La ley ómnibus pone en riesgo el derecho al aborto legal y elimina puntos clave de la Ley Micaela

La iniciativa presentada por el Gobierno este mediodía contiene un capítulo de “niñez y familia”, en el que pide cambios para la Ley Micaela y la Ley Mil Días. Los riesgos que implicarían, según expertos.

27 de diciembre, 2023 | 18.49

El mega proyecto de ley presentado por el Gobierno este mediodía contiene un apartado en el que aborda las cuestiones de género, violencia hacia las mujeres y diversidades. Lo hace bajo el título de “Capital humano” -el megaministerio que está a cargo de Sandra Pettovello- en el que solicita reformar dos leyes que fueron de gran consenso y debate a nivel nacional: la de los Mil Días, de atención integral durante el embarazo; y la Ley Micaela; de capacitación obligatoria en género para los tres poderes del Estado y cuyo órgano de aplicación hasta ahora era el desaparecido Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD)

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En riesgo el derecho al aborto

Los cambios propuestos se pueden encontrar en el capítulo “niñez y familia”. En primer término, las modificaciones son para la Ley 27.611 de Mil Días, aprobada en la madrugada del 30 de diciembre de 2020, junto con la 26.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Ambas normativas fueron ampliamente debatidas tanto en el Congreso como a nivel social, en las calles, en las redes sociales y en los medios de comunicación, de la mano de especialistas en la materia.

Pese a eso, el Gobierno propuso amplios cambios que se observan desde el primer artículo en donde habla del “niño por nacer”. Esa figura es utilizada por quienes se oponen a al derecho al aborto -en cualquier caso, incluso en casos de violación y podría poner en riesgo el acceso a la anticoncepción, como la pastilla del día después- y en ese punto está el riesgo, según dijo ante El Destape Lucía Cirmi Obón, economía feminista, autora de Economía para sostener la vida y ex secretaria de Políticas de Igualdad del degradado a MMGyD. Al ser consultada por este medio, dijo que "sí" está en riesgo el ejercicio de ese derecho y advirtió que "no va faltar el que se apoye en estas modificaciones (en caso de que sean aprobadas) para contraponerse a la otra ley (IVE)".

Ley Mil días, los compromisos internacionales en materia de derechos para mujeres y personas no gestantes.

Las modificaciones propuestas para la Ley Mil días en la ley ómnibus.

Entre otros cambios, elimina la mención al "cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos", es decir se hacen a un lado los compromisos en materia internacional que Argentina firmó y que tienen orden constitucional. Un ejemplo de ello es la Convención Interamericana de Belém do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres. También se deja a un lado la figura de “personas gestantes” y por momentos sólo se refiere a niños y no a “niñas”; se refiere a "madres e hijos por nacer" y no habla de mujeres. 

Además, elimina el principio de autonomía progresiva, reconocido en el Código Civil, que hace referencia a los derechos a ejercer por las y los adolescentes en pos de su propia autonomía. "Se trata de la capacidad de ejercicio no se adquiere de un día para el otro al cumplir 18 años. Es un proceso gradual por el cual las personas menores de edad pueden ir ejerciendo derechos por sí mismas de acuerdo con su edad y grado de madurez. Por eso se llama capacidad o autonomía progresiva", explica el portal Argentina. Sobre este punto, por ejemplo, se sienta la ley IVE para que les adolescentes de 16 años tengan derecho a decidir si quieren gestar o no. 

En la modificación del artículo 33, que refiere al monitoreo y evaluación de esta política, refiere a "buscar activamente y detectar embarazadas en situación de vulnerabilidad" así como también llama a "realizar operativos" y "controles y ecografías" a las embarazadas. En ninguno de los casos especifican cómo es que "detectarán" embarazadas ni si será compulsivo la realización de los exámenes médicos.

En esta ley, en total, establecen modificaciones en 23 de los 35 artículos y suman 7. 

Ley Micaela: proponen quitar la obligatoriedad para los tres Poderes del Estado

"Restringe quiénes están obligados. Antes era todo el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación y ahora son solamente las personas que se desempeñan en la función pública, en los organismos competentes en la materia", señaló Cirmi Obón a El Destape. 

En esa línea, explicó la diferencia que regiría con la ley 27.499 actual, aprobada el 10 de enero de 2019, durante la gestión de Mauricio Macri: "Exige que estén capacitados y capacitadas sólo las personas que trabajan en el tema. Si el día de mañana un juez que tiene que dictaminar sobre alimentos no entiende la perspectiva de género es porque no está obligado a formarse en eso. Quién atiende a una mujer violentada, por ejemplo, en una ventanilla de ANSES o en un banco, todo eso va a ir para atrás porque esa capacitación ya no va a estar".

Ley Micaela y la obligatoriedad para los tres poderes del Estado.

Las modificaciones propuestas para la Ley Micaela eliminan la obligatoriedad de capacitación para los tres poderes del Estado.

De esta manera, la normativa en sí misma perdería el espíritu con el que se gestó: Micaela García, de 21 años, era militante feminista del Movimiento Evita de Entre Ríos. Salió a bailar y no regresó a su casa. Estuvo nueve días desaparecida. Había sido violada y asesinada por Sebastián Wagner, quien estaba en libertad condicional por una pena de 9 años por la violación de otras dos mujeres. La libertad condicional de Wagner fue otorgada por el juez Carlos Rossi, quien no aplicó la perspectiva de género al momento de tomar su decisión.

Desde entonces, la familia de Micaela luchó y se hizo parte del movimiento feminista para que jueces y juezas, integrantes de los distintos niveles del Estado sean capacitados en la materia.

En las modificaciones propuestas para esta normativa se adopta una perspectiva diferente a la que históricamente Argentina implementó, que es acorde los tratados y convenciones en materia de derechos humanos que con el correr de los años se fueron actualizando para adoptar una mirada más integral. Es decir, que no sólo contemplara la violencia hacia mujeres y que no se lo considerara un asunto privado, sino también que tuviera en cuenta distintos tipos de violencia -como lo establece la ley 26.485-: económica, física, psicológica, emocional, sexual, política y mediática.

Estos cambios se pueden ver al hablar de únicamente "violencia familiar y contra la mujer", en donde Cirmi Obón aclaró que se "desdibuja el sesgo de género en las violentadas".

Pero no sólo eso, dijo: "Hace énfasis en como si la problemática fuera sólo entre pares, entre personas que están en la misma situación dentro y fuera de la sociedad, cosa que no es así, ni económicamente ni estadísticamente. Pero también hace el énfasis en su familiar, vuelve a plantear que esto es un tema privado" y no una problemática política y social, que se debe abordar de manera conjunta.

En la jornada de este miércoles, les más de 1200 trabajadorxs -cuyos puestos están en riesgo, luego de que el Gobierno decidiera no renovar los contratos de monotributistas, condición en la que están la mayoría- del MMGyD supieron a través del decreto 86/2023, que el organismo sería degradado a Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género dentro del Ministerio de Capital Humano, que -en función de las modificaciones- pasaría a ser la autoridad de aplicación.

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