Incucai y Ley Justina: la historia de los trasplantes de órganos en Argentina

24 de junio, 2022 | 10.40

Las cirugías de trasplantes de órganos consisten en el reemplazo  de un órgano o tejido enfermo por otro sano. Este tratamiento médico es una especie de última alternativa, indicado apenas cuando no existe otra opción para recuperar la salud de una persona.

De acuerdo a datos del INCUCAI y el SINTRA (Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina), se han realizado 281 trasplantes de órganos durante lo que va del 2022.

De estos datos estadísticos se desprende también que 126 personas donaron sus órganos durante este año. Sin embargo, pese a que estos números parecen alentadores, aún hay una lista de 7304 personas que necesitan un trasplante para salvar su vida en estos momento.

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En este artículo vamos a contarte todo sobre la ley de trasplante de órganos 27.447, también conocida como Ley Justina. Además te explicaremos qué es el INCUCAI y cómo se realizan los trasplantes de órganos en Argentina. Seguí leyendo para conocer más sobre este importante asunto.

Ley 27.447

La ley  nacional de trasplante de órganos, tejidos y células (N° 27.447) es más comúnmente llamada Ley Justina. Esta normativa, promulgada el 27 de julio de 2018,  regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en nuestro país.

A partir de la sanción de esta ley, se considera que todas las personas mayores de edad son donantes de órganos. Solo están excluidas de la donación aquellos individuos que hubieran expresado su voluntad contraria a la utilización de sus órganos y tejidos.

Pero, ¿por qué se denomina así a la ley de trasplantes de órganos en Argentina? Justina Lo Cane fue una niña que a sus 12 años murió en plena espera de un trasplante de corazón. La niña esperó la cirugía durante 4 meses y estuvo internada en la Fundación Favaloro. Sin embargo, el órgano no llegó a tiempo y su estado de salud se fue debilitando progresivamente.

La historia de Justina inspiró una campaña que impulsó un proyecto para una nueva normativa de trasplante de órganos, tejidos y células. Además del punto principal de la ley, que convierte en donantes a los mayores de 18 años -salvo voluntad contraria debidamente expresada-, la normativa tiene otros aspectos a destacar.

La ley 27.447 estipula que tanto los hospitales públicos como privados deben contar con servicios destinados a la donación de órganos. Los centros de atención de la salud también deben brindar un tratamiento adecuado al paciente que necesita un trasplante o ya lo ha recibido.

La normativa nacional de trasplante de órganos también creó el Servicio de Procuración. Este organismo debe contar con al menos un médico encargado de detectar potenciales donantes. El Servicio de Procuración tiene además el objetivo de asesorar a las familias y garantizar el proceso de donación.

Otro aspecto central de la ley es el que establece la capacitación para aquellos profesionales que formen parte del proceso de donación y trasplante. Esta modificación de la ley de trasplante se enmarca dentro de los principios de dignidad, autonomía, solidaridad, equidad y justicia distributiva en la asignación de órganos.

¿Qué regula la Ley 27.447?

Los aspectos regulados por la ley 27.447 -o Ley Justina- comprenden la donación de órganos, tejidos y células de origen humano en todo el país. La normativa comprende además la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento.

¿Cómo se realiza la donación y trasplante de órganos?

Si tenés dudas acerca de cómo se lleva a cabo la donación y trasplantes de órganos, vamos a aclarar sus puntos principales a continuación. En primer lugar, tenés que saber que los trasplantes se realizan a partir de órganos y tejidos que provienen de personas fallecidas.

Aunque, en determinadas ocasiones, también existe la posibilidad de realizar la donación en vida. Los casos en los que puede darse esta alternativa son los trasplantes renal y hepático. Pero solo puede llevarse a cabo luego de verificar médicamente que no exista riesgo para la salud del donante.

Otro punto central que nos gustaría aclarar es que la donación depende de las características del fallecimiento. ¿A qué nos estamos refiriendo? A que, para poder donar sus órganos, una persona debe morir en la terapia intensiva de un hospital.

Solo en ese ambiente existen los medios para la preservación de los órganos y que estos puedan ser trasplantados a otro paciente. Llegado el momento, serán los médicos quienes determinen cuáles son los órganos aptos para el trasplante. Debido a estas condiciones, la posibilidad de ser donante de órganos se da en apenas 4 de cada 1000 fallecimientos.

En cuanto a la donación de tejidos, la situación es diferente. En estos casos no es necesario que la muerte se haya producido en una terapia intensiva.

Ahora bien, quizá te estés preguntando lo siguiente: ¿Cómo funciona la donación de órganos en vida? Ya te contamos que es posible donar en vida riñón e hígado. Lo que no te dijimos todavía es que debe existir un vínculo familiar entre donante y receptor, de acuerdo a la legislación vigente.

Para que sea permitida una donación de órganos en vida es condición necesaria que existan perspectivas de éxito para el receptor.  Además de un pronóstico médico de que la donación no afectará la salud del donante.

Llegamos así a una de las dudas más frecuentes cuando hablamos de donación y trasplantes de órganos: ¿Cómo se distribuyen y asignan los órganos y tejidos?

En la actualidad existe una lista de espera única en todo el país para cada tipo de órgano. Dicha lista es controlada y fiscalizada por el INCUCAI, ente del cual hablaremos en profundidad más adelante.

Entonces, la distribución y asignación de órganos y tejidos se lleva a cabo a través de un sistema informático sobre la base de criterios médicos preestablecidos. Estos criterios toman en cuenta los siguientes aspectos:

  • La gravedad del paciente.

  • La compatibilidad entre donante y receptor.

  • El tiempo en lista de espera.

Este sistema no es aleatorio ni parcial. Por el contrario, está diseñado para asegurar la equidad y la transparencia en la distribución.

A pesar de salvar incontables vidas en todo el mundo cada año, la donación y el trasplante de órganos no es un tema libre de controversias. Aunque cada vez quedan menos detractores de este procedimiento.

El trasplante de órganos es realizado a través de una lista de espera nacional. Este listado busca asegurar la equidad y transparencia en la distribución, en base a una serie de criterios preestablecidos.

Respecto a las opiniones sobre el trasplante, quizá te interese saber cuál es la posición de las religiones en relación a la donación de órganos. La mayoría de las religiones se han pronunciado a favor de la donación de órganos y tejidos, al tomarla como un acto de solidaridad con la comunidad.

¿Qué órganos y tejidos se trasplantan en Argentina?

La Ley Justina se aplica para un amplio abanico de intervenciones de trasplantes de órganos. Más específicamente, comprende a todos los trasplantes que son practicados en la actualidad, así como a las nuevas técnicas que sean reconocidas por el INCUCAI.

Veamos a continuación cuáles son los órganos y tejidos que pueden ser trasplantados actualmente en Argentina:

  • Trasplante de corazón, vasos, estructuras valvulares y otros tejidos cardíacos.

  • Trasplante de hígado.

  • Trasplante de pulmón.

  • Trasplante de páncreas.

  • Trasplante de riñón y uréter.

  • Trasplante de intestino.

  • Trasplante de tejidos del sistema osteoarticular y musculoesquelético (tejidos de huesos, músculos, cartílagos, tendones, etc).

  • Trasplante de tejidos del sistema nervioso periférico.

  • Trasplante de piel.

  • Trasplante de córneas y esclera.

  • Trasplante de membrana amniótica.

También se trasplantan células progenitoras hematopoyéticas. Aunque su modalidad de donación es algo diferente a la de la mayoría de órganos y tejidos, puesto que su extracción también se realiza en vida.

¿Qué es el INCUCAI?

INCUCAI son las siglas que identifican al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante. Se trata del organismo que impulsa, coordina, normaliza y fiscaliza las actividades relacionadas a la donación y trasplante de órganos, tejidos y células en Argentina.

En la actualidad, este organismo actúa en las provincias argentinas a la par de los 24 organismos jurisdiccionales de ablación e implante. Su principal objetivo es el de brindar a toda la población un acceso trasparente y equitativo al trasplante.

El INCUCAI es un ente descentralizado que depende de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación. Sus acciones también están orientadas a dar un efectivo cumplimiento a la Ley de Trasplante de Órganos 27.447.

El INCUCAI es el organismo encargado de promover y coordinar las actividades relacionadas a la donación y trasplante de órganos. Su objetivo es brindar un acceso equitativo al trasplante.

Dicha normativa, a su vez, establece las líneas de su funcionamiento del INCUCAI. Para de esa manera satisfacer la demanda de los pacientes que esperan un trasplante.

La misión del organismo busca construir un sistema inserto en la estructura sanitaria que sea capaz de ofrecer respuestas a las múltiples demandas de trasplantes. Un modelo que esté plenamente sustentado por la confianza y la actitud positiva de la comunidad hacia la donación.

Para poder comunicarte con el INCUCAI, el organismo cuenta atención a personas en lista de espera y trasplantadas. Dicho servicio se brinda exclusivamente a distancia, de lunes a viernes de 10 a 16 hs.

Podés comunicarte vía WhatsApp, a los números (+54 9) 11.2156.4910/ 11.2156.5667/ 11.2154.8518. O también hacerlo por correo electrónico, escribiendo a la siguiente dirección: pacientes@incucai.gov.ar

Derechos de los donantes y receptores

Ya hemos presentado a la Ley Justina y al INCUCAI, ahora nos toca responder otra pregunta muy importante respecto a los trasplantes de órganos: ¿Cuáles son los derechos de los donantes y receptores de órganos y tejidos?

Para una fácil lectura y comprensión, vamos a presentarte esos derechos -tanto de donantes como receptores- en un único listado. ¡Vamos a conocerlos!

  • Derecho a la intimidad, a la privacidad y confidencialidad: En nuestro país no está permitido dar a conocer la identidad de los donantes y receptores, salvo que la propia persona lo declare en forma pública.

  • Derecho a una información oportuna, completa y transparente: Se debe brindar información adecuada a las personas involucradas en trasplantes de órganos. Dicha información debe ser presentada de manera clara y abordar los riesgos, secuelas, evolución y posibles complicaciones relacionados a los procedimientos médicos.

  • Derecho a la integridad de las personas: Esto quiere decir que los probables beneficios de la práctica (trasplante de órganos y tejidos) deben ser mayores que los riesgos o costos para el ser humano.

  • Derecho al trato equitativo e igualitario: Este punto consiste en el derecho a la igualdad de trato sin ningún tipo de discriminación.

  • Derecho al traslado prioritario -por vía aérea o terrestre- de aquellas personas que deban trasladarse para recibir un trasplante, junto a un acompañante.

  • Derecho a la cobertura integral del tratamiento, así como del seguimiento posterior.

Justamente en relación a este último punto de los derechos de los donantes y receptores se desprende la cuestión de costos vinculados a la práctica de un trasplante. Entonces, ¿qué costos cubre la cobertura integral del tratamiento y seguimiento posterior?

En nuestro país, la cobertura integral del tratamiento de trasplantes cubre el 100% de los medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención de la salud de la persona trasplantada. Esto incluye también a todas las patologías que estén directamente relacionadas con el trasplante.

En Argentina, la ley estipula que  la cobertura integral del tratamiento de trasplantes debe cubrir el 100% de los medicamentos y prácticas de atención de la salud de la persona trasplantada.

Otra cuestión que podemos ahondar se relaciona con las obras sociales y sus cláusulas para brindar cobertura. ¿Existe alguna condición para que mi obra social me dé cobertura integral en caso de trasplante?

Para brindar la cobertura integral de un trasplante de órganos o tejidos, el sistema público de salud, las obras sociales y las entidades de medicina prepaga tienen que cumplir con un importante requisito. Todas las partes deben exigir la constancia que indique que el médico tratante cumplió con los registros establecidos por el INCUCAI.

Conclusión

En los trasplantes de órganos se reemplaza  un órgano o tejidos enfermos por otros sanos. Este tratamiento médico se realiza apenas cuando no existe otra opción para recuperar la salud de la persona.

En nuestro país, estas prácticas médicas están reguladas por la ley de trasplante de órganos 27.447, más conocida como Ley Justina. A su vez, el ente encargado de promover y coordinar las actividades de procuración y el trasplante de órganos y tejidos es el INCUCAI. Su misión es garantizar transparencia, equidad y calidad.

Si después de leer este artículo, todavía tenés dudas, recordá que los trasplantes salvan vidas y solo son posibles gracias a la donación. Para encontrar más contenido de salud e interés general, seguí leyendo El Destape.