Diputados del Frente de Todos (FdT), encabezados por Paula Pennaca, presentaron un proyecto para regular el uso de las plataformas en los alquileres temporales y que, entre otras cuestiones, obliga a publicar en pesos los anuncios de las ofertas y establece un plazo de "hasta tres meses" para ese tipo de contratos.
Fuentes parlamentarias adelantaron que si la oposición consigue quórum, el oficialismo pedirá un apartamiento de reglamento para tratar sobre tablas la iniciativa, en el marco de la sesión convocada por Juntos por el Cambio (JxC) para debatir una reforma a la Ley de alquileres, aunque se necesitan mayorías especiales de tres cuartos de la Cámara para ponerlo en discusión.
El proyecto define, entre otras cuestiones, que se entiende por "alquiler temporario aquellos que tengan por objeto la locación de inmuebles o habitaciones que se arrienden con fines turísticos, de descanso o cualquier otro fin, por un plazo de hasta tres meses".
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Establece que las plataformas digitales de alquiler temporario son "aquellas a través de las cuales se comercialice, promocione, publicite, oferte o intermedie, por medios informáticos, ya sea a título gratuito y/u oneroso, alquileres temporarios respecto de las unidades habilitaciones situadas en todo el territorio nacional".
A través de la iniciativa, se establecen una serie de regulaciones a las plataformas digitales de alquiler temporario entre ellas que deben "habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario o administrador informe el número de inscripción, registro o licencia" en aquellas jurisdicciones que cuenten con registro o licencia habilitante para ejercer la actividad de alquiler temporario".
Asimismo, las plataformas deberán proceder a la baja de aquellas ofertas "que incumplan obligaciones en cabeza de los anfitriones conforme la normativa vigente y aplicable en la jurisdicción que se encuentre la unidad habitacional".
Además, obliga a las plataformas a "utilizar la moneda nacional pesos argentinos para los anuncios y/u ofertas de unidades habitacionales radicadas en el territorio nacional que surjan como resultado de las búsquedas realizadas desde el territorio nacional, y para el procesamiento de pagos efectuados por huéspedes mediante la intermediación de la plataforma cuando se trate de transacciones realizadas a través de medios de pago electrónicos nacionales, respecto de unidades habitacionales ubicadas en el territorio nacional".
Las plataformas deberán además "remitir al organismo de jurisdicción nacional con competencia en materia turística información anonimizada y desagregada, de manera semestral, respecto de la cantidad de operaciones realizadas en el país y sus respectivos montos, la que podrá ser utilizada únicamente a fines estadísticos y para la mejora de toma de decisión de política pública".
Uno de los puntos centrales de la iniciativa establece que "no será de aplicación el presente capítulo en el caso en que cuatro o más inmuebles con destino habitacional a la actividad de alquiler temporario, pertenezcan a un mismo propietario, se encuentren bajo la misma administración o se ofrezcan bajo una misma marca".
En cuanto a los derechos de los huéspedes, el proyecto establece que "tiene todos los derechos que surgen de la Ley Nacional de Defensa del
Consumidor (Ley N° 24.240)" y, por su parte, deberán "observar las reglas de higiene, educación, convivencia social, y de respeto a las personas, instituciones y costumbres para la utilización adecuada de los diferentes servicios provistos, junto a la observancia y cumplimiento de reglamentos
de copropiedad en caso que hubiere".
El propietario, en tanto, deberá obtener en el caso de las jurisdicciones donde exista la obligación de registración de inmuebles para ofrecerlos en alquiler temporario, la inscripción, número de registro o licencia, una vez cumplidos la totalidad de los requisitos exigidos por la normativa vigente y aplicable".
Asimismo, en caso de corresponder, deberán tener vigente la habilitación o registro para ejercer la actividad alquiler temporario, en tanto que "el número de registro o licencia, deberá ser consignado en todos los anuncios y publicaciones que el anfitrión realice"
También se establece la "creación de registros o implementación de licencias habilitantes para ejercer la actividad de alquileres temporarios", así como la limitación a la cantidad de licencias o habilitaciones otorgadas para procurar "la armónica convivencia entre las unidades habitacionales destinadas a alquiler temporario y a alquiler residencial tradicional".
Por otra parte, la iniciativa establece un sistema de multas y penalidades por infracciones a la normativa local junto a la implementación de un sistema de denuncias por irregularidades e incumplimientos", así como otras medidas fundadas en razones de política de ordenamiento territorial, habitacional, de uso suelo u otros motivos que consideren pertinentes en el marco de sus competencias".
Con información de Télam