La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que a partir del próximo domingo 1º de enero de 2023 comenzarán a regir las nuevas escalas del monotributo, por lo que los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 20 de enero para recategorizarse en caso de que les corresponda.
De este modo, la categoría A pasará a tener un tope de ingresos anual de 999.657 pesos, mientras que la categoría B tendrá a partir de enero un tope de ingresos anual de 1.485.976 pesos. Al contrario, la categoría K, la máxima de la escala, tendrá un tope de ingresos de 8.040.721 pesos al año.
El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, destacó que "la actualización en los valores en los ingresos brutos tiene un carácter progresivo ya que las categorías de menores ingresos podrán facturar un 100% más en relación a un año atrás, un incremento que se encuentra por encima de lo que variaron los precios en el mismo período".
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Cómo saber si corresponde una recategorización con la nueva escala del monotributo en 2023
Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización.
Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.
Cómo queda la nueva escala del monotributo a partir de enero de 2023
Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta por los contribuyentes para cuando se habilite la recategorización desde el 1º de enero de 2023 son los siguientes:
Se mantiene la bonificación del monotributo para las categorías A y B
Además, Castagneto aclaró que "se mantiene la bonificación del componente impositivo para los monotributistas A y B”, en caso de que no posean trabajo registrado y por lo tanto perciban todo su ingreso mediante el monotributo.
Específicamente, la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia, ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.
Para verificar si están alcanzados, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal. Para el resto de los monotributistas, el pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de este mes.