"La vejez no es una enfermedad", dijo el abogado Pablo Llonto, que el próximo 20 de septiembre podrá ver el comienzo del juicio oral contra el ex dictador Reynaldo Bignone y un grupo de represores que actuaron en el Colegio Militar de la Nación, donde operó un grupo de tareas. Junto a Bignone, está acusado Santiago Riveros, ex jefe de Campo de Mayo, y ambos cumplen condena en sus casas por otras causas. Este nuevo juicio, que se reanudó en 2006, volverá a enfrentarse con la "bajada de línea política" que hace en Poder Ejecutivo: "Dicen que los represores mayores de 70 años, condenados por delitos de lesa humanidad, tienen que estar en prisión domiciliaria pero la sola edad no puede ser un elemento para definir ese beneficio", sostuvo.
"Lo que está bajando por parte de varios funcionarios, entre ellos el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, es una línea política que ejerce algún tipo de presión sobre los jueces y que dice que los mayores de 70 años tienen que estar en prisión domiciliaria. Esa presión repercute en los jueces, aunque no en todos. Y como el Poder Judicial no sacó una acordada que establezca un criterio, la decisión sigue pasando por cada uno de los jueces. Vamos a ver cuales son los jueces que la toman con mucho entusiasmo y cuáles son los que evalúan cada situación. Hay centenares de genocidas con prisión domiciliaria. Esto no empezó el 10 de diciembre del año pasado", dijo Llonto durante una entrevista con El Destape.
-¿Qué cambió desde el 10 de diciembre?
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-Lo que cambió es esta línea política que baja desde arriba y se expresa, por ejemplo, en la decisión del Ministerio de Defensa de derogar la resolución por la cual los genocidas condenados no podían hacerse atender en hospitales militares. Por lo tanto, hoy hay genocidas usando hospitales militares donde son tratados como pares. Se produce una situación de privilegio pero, además, esa resolución tenía un sentido porque fue emitida después de la fuga del Hospital Militar Central de Gustavo Ramón De Marchi y Jorge Olivera en 2013.
-¿La edad es un elemento para definir la prisión domiciliaria?
-El criterio es ir caso por caso. Los que tienen una situación de salud que no puede ser atendida en un hospital penitenciario tiene que ir a su casa. Pero la sola edad no puede ser un elemento para decidir un prisión domiciliaria.
-¿Por qué?
-Por varios motivos: el Código no obliga al juez a que una vez cumplidos los 70 años tengan que tener prisión domiciliaria, la cuestión etárea cambió en la Argentina y en el mundo y los 70. La vejez no es una enfermedad. Puede haber gente de 72 años en mejores condiciones mentales o físicas que una persona de 50 años, independientemente de los avatares que se tienen a los 70 años como, por ejemplo, la disminución de la vista. Los abogados de los genocidas dicen 'fulano de tal tiene diabetes' pero eso le ocurre a centenares de presos comunes que se la tratan en los hospitales penitenciarios. O dicen que tienen problemas de presión alta como ocurre con miles de presos que se tratan en los hospitales penitenciarios.
Llonto es el abogado de las familias de los conscriptos secuestrados y desaparecidos en el Colegio Militar, en agosto de 1976. Ese año, una patota que operaba dentro de esa institución del Ejército detuvo a seis soldados que cumplían con el servicio militar obligatorio: Daniel García, Pablo Steinberg, Mario Molfino, Roberto Britos, Sergio García y Hugo Carvallo. Los primeros tres nunca aparecieron. A los otros, Bignone en persona les pidió disculpas: "En esta guerra sucia a veces pagan inocentes por culpables", les dijo y les dio licencia hasta la fecha de baja a modo de resarcimiento por las torturas recibidas durante cuatro días en Campo de Mayo.
En 1984, Bignone fue detenido y procesado por esa causa -que habían impulsado con mucha fuerza los padres de Steimberg y García- bajo los delitos de privación ilegítima de libertad, reiterada omisión de denuncia y falso testimonio. Pero el combo fatal de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los decretos de indulto congelaron la causa. En 2006, con la anulación de las leyes de impunidad se retomó el proceso y se profundizó la investigación.
"Estaba muy claro lo de Bignone y Riveros pero no se tenía en claro que hubo un grupo de tareas en el Colegio Militar y su vinculación con Campo de Mayo", explicó Llonto, que mañana participará -junto al otro abogado querellante, Horacio Rebón- del homenaje a Steimberg, años 40 años de su desaparición, que se realizará a las 18 en el Aula 1 de la Facultad de Derecho de la UBA, donde estudiaba mientras hacía la colimba y militaba en el Partido Comunista.
-¿Qué implica desentrañar el rol del Colegio Militar?
-El Colegio Militar estaba como invicto y tenía un aura por no tener condenas ni declaraciones judiciales que demostraran que allí funcionó un grupo de tareas y un centro clandestino de detención.
-¿Quiénes conformaron ese grupo de tareas?
-Oficiales, suboficiales y sumaban conscriptos. Los usaban para manejar el jeep y para cortar las calles. Hoy, a los 60 años, cuentan lo que les hacían hacer a los 18 o 20 años. Todos los conscriptos que están declarando en todo el país es porque tuvieron algún tipo de intervención, que la cuentan con una mirada de testigos. Tuvieron una intervención lejana con los hechos centrales.