26 de agosto, 2021 | 07.21

Memorándum con Irán: el tribunal abre una nueva puerta para que se caiga la causa

El TOF 8 no sólo se expedirá sobre los planteos de nulidad que se realizaron por las visitas de Borinsky y Hornos a Macri sino que también analizará las presentaciones que sostienen que el caso no debió abrirse por “inexistencia de delito”. Las duras respuestas de las defensas al fiscal Marcelo Colombo.

El Tribunal Oral Federal N° 8 resolvió evaluar los planteos de las defensas por “inexistencia de delito” en la causa Memorándum con Irán y así abrió una nueva puerta para que se caiga aquel caso paradigmático de persecución judicial.

Los jueces María Gabriela López Iñíguez, José Michilini y Daniel Obligado consideraron “oportuno, por razones de economía procesal” no sólo expedirse sobre los planteos de nulidad que se realizaron por las constantes visitas que hicieron los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al entonces presidente Mauricio Macri durante la gestión cambiemita, revelados por la investigación de El Destape "Operación Olivos", sino también analizar otro planteo que se introdujo en el debate: si debe hacerse lugar a las presentaciones que piden el cierre de la causa por “inexistencia de delito”. Pidieron la opinión del fiscal Marcelo Colombo y las querellas para el próximo miércoles. Con esta decisión, ahora hay dos planteos que pueden derribar este expediente que se abrió por una denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

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La decisión del TOF 8 se informó al cierre de la audiencia que se desarrolló este miércoles  en la que se abordaron las réplicas de las defensas al fiscal Colombo, quien había dictaminado la semana pasada que debían rechazarse los planteos de nulidad por la violación de la independencia judicial. Las siete defensas que expusieron fulminaron los argumentos endebles del fiscal.

Colombo pidió dúplicas, es decir, responderle a las defensas, pero el tribunal tras un extenso cuarto intermedio rechazó su solicitud.

“Inexistencia de delito”: la puerta para cerrar la causa Memorándum con Irán

“Este Tribunal, en su actual integración, advierte que en las exposiciones efectuadas por algunas de las defensas se han interpuesto, junto con los planteos de nulidad presentados a partir de que se dieron a conocer los hechos que ameritaron la fijación de la presente audiencia, otros que constituyen en rigor excepciones de falta de acción (por aticipidad y/o inexistencia de delito y/o ne bis in idem)”, afirmaron los integrantes del TOF 8 en una resolución que dieron a conocer este miércoles. El tribunal “encuentra oportuno, por razones de economía procesal, y de conformidad con lo señalado en este punto por el propio Sr. Fiscal en su exposición oral, escuchar en la próxima audiencia a las partes acusadoras, pública y privada, con relación a sendos planteos”, se añadió. Es decir, que los jueces quieren escuchar la opinión del fiscal y las querellas sobre los planteos de “excepción de falta de acción por inexistencia de delito” para resolver sobre los mismos. Los acusadores tendrán la difícil tarea de explicar por qué no puede descartarse que haya existido un delito. Esto implica que tendrán que desarrollar alguna posibilidad de encubrimiento del atentado a la AMIA vía la firma del Memorándum.

Los acusadores tendrán la difícil tarea de explicar por qué no puede descartarse que haya existido un delito.

Uno de los letrados que abordó la cuestión de la inexistencia de delito este miércoles fue Marcos Aldazábal, defensor del actual viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena, quien también expuso sobre el tema el 16 de julio pasado cuando tomó la palabra tras la ponencia de CFK. Aldazábal sostuvo este miércoles que las visitas de Hornos y Borinsky a Macri “dan lugar a irregularidades procesales y a que abran la causa en la que no hay delito. Esto no se puede leer por separado”, dijo respecto a las visitas de los camaristas y la inexistencia de delito en la denuncia de Nisman. Hornos y Borinsky reabrieron la causa el 29 de diciembre de 2016, seis días después de que el segundo camarista visitara al Presidente en la quinta de Olivos. La denuncia había sido desestimada en primera y segunda instancia justamente por inexistencia de delito.

Aldazábal recordó que Colombo en su dictamen decidió no expedirse sobre el tema porque había un impedimento formal. Entre otras cosas, el fiscal había dicho que no era el objeto del debate. “La doctrina mayoritaria dice que en las audiencias debe tratarse la mayor cantidad de cuestiones posibles por razones de economía procesal y plazos razonables”, afirmó Aldazábal. Recordó que la causa del Memorándum lleva 6 años “en los que no se probó nunca nada”. Por eso requirió que se aborde esa cuestión.

“Todos sabemos que (lo que se denuncia en esta causa) no es delito” y “que es una causa armada”, dijo el abogado de Mena. Luego retomó lo que dijo Carlos Beraldi, abogado de CFK, al inicio de la audiencia: habló de una “oportunidad histórica” para que el Poder Judicial empiece a dar vuelta la página del Lawfare.

Quienes también abordaron la cuestión de la inexistencia de delito este miércoles fueron fueron los abogados Eduardo Barcesat y Lucila Larrandart, representantes legales de Angelina Abbona y Andrés “Cuervo” Larroque. En sus planteos iniciales también lo había hecho Aníbal Ibarra, defensor de Oscar Parrilli.

Para muchos de los defensores, la situación jurídica se equipara a la de otra causa emblemática de persecución judicial, la de Dólar Futuro, que fue cerrada por la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, la misma que deberá revisar la del Memorándum con Irán.

Por ejemplo, entre las novedades que esgrimió Ibarra en su pedido de nulidad de lo actuado se encuentra un informe de Interpol incorporado al caso en 2020 donde oficialmente se sostiene que las alertas rojas que pesaban sobre los acusados iraníes solo podían ser levantadas por el juez que las había dictado. “Es imposible que cualquiera de los acusados en esta causa pudiera cometer el delito del que se lo acusa”, dijo Ibarra a El Destape. Esto es dar de baja las alertas rojas por un pacto con Irán.

El hecho de que las alertas rojas no hayan caído ni hubieran podido caer si no fuera por una decisión del juez Rodolfo Canicoba Corral se suma a que el Memorándum nunca entró en vigencia.

Réplicas

El eje de la audiencia de este miércoles fueron las réplicas de las defensas al dictamen de Colombo de la semana pasada en el que rechazó los pedidos de nulidad.

Quien abrió el debate fue Beraldi. El abogado de la vicepresidenta de la Nación pidió el sobreseimiento de los acusados y dijo que el Tribunal está ante una "oportunidad histórica" para terminar con las prácticas que derivaron en la "falta de credibilidad" del Poder Judicial.

A la hora de analizar el dictamen de Colombo, Beraldi sostuvo que el fiscal le restó valor a las visitas de Hornos y Borinsky a Macri. “El haberse entrevistado con Macri ya importa una interferencia y un menoscabo de la independencia judicial”, indicó el abogado, quien también se refirió al marco contextual en que se dieron las reuniones que reveló El Destape en la saga de notas que conforman la Operación Olivos. Beraldi también recordó que tanto Macri como los camaristas que lo visitaron ocultaron sus reuniones, algo que Colombo pasó por alto.

Sobre el cierre de su exposición hizo un paralelismo con lo que sucedió con Lula Da Silva en Brasil: "Así como la Corte brasileña absolvió a Lula por la violación de las garantías del juez natural e interferencia del poder político, creo que en este caso corresponde la misma resolución, la nulidad de todo lo actuado y declarar el sobreseimiento para todas las personas acusadas", afirmó ante el Tribunal Oral Federal 8.

A su turno, Aníbal Ibarra remarcó que cuando escuchó de boca del fiscal que Macri no era parte interesada en esta causa se dijo: “El fiscal está perdido”.

Colombo “redujo la independencia del Poder Judicial o la no injerencia del Poder Ejecutivo en causas judiciales a un artículo del Código Procesal vinculado con la recusación o excusación”, criticó. “Hay numerosas formas en la vida real para que el Poder Ejecutivo pueda intervenir sobre el Poder Judicial si este lo consiente”, explicó. Acto seguido, recordó que quien estaba denunciada era la principal opositora de Macri. “Ya de por sí, de sentido común, es que al presidente Macri le interesaba esta causa porque era la suerte de su principal competidora que le disputaba el poder en la Argentina. Decir que no estaba interesado es tener un elefante adelante y mirar para el costado”, cuestionó.

El abogado de Parrilli también recordó que las reuniones entre Macri y los camaristas que definían en la causa Memorándum “eran clandestinas, seretas, reservadas” y que eso no fue contemplado por Colombo en su dictamen. “¿Pretendemos que Macri se arrogue el interés en la causa firmando un decreto para la reapertura de la causa?”, se preguntó con ironía el abogado defensor en pos de derribar el dictamen fiscal.

A su turno, Aldazábal hizo foco, entre otras cosas, en la denuncia penal que Colombo presentó contra el juez Borinsky por su presunto asesoramiento a la DAIA (querellante en Memorándum)  en el marco de este caso: “El fiscal por las reuniones de unos de los jueces con una de las querellas presenta una denuncia penal. Denuncia a jueces que participaron en este caso concreto por haber tenido relaciones con la contraparte. Considera que los jueces que intervinieron pudieron haber cometido un delito pero a la vez señala que los imputados no pueden tener temor de parcialidad. Yo lo que tengo es terror de parcialidad”, sostuvo el defensor de Mena. “Hay claramente una contradicción”, enfatizó respecto al dictamen fiscal.

Este miércoles también expusieron sus réplicas a Colombo la abogada Lucila Larrandart, Graciana Peñafot, Eduardo Barcesat y Mariano Fragueiro Frías (abogado de Carlos Zannini).

Dentro de seis días, el tribunal espera escuchar las opiniones de las querellas, que por ahora decidieron no presentarse a las audiencias, y del fiscal Colombo sobre los planteos de “inexistencia de delito”, lo que puede considerarse una de las cuestiones de fondo de este emblemático caso de persecución que tiene entre sus víctimas a CFK, Zannini, Parrilli y en cuyo marco falleció el excanciller Héctor Timerman.  

Posibles resoluciones

Ante este escenario, luego de que concluyan las audiencias, el TOF 8 puede resolver uno de los planteos a favor de las defensas y declarar abstracto el restante. Esto es, por ejemplo, declarar la inexistencia de delito, sobreseer a los acusados y no expedirse sobre las nulidades por la violación de la garantía del juez natural, es decir, por la injerencia del Poder Ejecutivo en la Justicia. O a la inversa: podría declarar la nulidad pero no la inexistencia de delito. Esto podría tener impacto sobre las otras causas de Lawfare donde intervinieron Hornos y Borinsky ya que pondría en cuestión todo lo actuado por estos dos camaristas. Podría provocar un efecto expansivo.

El tribunal también podría hacer lugar a ambos planteos –sería lo justo-. O rechazar ambos y elevar la causa a juicio.

Lo que defina el tribunal será apelable e intervendrá la sala I de la Casación Penal, que es al que cerró la causa de Dólar Futuro.

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