Mató a su exmarido con un ladrillo y quedó libre por un fallo con perspectiva de género

La mujer, madre de cuatro hijos, debía permanecer 4 meses presa. Su ex pareja había entrado borracho a su casa para agredirla. 

03 de noviembre, 2021 | 10.40

Gabriela Macarena Núñez (28) creyó que se pasaría al menos cuatro meses en la cárcel a la espera de un juicio en su contra por homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía contra su exmarido y padre de su hijo menor. Pero eso no sucederá por ahora, ya que un juez revisó su caso y la dejó en libertad, convencido de que no hay motivos para mantenerla presa en el Servicio Penitenciario Provincial de San Juan, ya que vive en un calvario desde hace años.

Todo comenzó la madrugada del 2 de octubre en una humilde vivienda del Lote Hogar 12, Pocito. Gabriela dormía con su pareja y su niño más chiquito cuando se llevó el susto de su vida. Gustavo Martínez (23) su exmarido, irrumpió de la manera más violenta en el interior de su casa a las 5 de la madrugada, amenazó a Gabriela y a su pareja, y este último lo golpeó con un elemento contundente que había en la habitación. El hombre estaba furioso y ebrio, y llegó a la vivienda para violentar a la madre de su hijo, una vez más. Estaba tan ebrio al punto que se quedó dormido ahí mismo sin mediar más palabras.

Pese a que, en ese momento, los ocupantes de la casa habían llamado a la Policía para que se llevaran al hombre, Martínez se quedó dormido en el lugar hasta que despertó cerca de las 9 del sábado. Cuando lo hizo, llamó a un remís y se retiró del interior de la vivienda, en medio de insultos. La ira de la mujer la hizo reaccionar contra Martínez; y cuando el sujeto se estaba por subir al remís, agarró un ladrillo roto que había en la puerta de la casa y se lo arrojó con la intención de golpearlo. El golpe fue tan fuerte y en punto clave de su cráneo que lo mató en cuestión de segundos.

Cuando el Ministerio Público Fiscal comenzó a indagar se imaginó que la violencia era un denominador crucial en la historia. Así fue como pudo demostrar que la relación tenía signos de violencia el primer día. Pese a eso, el fiscal a cargo, Francisco Micheltorena, pidió que la mujer permanezca presa en el Servicio Penitenciario mientras dure la investigación. El juez Andrés Abelín, que escuchó el pedido del MPF y de la defensa de la mujer (que había pedido lo contrario) resolvió 72 horas después del hecho dejarla tras las rejas al menos 4 meses.

Sin embargo, a un mes del crimen, la causa dio un giro inesperado. El Tribunal de Impugnación, representado por Juan Carlos Caballero Vidal, determinó que la mujer merecía quedar libre, bajo una caución juratoria de $100.000 y la promesa de no abandonar el país. Los fundamentos fueron claros, según el documento al que accedió El Destape. La realidad de la mujer marcaba la poca probabilidad de que Núñez abandonara la provincia y mucho menos, el país. Clara es su condición humilde, con una pensión de $14.000, cuatro hijos a cargo de diferentes padres que no le pagan cuota alimentaria y ni la ayudan con las necesidades económicas.

Caballero Vidal también señaló que su estado de libertad, que en definitiva favorecía a los niños, no iba a entorpecer la investigación ya que había elementos suficientes para marcar el escenario tal como se desplegó la mañana del homicidio. La presencia de Núñez en la calle no cambiaría la escena y las pruebas que ya se habían recolectado.

Por otro lado, en los fundamentos, el juez desarrolló un extenso capítulo basado en el calvario que Núñez vivía por causa de Martínez; los sometimientos reiterados al igual que la violencia que terminó por decantar en un acto de extrema violencia. Es por eso que la causa pasó a caratularse como “Homicidio en estado de emoción violenta”.

En el escrito, el juez sostuvo que “momentos antes que la acusada Núñez arrojara el trozo de ladrillo contra la cabeza de Gonzalo Adrián Martínez, ocasionándole la muerte casi inmediata, había tenido que soportar el ingreso ilegal de la víctima a su domicilio en horas de la madrugada, aproximadamente a las 5 horas, cuando ella se encontraba durmiendo junto a su nueva pareja y el pequeño hijo que tenía en común con Martínez"… “Martínez habría sacado de forma violenta de la cama a su ex pareja Núñez, para luego comenzar a agredir físicamente con una botella a la pareja de Núñez"...

También, manifestó que Núñez “se encontraba en un estado psíquico emocional que había disminuido sus frenos inhibitorios, producto del sinnúmero de agresiones que había estado recibiendo esa noche por parte de la víctima Martínez".

A estos descargos le sumó el respaldo al pedido de la defensa de Núñez de que “existe carencia probatoria” para que le enrostren el delito con semejantes agravantes, como si fuese un hecho premeditado. “No se tuvo en cuenta que la misma no posee antecedentes penales, tiene arraigo en la provincia, difícilmente puede evadirse de la acción de la justicia, está mal psicológica y anímicamente alejada de sus hijos”, argumentó la defensa, a lo que el juez de impugnación dio la derecha. Este pedido fue fundado en el art. 32 de la ley 24.660, según ley 24.672, a fin de salvaguardar el interés superior de los menores.

Con estos argumentos, y a contrapartida de lo que sostiene el Ministerio Público Fiscal sobre la acusada y sus malos comportamientos con vecinos, Núñez queda en libertad hasta que un nuevo fallo determine lo contrario.

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