Juicio por la verdad: un fallo histórico para las causas por abuso sexual prescriptas

A partir de una decisión de segunda instancia, las víctimas contarán con una herramienta para atribuirles responsabilidad a los acusados en delitos de larga data.

04 de abril, 2022 | 00.05

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó un juicio por la verdad por el caso de Cristina y Gisell, dos hermanas que denunciaron que fueron abusadas por su hermano mayor hace más de 40 años. El acusado no tendrá pena porque la causa está prescripta, pero este fallo fue recibido con gran alegría por las denunciantes ya que sienta jurisprudencia y permitirá que otras víctimas cuenten con esta herramienta para atribuir responsabilidad a sus abusadores y, en definitiva, los casos no queden impunes.

"Estamos absolutamente felices", afirmó Cristina a El Destape al conocerse la noticia y agregó: "Si él apela, ya no nos importa. Porque nosotras ibamos por esto".

En Argentina, en casos de abuso sexual, el término de prescripción oscila entre 4 y 12 años, según la figura jurídica específica que se aplique, que varía en función del vínculo, de las relaciones de poder, de si hubo penetración, etc.

En este caso, el abusador pudo apelar bajo el argumento de que habían transcurrido demasiados años desde que ocurrieron los delitos denunciados. “No dijo ni siquiera ‘soy inocente''', admitió Cristina en su momento a El Destape.

Luego de que la Justicia se negara a seguir la investigación del caso de Cristina y Gisell, el 17 de marzo pasado, la sala 3 de Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional decidió darle lugar al derecho a la verdad con las siguientes palabras: “Habilitar a quien se presenta como víctima en el caso a que pueda acceder en este proceso a la determinación de la verdad de los hechos que denuncia, instando la producción de las medidas de prueba que estimen pertinentes”.

"A pesar de que la acción penal para perseguir penalmente y sancionar al autor de los delitos denunciados se encuentra prescripta, subsiste el derecho actual de las víctimas a la determinación de la verdad (previsto en la Convención de los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos) en tanto puede asegurarse sin violentar las garantías del imputado sometido a proceso”, señaló la Cámara en el fallo.

Qué son los juicios por la verdad

Los juicios por la verdad pueden servir para que la persona que denuncia pueda alcanzar algún tipo de reparación, más allá de que al condenado no se le aplique una pena concreta. Esta noción se utilizó en Argentina por primera vez en las causas de lesa humanidad cuando se le reconoció el derecho a los familiares de conocer cuáles fueron las circunstancias de desaparición y/o muerte de las víctimas del terrorismo de Estado. En ese entonces, no se podía condenar a los responsables ya que estaban vigentes las leyes de "obedencia debida" y "punto final".

Según contó Nadia Rivas, abogada de esta causa, a El Destape, en los casos que se investigan delitos sexuales se comenzó a tener en cuenta esta noción como opción concreta para cuando corresponde la investigación de los hechos pero no la sanción del presunto culpable.

"Aún no se están realizando juicios por la verdad, por lo tanto desconocemos cómo se llevarán adelante. Pero tener, al menos, una sentencia declarativa que atribuya responsabilidad (aunque no pena) al autor del delito para las víctimas va a ser una forma de sanar una herida", afirmó la letrada.

Por qué es un fallo histórico

"El gran paso que dimos es que queda un fallo firme que todas las víctimas van a poder usar como jurisprudencia", aseguró Cristina a El Destape. Ella denunció que fue abusada por su hermano mayor en el verano de 1979 o 1980, cuando tenía entre 16 y 17 años. También efectuó la denuncia su hermana, Gisell, por situaciones de abuso desde que ella tenía 10 o 12 años (1969 / 1971)  y hasta sus 18 o 19 años (1977/ 1978). 

Cuando logró verlo, fortalecerse y tomar la decisión, Cristina realizó la denuncia correspondiente por el delito, sabiendo que la condena sería imposible por la prescripción de la causa. “Yo no elegí que pasaran 40 años. A mí me pasaron 40 años en la ignorancia y en la negación”, había contado a El Destape anteriormente.

Según informó la abogada Nadia Rivas, en el país hay muy pocos precedentes en este sentido y, en la actualidad, no hay más de 6 causas con resoluciones del estilo. Además, remarcó que "este caso lo que tiene como novedoso es que es uno en el que los hechos sucedieron muchísimo antes de la Reforma Constitucional de 1994".