¿Home Office u oficina?: qué tendencia se impone entre los argentinos durante la pandemia

Después de la regulación de la Ley de Teletrabajo se conoció un estudio que habla sobre los gustos de los trabajadores y las trabajadoras. 

21 de enero, 2021 | 17.01

En medio de la pandemia, los trabajos de muchos argentinos tuvieron que adaptarse a la nueva realidad. Varias personas tuvieron que salir de la oficina y aprender a trabajar desde el hogar. Al respecto, se conoció una relevamiento en el cual se sostiene cuál es la preferencia de los argentinos. 

En este sentido, luego de que se regulase la Ley de Teletrabajo, se conoció que un 47% de los argentinos prefiere un formato mixto de oficina y trabajo remoto como formato ideal y permanente cuando pasen los efectos de la pandemia de COVID-19.  Sin embargo, existen otras respuestas que también sumaron variantes. 

Un 19% asegura que preferiría seguir trabajando siempre desde su hogar, mientras que apenas un 6% sostiene que quisiera trabajar desde la oficina en el momento de que se levanten todas las restricciones. Por otro lado, también hay un 17% que sostienen que elegirían una modalidad que le diera flexibilidad para cambiar con libertad sus horarios de trabajo.

En ese mismo sentido, también hay un pequeño porcentaje que que se inclina por un formato que le permita elegir cuándo trabajar desde el hogar, y un restante 5% de los trabajadores argentinos optaría por trabajar de forma remota.  No obstante, también el mismo estudio de Randstad reveló que el 80% de los encuestados en la Argentina siente que tiene el equipamiento y la tecnología para afrontar la digitalización en su trabajo.

No obstante,  el 38% de los participantes de la muestra reconoce que le costó mucho aprender las nuevas habilidades demandadas por su trabajo para adaptarse a las exigencias de la pandemia. 

La reglamentación de la Ley de Teletrabajo

El Gobierno nacional promulgó este miércoles el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo, aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado, que regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021 y lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que "las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular".