El Tribunal en lo Criminal N°4 de La Matanza condenó a Nahuel Agustín Olivera a 14 años de prisión y a Alexis Leonel Escribanti a 10 años por el "homicidio simple con dolo" de Tahiel Contreras. El niño de seis años murió tras ser atropellado, en ese partido bonaerense. producto de una picada ilegal, el pasado 13 de septiembre del 2020.
"Está probada la existencia de los hechos, está probada la participación de los procesados en los mismos (...)", indicaron esta tarde los jueces Nicolás Grappasonno, Gerardo Clemente Gayol y Franco Fiumara durante la lectura del veredicto, que se realizó mediante videoconferencia. Por unanimidad se condenó a Olivera y Escribanti por la muerte de Tahiel y las lesiones que sufrieron sus padres, Luciano Guillermo Contreras y Noelia Abigaíl Díaz.
"Imponer a Nahuel Agustín Olivera la pena de 14 años de prisión e inhabilitación especial a conducir cualquier tipo de vehículos automotores por seis años, -su inicio de cumplimiento deberá correr desde el vencimiento de la pena de prisión o recuperación de su libertad-, por resultar coautor penalmente responsable de prueba ilegal de velocidad en concurso real con homicidio simple en concurso ideal con lesiones leves reiteradas en dos oportunidades", completaron.
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Por su parte, en el caso de Escribanti, los jueces impusieron la pena de 10 años de prisión e inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor por seis años, por resultar coautor penalmente responsable de los mismos delitos.
La familia de Tahiel recibió el veredicto a los acusados reunida en una misma sala, y los padres sostuvieron carteles con la imagen de su hijo y el pedido de justicia. "Estamos conformes con haber escuchado un veredicto condenatorio, es importante como acto reparatorio para Noelia y Luciano escuchar la condena de cumplimiento efectivo por los tres delitos a los cuales llegaban a juicio Escribanti y Olivera", dijo a Agencia Télam el abogado de la familia, Alberto Palacio.
De todas formas, cabe recordar que la querella había pedido una pena mayor -de 28 años de prisión para cada uno-, por lo que evaluarán los pasos a seguir. Frente a ello, el abogado remarcó la importancia de la condena "como un precedente importante en lo que significan los hechos de tránsito", ya que es difícil que puedan encontrar justicia; por lo que "celebró" que no haya habido impunidad. "Sin duda esperábamos una pena mayor, nos reuniremos estos días para ver los pasos a seguir", afirmó Palacio.
El fiscal Sergio Alejandro Antin, de la Fiscalía especializada en Homicidios de La Matanza, a cargo de la investigación, expresó: "El éxito de la investigación se cristaliza en el veredicto de culpabilidad, donde los jueces le creyeron a la familia en términos de que los imputados venían corriendo una prueba de velocidad y a consecuencia de eso se produjo la muerte del nene". Mientras que recordó que, hace 15 o 20 años atrás, este tipo de situaciones terminaban calificadas como "homicidio culposo" sin detención del imputado. "Es un antes y un después", aseveró luego de haber pedido 20 años de prisión y seis años de inhabilitación para conducir.
Los abogados defensores expresaron en sus alegatos que esperaban la "absolución" de los procesados o bien una pena en torno a un "homicidio culposo en caso de corresponder", pero no doloso.
Carignano, de la ASNV, calificó al fallo como "proporcional" al daño
En diálogo con Télam, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ASNV), Pablo Martínez Carignano, manifestó: "Un fallo proporcional al daño causado. Nada repara el daño ni alivia el dolor de sus papás, pero la Justicia nos dio la razón, llamó a las cosas por su nombre: no fue un accidente, fue un homicidio. Estuvimos siempre con la familia". Durante el proces, colaboró con la justicia bajo la figura de "amicus curiae" (amigos del tribunal) y asistió a la familia desde el primer momento.
En octubre de 2020, se presentó en el Congreso de la Nación el proyecto de Ley Tahiel-Kevin (en homenaje al hijo de Viviam Perrone), que espera por su avance parlamentario y busca crear la figura de "homicidio vial", equiparándola a la de homicidio simple, que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión para quien provoque una muerte corriendo picadas ilegales.
La iniciativa también contempla otros aspectos, como darse a la fuga o no intentar socorrer a la víctima, conducir bajo los efectos de estupefacientes o alcohol, exceder los límites de velocidad permitida, conducir sin la correspondiente habilitación o violar las reglas de tránsito, entre otros.
Con información de Télam.