En el marco del avance del Plan Estratégico de Vacunación contra el COVID-19 en la Argentina y el descenso de los contagios, continúan las habilitaciones y flexibilizaciones en diversas áreas y sectores. En esta línea, el Gobierno anunció la vuelta de los cruceros bioceánicos y antárticos que transitan por la Argentina.
MÁS INFO
La medida, que fue anunciada a través de la Decisión Administrativa 834/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de los ministros de Desarrollo Social, Juan Zabaleta, y de Turismo y Deportes, Matías Lammens, estableció que el sector retornará con sus servicios “a partir del 20 de octubre de 2021″.
Respecto a la reanudación de la actividad turística, en la resolución adelantaron que será “de manera progresiva y segura”, llevando adelante los protocolos para prevenir los contagios de COVID-19 que se encuentren “vigentes al momento de su implementación y con sujeción a las recomendaciones que al efecto establezca la autoridad sanitaria nacional”.
Vuelta de los cruceros by Gimeluz Figueroa on Scribd
Las empresas, en tanto, deberán respetar las normas incluidas en los “Requerimientos para la reapertura de Cruceros hacia la Antártida y Cruceros Bioceánicos en la Argentina”, por ejemplo, “prever el cupo máximo de personas permitidas a bordo teniendo en cuenta la capacidad de carga del buque, respetando según ella el aforo que se defina en el protocolo”.
Como también “prever flexibilidad para cambio de fecha y reprogramaciones de operaciones, según situación epidemiológica en partida y destino”. Asimismo, deberán garantizar “un servicio médico a bordo, que se corresponda con la cantidad de personas que viajan en él”.
Mientras que “los pasajeros nacionales, residentes y extranjeros y el personal afectado deberán observar las condiciones que se establezcan y rijan con relación al ingreso de personas a la República Argentina al momento de su implementación”.
Trámites previo a la embarcación del crucero
- Cuestionario de la Declaración de Salud del Viajero y/o complementarios y control de temperatura a toda persona.
- Testeo PCR en un máximo de 72hs antes del viaje: quienes vienen en el buque no deben realizar el PCR, solamente deben hacerlo las personas que abordarán en el buque en el territorio nacional. c) Registros de síntomas para todas las personas que aborden el buque.
- Días de aislamiento previo al embarque: todas las personas que provienen del extranjero y abordan en territorio nacional deberán respetar las medidas sanitarias vigentes al momento de la reactivación de la actividad para turistas extranjeros.
- Vacunación: se deberá solicitar a todas las personas que embarquen al crucero un certificado de vacunación del 100% (huéspedes, personal, tripulación) con esquema completo. Aquellas personas que no estén vacunadas no se le permitirá el ingreso a bordo.
- Todas las personas deberán contar con seguro por COVID-19 y seguro por fallecimiento, que incluya aislamiento, traslado, internación y, en el debido caso, repatriación. Asimismo, deberá cubrir el aislamiento y traslado de un eventual caso sospechoso por contacto estrecho. Además, deberá contemplar la posibilidad de cobertura de la suspensión del viaje.