En medio del peor momento de la pandemia y cuando la crisis económica recrudecía, la noticia de que el Gobierno asistía económicamente a grandes empresas como Techint y Grupo Clarín con el programa Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) retumbó en el Gobierno. Ahora, la AFIP oficializó los pasos a seguir para que las compañías que no cumplían con los requisitos para ser beneficiadas, devuelvan los montos que no les correspondían.
La AFIP estableció el mecanismo para que las empresas que incumplieron las condiciones previstas en el ATP restituyan los fondos correspondientes al salario complementario. Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2.000 empleadores. Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos.
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Techint y Clarín son dos de las empresas más grandes del país, tienen fuertes ganancias y aún en el peor momento de la pandemia las repartían entre sus accionistas. Aún así, el Gobierno las incluyó en el programa de ayuda para el pago de sueldos del segundo trimestre del 2020. No son las únicas: El Destape reunió información de otras grandes empresas que aprovecharon esta situación, como la multinacional Viacom, un gigante de las comunicaciones que controla Telefe.
El Programa ATP representó un esfuerzo del Estado que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia del COVID-19 y las medidas dispuestas para garantizar los cuidados. Con el objetivo de sostener ingresos y puestos de trabajo en el sector privado, se invirtieron más de 220 mil millones de pesos durante 2020 para financiar el salario complementario. Los criterios para acceder y conservar los beneficios previstos fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que encabezó la Jefatura de Gabinete junto con la AFIP y los ministerios de Economía, Desarrollo Productivo y Trabajo. La imposibilidad para la distribución de dividendo y la recompra de acciones fueron algunas de las condiciones que, por un determinado período de tiempo, debían cumplir los empleadores beneficiados.
Trabajadores de Techint, a los que la empresa llama “colaboradores”, habían recibido el siguiente e-mail: “Comunicamos a Usted que Techint S.A. ha accedido al ‘Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción’ dispuesto por el Gobierno Nacional a través del DNU 332/2020 y, en particular, al denominado ‘Salario Complementario’, consistente en una suma de dinero que la ANSeS acreditará en vuestra ‘cuenta sueldo’ en forma directa, como parte de su remuneración habitual del mes de abril de 2020, manteniéndose la obligación de pago del resto a cargo de su empleador”.
Lo insólito fue el párrafo siguiente: “Teniendo en cuenta que dicho pago se dispuso con posterioridad a haber percibido su remuneración completa de dicho mes, en la liquidación correspondiente al mes de mayo de 2020 se le practicará el descuento del monto aportado por el Estado”. Es decir, tenían el dinero para pagar los sueldos, lo pidieron igual y el Estado se los dio.
Sin embargo, para evitar mayores roces con el Gobierno luego de haber decretado despidos masivos al inicio de la cuarentena, devolvió el dinero a los pocos días del inicio del escándalo político. Techint Ingeniería y Construcción, Ternium Argentina y Tenaris Argentina desistieron del programa.
Por otra parte, a los trabajadores de Radio Mitre también les habían comunicado que la empresa accedió al Programa ATP. Les depositaron el sueldo completo de abril a los trabajadores pero les avisaron que en los próximos días la ANSES les depositará la parte que “le correspondía” y que eso se los descontarían el mes que viene.
Cabe mencionar que Clarín no emitió ningún comunicado explicando si devolvió el dinero recibido. Según pudo saber este medio, hasta septiembre de 2020 continuaron pagando sueldos con ayuda estatal.
La normativa del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP también establecía que los beneficiarios no podían adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior y tampoco realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
Cómo será la devolución
La resolución publicada en el Boletín Oficial establece el procedimiento para que los empleadores que no cumplieron con las condiciones establecidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo, restituyan los fondos correspondientes al salario complementario. Las firmas que reciban una notificación de AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas mediante un plan de pagos a través del servicio “Mis Facilidades”.
La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada y hasta 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera, que incluirá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. La tasa efectiva mensual será del 2%.