Qué pasaría con el aborto en un sistema de salud focalizado en el sector privado

Si se limita el rol del Estado y se minimiza la atención sanitaria pública, las personas gestantes deberán volcarse a un sistema de obras sociales y prepagas. Las denuncias que se acumulan contra ellas por no reconocer la práctica ni ajustarse a la ley.

28 de septiembre, 2023 | 00.05

“Haría un plebiscito y si da a favor, se elimina la ley del aborto. Si los argentinos creen en el asesinato de un ser humano indefenso en el vientre de la madre, se verá”, marcó el candidato presidencial de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei. Su propuesta electoral no se refiere explícitamente a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), pero algunos de sus puntos dejan a la vista cómo sus diversas políticas pueden atentar contra el derecho a elegir. El esquema de salud arancelada que propone puede exponer a miles de personas gestantes a eternas batallas con las obras sociales y prepagas, que no siempre reconocen la práctica inmediatamente ni brindan la atención consagrada por la Ley 27.610. 

En primer lugar, Milei dice que limitará el rol del Estado -según dicho espacio, principal causal del empobrecimiento- y luego eliminará el ministerio de Salud, transformándolo junto a Desarrollo, Trabajo y Educación en el de “Capital Humano” para, por último, como consecuencia de la reducción de la inversión, privatizar de los servicios de salud.

Por estos puntos mencionados, entre otros ejes como la lucha contra la violencia, una Educación Sexual Integral (ESI) para prevenir abusos infantiles y la cuestión de derechos humanos, los colectivos feministas vuelven a salir a la calle el 28S, una fecha emblemática ya que se conmemora el Día de la Acción Global por el Aborto Legal y Seguro. Se trata de responder ante un avance de la derecha que, como plataforma electoral, en medio de una campaña repleta de violencias y a 40 años de la vuelta de la democracia, propone atentar contra los derechos adquiridos en estos últimos años.

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    La Ley 27.610 despenaliza la decisión de abortar hasta la semana 14 inclusive sin ningún tipo explicación, y más allá de ese plazo cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer o persona gestante y si el embarazo es producto de una violación, y además también regula el acceso a la salud para este derecho a decidir.

El candidato liberal dejó en claro que una de sus principales propuestas será limitar al Estado y reducir drásticamente el gasto público”. La salud será uno de los puntos más afectados: plantea pasar de subsidio-oferta a subsidio-demanda, fortaleciendo la descentralización y privatizando las empresas de servicios. Es decir, arancelar la salud pública. “Permanentemente tenemos situaciones donde las obras sociales no reconocen la práctica, pese a que está incluida dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO)”, señala Mariángeles Guerrero, de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Si Milei resulta triunfante, la privatización sanitaria también generará que aquellos sin cobertura se queden sin atención médica alguna.

Un informe de Amnistía Internacional, publicado en septiembre del 2022, deja a la vista lo expresado por Guerrero: personas gestantes afiliadas a una obra social o a empresas de medicina prepaga (EMP) se encuentran con barreras e impedimentos para acceder a la IVE/ILE; razón por la cual desde el Estado plantean dos vías de reclamo: la Superintendencia de Salud o la Dirección Nacional de Defensa de las y los consumidores. Desde la sanción de la ley hasta abril del año pasado, los primeros recibieron 319 reclamos por denegación de la prestación o de la medicación, dilatación del trámite, problemas de reintegro, falta de información, obstaculización de la práctica y objeciones de conciencia, entre otros. “Es cierto que las prepagas y las obras sociales tienen muchas denuncias y quejas en la Superintendencia de Salud de usuarias de esas empresas que no reciben atención”, advirtió.

Las respuestas ante dichos reclamos variaron durante, por ejemplo, el 2021: un 35% fue resuelto por obras sociales o prepagas, un 28% fue direccionado al sistema público, un 10% optó por la forma particular con reintegro del trámite y el otro 34% eligió otro método de resolución.

Por su parte, hasta fines de enero del 2022, desde la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores informaron haber recibido 361 reclamos por razones similares a las mencionadas previamente, sumándose un 14% de casos que denunció falta total de cobertura. En esta oportunidad, un 32% fue resuelto por el organismo, aproximadamente el 50% de los casos fueron derivados al Ministerio de la Nación y se desconoce lo ocurrido con el restante o cuántos fueron derivados al sistema público.

“Si bien hay dos proyectos de derecha en pugna, el de Milei es extremadamente violento y eso también va a repercutir en el cuerpo de las mujeres. Hay un doble juego: hablar de lo económico para desmantelar el Estado y también de un juego discursivo de hablar del Estado en términos de relativizar su responsabilidad respecto a garantizar derechos”, marcó la periodista y recordó el papel que este tuvo en la última dictadura militar.

Durante 2022, según el Ministerio de Salud de la Nación, se realizaron más de 1.793 abortos legales en centros de salud públicos y se informó un total de 96.664 interrupciones voluntarias del Embarazo (IVE) e interrupciones legales del Embarazo (ILE) en todo el territorio. Protocolos, guías de atención e información, capacitaciones para el personal de salud, el Programa SUMAR y la línea 0800 Salud Sexual son algunas de las medidas que se tomaron desde el Estado y que dejan a la vista su rol fundamental para abocarse a resolver la problemática.

“Existen expresiones que atentan contra el Estado como si fuera un gasto cuando es justamente el que resuelve muchas situaciones. El Estado es lo público, muchos de nosotros y nosotras acudimos a esos servicios de manera permanente. Todo eso no sería posible si hay un Estado que desaparece”, expresa Guerrero. Y añade: “Cuando decíamos que el aborto era una cuestión de salud pública nos estábamos refiriendo a un Estado que debe hacer tal esfuerzo. Seguramente tiene muchas deudas, pero sin él no podríamos acceder a un montón de derechos básicos que hoy son una realidad”.

Que exista la Ley 27.610 y a su vez la intervención del Estado tuvo consecuencias significativas y alejó a las personas gestantes de la clandestinidad que las exponía a prácticas inseguras. En un informe del Proyecto Mira, perteneciente al Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), realizado desde su implementación hasta fines del 2022, se puede ver un fuerte impacto en el descenso de la Tasa Específica de Fecundidad en Niñas y Adolescentes (TEFA) -número de nacimientos que ocurren en determinado año por cada 1.000 mujeres de entre 10 y 19 años-, la disminución del porcentaje de embarazos no intencionales en algunas provincias (por abusos, uso inadecuado o fallas del método anticonceptivo o barreras de acceso a servicios de salud sexual) y en la disminución de la Razón de Mortalidad Materna (RMM), indicador clave para evidenciar el daño que generaban los abortos inseguros. También aumentó el número de servicios que proveen abortos en el sector público y disminuyeron las presentaciones judiciales contra la ley.

El aborto desde lo legal en un gobierno de Milei

El precandidato a presidente por LLA se mostró en contra del derecho al aborto en todas sus formas, incluido en casos de violación, y con excepción, cuando hay riesgo de vida de la madre. En primer lugar porque plantea que la ley “va contra el derecho a la vida” -es decir, es militante del pañuelo celeste- y en segundo ya que, según indica, “la vida comienza en el momento de la fecundación o la concepción” y desde allí “es vida en evolución, en continuidad”, por lo que se trata de una cuestión moral. “Con el argumento estúpido de la clandestinidad, eliminemos el Código Penal. Si matás a alguien, eliminá la pena, si total los asesinatos van a seguir”, dijo hace dos años cuando comenzaron las discusiones. “Haría un plebiscito y si da a favor mío, se elimina la ley. Lo que elijan los argentinos. Si los argentinos creen en el asesinato de un humano indefenso en el vientre de la madre, se verá. ¿Cómo puede ser un derecho ganado poder matar a otro ser humano?”, expresó hace poco más de un mes en un programa radial.

Pero Milei no es el único que se refirió al tema dentro de La Libertad Avanza. Su candidata a vice, la negacionista Victoria Villarruel, también aseguró que tomaría medidas: “Si de mi dependiera, derogaría la ley del aborto, pero estoy en un sistema democrático y no soy la persona que decide, tengo que consensuar”. Mientras que Diana Mondino, quien sería su canciller en caso de triunfar en la próxima elección, puso el foco en quién paga su implementación y cómo este es visto como un ‘gasto’ del Estado: “En muchos países el aborto no es un delito pero eso no significa que lo pague el sistema de salud pública. Argentina tiene un problema fiscal, gasta más de lo que tiene y gasta mal”. Por su parte, el candidato a diputado liberal Santiago Santurio llamó a “penalizar y perseguir” a quienes promuevan el aborto incluso en casos de violación.

Pero, ¿es posible realizar un plebiscito en este caso? El plebiscito o consulta popular -Art. 40 de la Constitución Nacional desde la reforma de 1994- plantea el tratamiento de proyectos legislativos que surgen en la Cámara de Diputados o el Poder Ejecutivo para ser sometidos a la voluntad de la ciudadanía. En el primer caso, se trata de la consulta popular vinculante: se realiza una sesión especial y el proyecto debe ser aprobado por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso. Posteriormente, el voto ciudadano es obligatorio (más del 35% del padrón para que sea válido) y si el proyecto tiene mayoría de votos afirmativos, se puede convertir en ley; si no, no podrá ser retirado en un período de dos años. Por otro lado, la consulta no vinculante es realizada por el Ejecutivo -mediante decreto o acuerdo con ministros- y el voto ciudadano no es obligatorio; razón por la cual se trata de una opinión importante pero que no define ni interfiere en el resultado final: si el voto es positivo, se tratará en el recinto.

“Son medidas de una democracia más indirecta, donde se busca que participe el pueblo y opine. La Constitución en sus artículos refiere qué temas sí y qué temas no se pueden llevar a consulta popular”, explica Melisa García, fundadora de Abofem Argentina, en diálogo con El Destape. Y añade: “Lo que termina haciendo la derecha es confundir a través de la utilización o intento de utilización de mecanismos constitucionales para hacer actos total y completamente ilegales”. Es importante remarcar que la ley de IVE fue sancionada con “todos los parámetros que requiere el proceso” de una normativa y por eso, es constitucional. “No hay un mecanismo para dar de baja o derribar una ley, en todo caso se puede dirimir en la Justicia algún artículo que potencialmente podría ser declarado inconstitucional si la Corte lo viera de esa manera”, aclaró.

Durante otra de sus entrevistas, el candidato liberal sostiene que el debate para aprobar la normativa estuvo “contaminado” y que las condiciones no se dieron “de manera limpia”, sino que hubo intereses de multinacionales y lobbys que atravesaron la ley. “Se votó de forma limpia, se hizo en el marco previsto en la Constitución, no se votó de forma presionada, sino bajo mecanismos constitucionales y con un debate muy amplio. El único interés que hubo tuvo que ver con una sociedad mostrando una preocupación al Estado”, lanzó García.

Es decir, la consulta popular sirve para que se sometan a votación proyectos de ley y no leyes ya aprobadas. Sólo podrían modificarse algunos artículos de la normativa si la Corte Suprema los declara inconstitucionales y se cambiará una ley siempre y cuando se tenga en cuenta el principio de no regresividad en materia de derechos humanos. Esto último tiene relación directa con el Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, que plantea que los tratados y concordatos firmados por la nación tienen jerarquía superior a las leyes -entre ellos se destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer- y “deben entenderse complementarios de los derechos y garantías” ya reconocidos.