Refuerzo para informales: Anses confirmó que ya lo cobraron 2,5 millones de personas

El organismo previsional, que dirige Fernanda Raverta, informó además cuándo se pagará la segunda cuota del bono o nuevo IFE para informales.

24 de octubre, 2023 | 16.00

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó este martes que 2,5 millones de personas ya cobraron la primera cuota de $ 47.000 del refuerzo económico para trabajadores que se encuentran en la informalidad, o bono para informales (nuevo IFE).

En ese sentido, la directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta, destacó que "creemos en el rol del Estado para construir un futuro mejor, pero también para acompañar con medidas concretas que alivien y acompañen el esfuerzo que realizan todos los días las argentinas y los argentinos". "Con este refuerzo el Estado alcanza a los sectores que más necesitan de su apoyo, manteniendo el equilibrio de las cuentas públicas", completó Raverta.

El refuerzo de ingresos es de $94.000 para trabajadores y trabajadoras informales de entre 18 y 64 años, que no cuentan con ingresos registrados ni perciben ningún tipo de asistencia económica del Estado, como la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH), las becas Progresar o el Potenciar Trabajo.

Además, el organismo recordó que la segunda cuota de $ 47.000 pesos del refuerzo se pagará durante noviembre. En tanto, lo que se anotaron a partir del 10 de octubre y su solicitud fue aprobada recibirán las dos cuotas juntas en un pago de 94.000 en el próximo mes.

La inscripción continúa abierta hasta el próximo martes 31 de octubre y puede realizarse todos los días de 14 a 24 horas, en www.anses.gob.ar o en la aplicación mi Anses.

Requisitos de Anses para recibir el bono para informes de 94 mil pesos

Anses informó los requerimientos a través del anexo de la resolución 202/2023Entre las principales figura que los jóvenes entre 18 y 24 años no podrán percibir el beneficio si su grupo familiar percibe en conjunto ingresos mensuales superiores a 3 salarios mínimos, vitales y móviles, que a octubre equivale a un total de $396.000.

En ese caso, además, se considerará la situación patrimonial de los padres, de acuerdo con lo informado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Comisión Nacional de Valores (CNV), "en lo referente a la tenencia de plazos fijos, tenencia y operaciones como comprador o vendedor de bonos, acciones, compra de moneda extranjera, embarcaciones y declaración de bienes personales como automotores, inmuebles, aeronaves, embarcaciones", se indicó en el anexo.

"No podrán acceder al Refuerzo para Trabajadores Informales aquellas personas que tengan cobertura de salud a través de la medicina prepaga", se precisó en las normas aclaratorias.

En el punto sexto del anexo se detallan los casos en los que no se considerarán destinatarios del refuerzo, destacándose al respecto la realización de gastos y consumos con tarjetas de crédito por un importe mayor o igual a $ 120.000 entre junio y julio, o con tarjetas de débito o billeteras virtuales por $ 90.000 o más, en el mismo período.

Más requisitos para acceder al refuerzo para trabajadores informales

Tampoco podrán acceder al beneficio quienes hayan efectuado "una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios y la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, o la tenencia de embarcaciones".

Del mismo modo, no serán considerados quienes sean titulares de un automotor con menos de 10 años de antigüedad, aeronaves o embarcaciones; que hayan tenido plazos fijos en junio y julio o bonos y acciones entre febrero y julio de este año.

La normativa también excluye del refuerzo a quienes hayan operado como compradores o vendedores de bonos y acciones en los últimos 6 meses, hayan realizado compra de moneda extranjera a través de cualquiera de los canales vigentes desde febrero de este año y posean ingresos o acreditaciones bancarias y en billeteras virtuales mayores o iguales a $ 90.000 en junio o julio de 2023.

La última excepción rige para aquellos que sean titulares de bienes inmuebles, salvo que esté registrado en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap).

Con información de Télam

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