Un fallo judicial determina la modificación de la composición de la Cámara de Diputados

05 de julio, 2018 | 14.06

Un fallo de la Cámara Nacional Electoral determinó que la Cámara de Diputados debe modificar su composición actual a raíz de la subrepresentación que afecta a las provincias del país. La composición de la Cámara está diseñada en base al censo de 1980, durante la última dictadura militar.

Los jueces Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via dieron lugar a una planteo de un elector de la provincia de Córdoba, provincia con menos diputados de los que debería tener, que alegó que el valor de su voto es inferior al de los ciudadanos de otras provincias.

En ese sentido, los camaristas señalaron que la Cámara baja es la rama del Congreso que debe funcionar como “espejo de la Nación”, por lo cual “tomaron como principio de representación en ella, la población, la colectividad compleja de los habitantes de las provincias y de la capital. Buscaban, pues, establecer una vinculación íntima y permanente entre representados y representantes, para que estos pudieran ser algo así como la Nación misma personificada en ellos”

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“Cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina”, determinó la Cámara.

En su artículo 45, la Constitución Nacional establece que la Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital "a simple pluralidad de sufragios".

La integración de la Cámara Baja corresponde al censo de 1980 y desde entonces nunca fue alterada. Provincias como Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, o Entre Ríos, en donde aumentó el número de habitantes, quedó sin la representación adecuada.

La actualización, de acuerdo al censo, es un deber que impone la Constitución, pero será el Congreso el que tenga la discrecionalidad de decidir cómo ajusta su composición. En relación a los gastos que esto podría significar, los jueces determinaron que este fallo "no debería redundar en una mayor erogación para el Estado Nacional".