El titular del juzgado Federal N°1, Alejo Ramos Padilla, procesó a Carlos Omar el “Cabezón” Rodríguez por “promoción y facilitación, y explotación económica de la prostitución”, en el emblemático caso de la joven platense Johana Ramallo, desaparecida y asesinada años atrás.
El fallo y la investigación llevada adelante por Ramos Padilla fueron contextualizadas bajo una perspectiva de género, lo que permite entender según el juez que la joven Johana Ramallo, quien ejercía la prostitución sumisa en un contexto de vulnerabilidad absoluta, fue víctima de Carlos Omar el “Cabezón” Rodríguez, quien la “regenteaba”, entre otros delitos y abusos que cometía.
De esta manera el fallo es histórico entendiendo que es uno de los primeros en el país en enmarcarse dentro de una perspectiva de género, en donde la mujer calificada como “prostituta” pasa a ser “víctima ”y se evalúa el contexto y no solo el hecho.
Para el magistrado, “la muerte sospechosa de criminalidad que tuvo como víctima a Johana Ramallo desata una serie de obligaciones del Estado argentino y del sistema de justicia en particular que rigen en materia de violencia contra las mujeres”. En ese sentido, “se han considerado como contextos femicidas los crímenes asociados a la violencia sexual, los crímenes cometidos en contexto de criminalidad organizada, tales como la trata de personas o el tráfico de estupefacientes”.
“Se advierte que la actividad de la zona roja excede el simple ejercicio de la prostitución callejera y da cuenta de la presencia de una organización que, al menos en determinados casos y, cuanto menos, captaba y recibía mujeres con el fin de someterlas a un circuito de explotación sexual y consumo de estupefacientes, aprovechándose de su situación de múltiples vulnerabilidades: sociales, económicas, familiares, de salud física y psíquica”, expresa el fallo.
Es así como, para Ramos Padilla “el complejo escenario de comercio y abuso en el consumo de estupefacientes, de explotación sexual de mujeres y de violencia conformaron las condiciones de posibilidad para que esa desaparición y muerte ocurrieran”.
Por la causa N°FLP 76879/2017, en la fue procesado Carlos Omar el “Cabezón” Rodríguez, el Juzgado tomó declaración a más de 20 mujeres víctimas, de quienes se preservará su identidad. Las mismas ratificaron el rol de “Cabezón” y también apuntaron a “policías de la Comisaría Novena de La Plata”. “Existen distintos testimonios que señalan que la Comisaría Novena de La Plata actuaba administrando o regenteando este complejo entramado delictual, conformando de ese modo un eslabón esencial para su funcionamiento, sin el cual no habría sido posible su perduración”, reza el fallo.
Incluso uno de los testimonios señaló que “la policía facilitaba las actividades ilegales porque recibían dinero o droga”, y agregó que “la mayoría del personal policial consume, algunos ‘andaban borrachos por ahí’ y otros ‘duros’”. En ese sentido, el 29 de junio del corriente se procesó a Carlos Omar el “Cabezón” Rodríguez por “promoción y facilitación, y explotación económica de la prostitución”.
La desaparición de Johana
Marta Ramallo, mamá de Johana, el 27 de julio de 2017 asistió a la Comisaría 16ta. de Villa Ponsati y denunció que el día anterior su hija Johana Ramallo, de 23 años, se había retirado de su hogar a las 17 horas aproximadamente, y que “nunca regresó”.
Además detalló que su hijo Brando “había visto a Johana el 26 de julio a las 20 horas en las calles 1 y 63 de la ciudad de La Plata”, lugar determinado como “zona roja”. De esta forma se inició la Investigación Penal Preparatoria N°06-00-028503-17/00, caratulada “Averiguación de paradero”, que tramitó en la Unidad Funcional de Instrucción N° 2 con intervención del Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de La Plata.