La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tomó una decisión con una reconocida marca de repelente de mosquitos. La entidad prohibió su comercialización "por carecer de inscripción sanitaria" y esto fue anunciado a través del Boletín Oficial.
En la publicación del Boletín Oficial del miércoles 28 de agosto se prohibió definitivamente la "comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea" de un repelente de mosquitos. La decisión se dio a raíz de numerosas consultas recibidas en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT vinculadas a la comercialización de este producto.
Se trata del gel repelente contra mosquitos Kaen 1000, perteneciente a la empresa Rodriflor S.A. La ANMAT consultó en la base de datos del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal y en ningún momento se halló el repelente mencionado anteriormente.
Es por eso que llevaron adelante una inspección y en el lugar, detectaron que el producto estaba en pleno proceso de etiquetado y codificado. Por este motivo, les solicitaron presentar la orden de trabajo que les permitía comercializar sin problemas. Frente al faltante de este documento, lo declararon como producto ilegal y se ordenó a Rodriflor S.A. la "inhibición de la comercialización y destrucción de las unidades del citado producto por carecer de inscripción sanitaria ante la ANMAT".
El informe del Boletín Oficial
Que en consecuencia, a fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de un repelente que carece de inscripción sanitaria y que fue elaborado por un establecimiento que no cuenta con
registros de producción y control de calidad de cada lote y sobre el cual no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable, la
Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó: a) prohibir el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del
producto denominado: “GEL REPELENTE DE INSECTOS, marca KAEN 1000, elaborado y fraccionado por Rodriflor S.A. Arenales 333, Ramos Mejía, pcia de Buenos Aires, Argentina R.P.E. 1136” en todas suspresentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos y b) instruir un sumario sanitario a la firma RODRIFLOR S.A. (CUIT 33-70700324-9), con domicilio en la calle Coronel Arenales N° 333, Ramos Mejia, Provincia de Buenos Alerta por los fideos secos prohibidos por ANMAT: los detalles de la medida Aires, por los incumplimientos mencionados. Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que
se ventilan en estos obrados en virtud de lo dispuesto por el artículo 8o inciso ñ) del Decreto 1490/92. Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.
Alerta por los fideos secos prohibidos por ANMAT: los detalles de la medida
La Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de una marca de fideos por considerar que están contaminados. La medida fue dirigida a la comunidad celíaca y alérgica al gluten sobre un lote específico de fideos secos de harina de arroz con morrón de la marca Thani.
La medida fue tomada después de que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de este producto. La decisión se tomó después de que se recibiera un reclamo donde se señaló que un menor alérgico al gluten había tenido una reacción negativa al consumir estos fideos.
Tras realizar un análisis al producto en cuestión, se encontró que contenía un nivel de gluten superior al permitido por el Código Alimentario Argentino. Es importante destacar que este producto no representa ningún riesgo para aquellas personas que no son celíacas o alérgicas al gluten. Sin embargo, la ANMAT recomienda a la población afectada que posea el lote 209 de estos fideos, que se abstenga de consumirlos por precaución.
El producto en cuestión es “fideos secos de harina de arroz con morrón, marca THANI, libre de gluten”, contenido neto: 400 gramos, RNPA: 21-128984, Lote: 209, fecha de elaboración: 04/06/24, fecha de vencimiento: 04/06/25, elaborado por NyG SRL (RNE N° 21-115366). Asimismo, se insta a los comerciantes que tengan en stock este lote específico de fideos a retirarlo de la venta y a ponerse en contacto con su proveedor para tomar las medidas correspondientes.