La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) es la encargada de regular los alimentos, medicamentos, cosméticos y artículos domisanitarios para garantizarle a la población productos que sean eficaces, seguros y de calidad. En el Boletín Oficial publicado este miércoles, prohibieron "elaboración, fraccionamiento y comercialización" de un aceite.
De acuerdo a la Disposición 1050/2021, la mencionada entidad sostuvo que la marca de aceite "CRZ" -elaborado por la Cooperativa Santafesina Agrícola- está falsamente rotulada. Incluso, indicaron que la acción tuvo lugar luego de que un consumidor del Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) iniciara el reclamo.
Según el consumidor que hizo la denuncia, el aceite presentó dudas sobre su "genuidad". En el INAL le hicieron llegar esta situación a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA), de la provincia de Buenos Aires, y también con la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) para corroborar que el producto estuviera autorizado.
Como resultado, en la ANMAT determinó que el producto estaba en infracción por los siguientes motivos: "Carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, por consignar en su rótulo la leyenda 'Libre de Gluten' y el símbolo de Alimento Libre de Gluten, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
En definitiva, el mencionado organismo resolvió que el aceite "CRZ" no pueda ser elaborado en ninguna parte de la Argentina: "En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen los registros de RNE y RNPA mencionados".