Este lunes, por medio de la Disposición 2374/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una alerta a la sociedad y prohibió la comercialización y consumo de dos marcas de aceite.
De acuerdo a la ANMAT, se estableció que las marcas “Aceite de Girasol - aceites comestibles marca ‘El Ñato’, Elaborado en Bs. As. ZONA NORTE, Bs. As. ACEITERA FG” y el “Aceite de girasol, marca El Chingolo” no puedan ser compradas, vendidas ni consumidas por la gente.
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) fue la entidad que se encargó de notificar sobre la presencia de irregularidades en el producto. Luego de un monitoreo, se determinó que ambas marcas se encuentran falsamente rotulados y son ilegales, ya que no cuentan con los registros sanitarios correspondientes. Incluso, y frente a la consulta con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires, se confirmó que el RNPA y el RNE que figuraban en el producto eran inexistentes.
Finalmente, la ANMAT llegó a una conclusión y resolvió que las marcas "El Ñato" y "El Chingolo" se encuentran prohibidas "por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado". Por lo tanto, "no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.
Asimismo, indicaron que "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad". En conclusión, está prohibida "la comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos en cualquier presentación y fecha de vencimiento, así como también todo producto con el citado número de RNE".