El Ministerio de Transporte autorizó de manera excepcional el regreso a su residencia a personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en otro domicilio dentro del país. Se estima que son 12 mil personas los varados.
A partir de hoy hasta el martes 21 de abril a la medianoche, los afectados podrán volver a sus casas únicamente por vía terrestre con vehículos particulares o a través de la búsqueda de familiares en vehículos propios.
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Desde el Gobierno afirmaron que anunciaron la medida con poca anticipación para desalentar la circulación de casos injustificados. Además, consideran que los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.
El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades se encargará de controlar la circulación de estos casos excepcionales.
Dónde se obtiene el permiso
Para el ejercicio de la autorización excepcional se deberá tramitar la declaración jurada “Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual” a traves de este link
Desde cuándo y hasta cuándo se podrá circular
La medida dispuesta por Transporte tendrá un plazo de vigencia de 96 horas: del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. El certificado tendrá validez durante 48 horas.
Qué puedo hacer al tener el permiso
La certificación permite únicamente la circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia. El domicilio de residencia deberá figurar en el permiso y será el lugar en donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.
También se podrá ir a buscar a un familiar con el vehículo propio, pero no se podrá alquilar uno para efectuar el traslado. Tampoco se habilitará el transporte de media y larga distancia para poder trasladarse.
Cuánta gente puede trasladarse
Se podrán trasladar según la capacidad permitida por el vehículo.