Debido a las restricciones sanitarias que rigen en la Provincia de Buenos Aires, el ministerio de Trabajo bonaerense amplió el Programa Preservar Trabajo (PPT), que otorga una asistencia de hasta un 50% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil para el pago de sueldos a los trabajadores y trabajadoras de micro y pequeñas empresas, de hasta 80 empleados y empleadas, y a socios y socias de cooperativas.
El PPT sumó actividades económicas al universo de potenciales unidades productivas beneficiarias y eliminó incompatibilidades para su acceso. Es así como, de acuerdo a la actividad económica y a su facturación, ya no será un motivo de exclusión para las pequeñas y medianas empresas haber recibido un subsidio del gobierno nacional a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Además, el beneficio será compatible con el “Programa de Sostenimiento Económico de Actividades Afectadas por la Pandemia” del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.
Entre las actividades que se incorporan se encuentran, entre otras, fabricación y venta de productos de panadería, edición e impresión, fabricación de muebles, elaboración de cervezas, fabricación de juguetes y/o artículos de librería, fabricación y/o reparación de maquinarias, curtido y cueros, y aquellas relacionadas al transporte.
Las firmas que pertenezcan a las actividades con peores indicadores como aquellas vinculadas al entretenimiento o al turismo, pese a haber recibido el beneficio nacional el año pasado, podrán aplicar en forma directa. En tanto, aquellas que integran sectores particularmente afectados como gastronomía o estética, y hayan recibido ATP durante 2020, tendrán que acreditar una caída real de la facturación, igual o mayor al 20% respecto del año 2019, para su ingreso directo.
Otros sectores afectados como venta de automotores o comercios especializados, solo podrán recibir el PPT si no recibieron un programa similar desde el inicio de la pandemia. Vale remarcar que el beneficio no será compatible con el cobro en simultáneo del actual Programa de Recuperación Productiva (Repro II).
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En todos los casos se mantienen el resto de los requisitos vigentes: tener a los trabajadores y trabajadoras debidamente registrados, y contar con inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA). De igual forma las empresas también deberán estar inscriptas en la plataforma ActiBa del Ministerio de Producción provincial.