La afluencia de fiestas electrónicas en la provincia de Córdoba, a donde asisten personas de todo el país para varios eventos de gran escala, más el consumo de estupefacientes, llevan a situaciones de alto riesgo. Frente a los reiterados episodios trágicos, la Cámara Criminal y Correccional de 6° Nominación exhortó a las autoridades de la Municipalidad de Córdoba para que no autoricen más la realización de fiestas electrónicas "a fin de evitar nuevas muertes y daños a la salud".
La exhortación, que incluye al Poder Ejecutivo municipal, al Concejo Deliberante de Córdoba y a los tribunales de faltas municipales, también fue informada al gobierno de Martín Llaryora. El pedido fue formulado al dictar los fundamentos del fallo que condenó en juicio abreviado a Iván Aballay, Héctor O. Baistrocchi, Mario A. Novaro y Walter F. Barreto por la muerte de la artista plástica Tania Abrile (38), en una fiesta que se realizó en 2016 en el Superdomo Orfeo de Córdoba Capital
“Ha quedado demostrado que se trata una actividad de comprobada, inevitable y de grave riesgo para la salud y vida de nuestros jóvenes que, además, difunde una cultura de consumo y la propia ingesta de sustancias sumamente nocivas para su salud y vida, con claro beneficio para las organizaciones criminales que se encargan de su producción y comercialización”, sostuvieron los camaristas Enrique Buteler, Pablo Brandán y Esteban Díaz Reyna.
En ese sentido, aseguraron que quedó demostrada la "imposibilidad de proteger adecuadamente a sus asistentes de los graves resultados dañosos que han venido produciendo". Los integrantes del tribunal recordaron que "pese a las distintas formas de control y regulación implementadas desde 2016 hasta la fecha (2024), todas demostraron ser absolutamente ineficaces para prevenir, no solo el consumo y daños a la salud de estas sustancias asociadas a estas fiestas, y su difusión, sino también, las muertes que ocasionan".
Además, aclararon que "esta problemática no se vincula al género musical en sí, sino a ciertos contextos específicos donde estos patrones de consumo encuentran cabida". Y agregaron: "Ámbitos que en absoluto no son intrínsecos a un género musical o a una actividad en particular, sino que están definidos por una combinación de factores sociales, culturales y ambientales que se explotan, precisamente, en estas fiestas o eventos electrónicos”.
Cómo fue la muerte de Tania Abrile y la condena de los empresarios implicados
El 24 de julio de 2016, desde su ciudad natal de Río Tercero, Tania fue a una fiesta electrónica que se desarrollaba en el Superdomo Orfeo de Córdoba Capital. Allí se descompuso y horas después, murió. Según la pesquisa, consumió éxtasis y esto le provocó un paro cardíaco. A nivel judicial se instruyeron dos causas: una por la ley de drogas (facilitación de lugar para el consumo de estupefacientes) y la otra por homicidio culposo.
Ambas habían sido elevadas a juicio por separado. La defensa de los imputados Héctor Oscar Bastroicchi e Iván Aballay, ambos socios de la firma Buenas Noches Producciones, apeló esa elevación ante la Cámara de Acusación. Ese tribunal dispuso el sobreseimiento de los acusados.
Sin embargo, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) cordobés revocó los sobreseimientos de ambos acusados y los elevó a juicio oral por el delito de haber facilitado el lugar para el consumo de estupefacientes durante el evento. Finalmente, hace menos de un mes, Aballay y Baistrocchi fueron condenados por "facilitación de lugar para consumo de estupefacientes doblemente agravada y homicidio culposo", mientras que Mario Novaro fue declarado partícipe necesario de facilitación de lugar para consumo de estupefacientes doblemente agravado y Barreto, como autor del delito de homicidio simple.