La Cámara de La Plata ordenó desalojar la toma de Guernica y habilitó el uso de la fuerza pública

Se trata de una de las tomas más grandes, que ocurrió en terrenos del partido Presidente Perón. El tribunal de alzada rechazó una apelación y dejó firme el fallo de primera instancia.

08 de septiembre, 2020 | 21.42

La Cámara de La Plata ordenó que se desaloje una de las tomas más grandes de la provincia de Buenos Aires y hasta habilitó recurrir al “auxilio de la fuerza pública”. Se trata de un predio de Guernica, ubicado en el partido de Presidente Perón. La decisión se conoció en medio de la protesta de la Policía Bonaerense. La decisión fue adoptada por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantía en lo penal, que ratificó el fallo del juez de Garantías de Cañuelas, Martín Rizzo. 

Los camaristas Raúl Dalto –que guió el voto de sus pares-, Miriam Ermili y María Silvia Oyhamburu rechazaron la apelación de los abogados defensores y así confirmaron el fallo del magistrado de primera instancia. En esa línea, sostuvieron lo dispuesto por Rizzo, es decir, ordenar  “el allanamiento para efectivizar el lanzamiento peticionado por el Ministerio Público Fiscal a los fines de hacer cesar los efectos del presunto delito que se estaría cometiendo”.
La decisión de los camaristas establece que “el desalojo colectivo deberá ejecutarse en fecha a determinar por el juez de Garantías, el cual deberá ser en horario diurno, desde que salga hasta que se ponga el sol no pudiendo instrumentarse en condiciones climáticas adversas”.

Para la diligencia “se podrá otorgar la facultad al agente fiscal de recurrir al auxilio de la fuerza pública", que deberá realizar el procedimiento "con el mayor cuidado de la integridad de las personas que ocupen el predio y de los bienes" y recurrir "al uso de la fuerza en caso en que resulte indispensable y en la menor medida posible”, determinó el fallo. Además, establece que “deberá ser necesaria la presencia del servicio de asistencia médica, ambulancia, internación y/o traslado de las personas y otros que se requieran”.

También consignó que el juez “deberá ordenar se proceda a la desconexión de instalaciones precarias, clandestinas e ilegales que pudieren haberse realizado en el marco de la toma de los lotes”.

La cámara estableció también que “deberá notificarse al asesor de menores e incapaces interviniente, al igual que a todos aquellos organismos provinciales cuya presencia se considere necesaria, en particular los encargados de activar protocolos referidos a la pandemia derivada del Covid-19”.

En el marco de este contexto, los camaristas ordenaron que la “cautelar deberá llevarse a cabo atendiendo estrictamente las disposiciones pertinentes referidas a derechos humanos” y que se filme “en su totalidad, de lo que se deberá dejar debida constancia, quedando absolutamente prohibida su difusión”.

La toma de las tierras alcanzaba unas 15 hectáreas, ubicadas en el fondo del barrio San Martín. En su planteo ante la cámara los abogados defensores, entre los que se cuentan miembros de la Asociación Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, sostuvieron –según sintetizaron los camaristas- que no está acreditada la “titularidad o posesión de los terrenos en cuestión”; que hay una “ausencia de despojo para dar tipicidad a la figura imputada”; y que existe una “deficiente actuación de la defensa oficial”. También cuestionaron la “actividad probatoria del señor Agente Fiscal y receptada por el señor Juez Garante”.

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