El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) multó por $783.990.993 a 26 compañías que arrojan sus residuos, muchos de los cuales poseen pesticidas, plaguicidas y herbicidas, en canteras y campos abiertos no aptos en toda la Provincia para tratarlos.
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Es así como el OPDS envió cartas documento a 107 empresas que estuvieron o están adheridas a un sistema de gestión de envases vacíos aprobado, que están siendo infraccionadas por el incumplimiento de la Ley 27.279. La misma abarca el tratamiento de envases vacíos de “fitosanitarios”, que es el nombre técnico de lo que comúnmente se conoce como agroquímicos, y que establece que “es responsabilidad de las empresas fabricantes e importadoras gestionar la recolección y el posterior tratamiento de los envases comercializados”.
Cuando no se gestionan adecuadamente los envases son enterrados, quemados a cielo abierto, arrojados en basurales destinados a residuos urbanos o en cualquier sitio. Los restos que contienen estos recipientes los hacen peligrosos para la salud humana y el ambiente. En otros casos son vendidos ilegalmente a acopiadores no habilitados y terminan así en circuitos de reciclado de plásticos comunes, lo que genera presencia de agroquímicos en productos elaborados con plástico reciclado como vasos, cubiertos descartables o juguetes.
El gobierno multó a Monsanto Argentina S.R.L. por $76.957.232 y a Bayer S.A. $55.167.094. Lo cierto es que las razones sociales de las compañías constituyen hoy una única empresa (Bayer) por lo que ocupan el primer logar en el orden de las multas por un total de $132.124.126. Otras empresas son Syngenta Agro S.A. por $ 86.468.800, Atanor S.C.A. por $81.929.188, Sigma Agro S.A. por $8.560.411, y Dupont Argentina S.R.L por $ 8.041.598.
¿Cuáles fueron las respuestas de las compañías? Las empresas indicaron que “apelarán las multas” porque el OPDS “tiene pendientes de aprobación 10 Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT) desde septiembre de 2020”. Los mismos son un requisito a las empresas para cumplir con la normativa vigente.
Desde el gobierno afirmaron que “actualmente hay 30 Centros de Almacenamiento Transitorio aprobados por OPDS, de los cuales, la mayoría fueron construidos por los municipios con financiamiento propio y con asistencia técnica de OPDS”. Además indicaron que los distritos “hicieron un esfuerzo sin esperar al sector privado porque son conscientes del problema ambiental y se hicieron cargo de un costo que las empresas no asumieron”.
En caso de no existir un CAT cercano, los envases deben pasar por un proceso de triple lavado, perforado y acopiado en nodos logísticos, o deben ser guardados por los productores agropecuarios hasta que se realice una campaña de recolección en los municipios donde no hay centros de almacenamiento cercanos. Luego, los envases deben ser retirados por transportes habilitados para enviarse a empresas, también autorizadas, que trabajen en su adecuado tratamiento.
Por otra parte, las compañías sancionadas “fueron imputadas por no cumplir con la adecuación del sistema en el marco de los 270 días de plazo que establece la ley desde que el sistema de gestión fue aprobado, y que venció en junio de 2019. La imputación fue hecha 15 meses después de vencidos los plazos de ley y con el sistema sin adecuarse”.