consideración –y en consecuencia rebatir- los argumentos del Ministerio Público que represento”.
Pero para Yacobucci, quien lideró el voto en este caso, “el recurrente no rebate los argumentos expuestos” por el TOF “ni demuestra un defecto o vicio que habilite la anulación que en esta instancia pretende. Tampoco se exhiben, en la decisión cuestionada, vicios de fundamentación susceptibles de ser examinados en esta sede, ni se advierten defectos de logicidad”. Por el contrario, dijo que “se advierte que la resolución impugnada se encuentra adecuadamente fundada y que los agravios formulados por la fiscalía sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta”. Mahiques adhirió al planteo de su colega.
En el caso de Obregón los mismos camaristas ratificaron lo dispuesto por el TOF de Corrientes. En esa causa, Mahiques lideró el voto y Yacobucci adhirió.
Pero ambos magistrados quedaron expuestos por el planteo del tercer integrante de la sala II, Alejandro Slokar, quien votó en disidencia.
Para el juez Slokar, al beneficiar a los represores se desatendió la doctrina establecida por la Corte Suprema y recalcó: “El otorgamiento indebido de estos beneficios puede eventualmente conducir a una forma de impunidad, particularmente cuando se trate de la comisión de violaciones graves de derechos humanos”.
El camarista también consideró que “la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad, con fundamentos contrarios a estándares internacionales, constituye un agravio a las víctimas, pues las puede exponer a violencia, re-victimización e intimidación’”.
Entre otras cosas, Slokar resaltó que en los casos Obregón y Marc se brindó el beneficio de la domiciliaria sin dar intervención a las víctimas: “Cabe prestar especial atención al interés de las víctimas que intervinieron a lo largo de todo el proceso, a fin de asegurar el cumplimiento de las disposiciones relativas a sus derechos conforme las previsiones de las leyes N° 27.372 y 27.375, especialmente –y cuanto menos- el de ser escuchados previo a decisiones como las del tenor adoptado”.
El camarista disidente también destacó los riesgos de otorgar una prisión domiciliaria bajo condiciones que no pueden ser controladas, dada la falta de capacidad real para hacer una supervisión.
Mahiques, Yacobucci y los DD.HH.
Tanto Mahiques como Yacobucci llegaron de forma efectiva a la Cámara Federal de Casación Penal por decisión de Mauricio Macri.
Mahiques era juez de la Casación ordinaria y en mayo de 2017 pasó al máximo tribunal penal del país a dedo, es decir, sin concurso ni aprobación del Senado, por decisión del entonces primer mandatario (recién en 2018 se le dio acuerdo en la Cámara Alta). Previo aterrizaje en el primer piso de los tribunales federales de Comodoro Py, había ejercido como ministro de Justicia de María Eugenia Vidal en la provincia de Buenos Aires.
Yacobucci escribió en la revista Cabildo entre 1977 y 1978. Se trata de un medio que defendió a ultranza al terrorismo de Estado. En coherencia con ese pensamiento, Yacobucci en 2008 falló a favor de la libertad de 12 represores de la ESMA, entre ellos “El Tigre” Acosta y Astiz, las que finalmente no se concretaron. No obstante, siguió beneficiando a genocidas doce años después. Llegó a la Casación en 2018.
Mahiques y Yacobucci fueron repudiados pocos meses atrás por organizaciones como HIJOS, la Asamblea Permanente Por los Derechos Humanos (APDH) o Justicia Legítima por beneficiar a represores con la excusa de la pandemia del coronavirus.
Por ejemplo, en abril de este año, la agrupación Justicia Legítima emitió un comunicado titulado “La Pandemia como coartada” en el que cuestionó la decisión de esto dos jueces de beneficiar con la prisión domiciliaria a Lucio Nast, un genocida condenado a 22 años de prisión por su rol durante el terrorismo de Estado. Desde JL sostuvieron que los magistrados se escudaron en el coronavirus para favorecer a un represor, sin fundamentos. Ese repudio se sumó al que habían realizado HIJOS y la APDH, que alertó por una posible “ola de impunidad” tras aquel fallo.